Entidad Organizadora de Formación Continua
Una entidad organizadora de formación bonificada es una empresa privada experta en la gestión de formación, que agrupa a un colectivo de empresas asesorándoles en la impartición de formación profesional continua y en la gestión del crédito de formación.
Las agrupaciones de empresas se constituyen de manera oficial a través de los convenios de agrupación (contratos de participación en la agrupación).
Puedes consultar un modelo de convenio de agrupación de empresas en la actual web de Fundae.
Requisitos para ser entidad organizadora de formación bonificada
Las entidades organizadoras deben cumplir como requisito tener en su actividad empresarial la impartición de formación o tenerla incluida en su objeto social con anterioridad al 1 de enero de 2003. Sin embargo si la entidad organizadora es a la vez empresa participante en la acción formativa no necesitará cumplir éstos requisitos.
Este convenio constituye una agrupación de empresas para gestionar conjuntamente la formación continua de los trabajadores. En él se designa a una empresa como Entidad Organizadora con las siguientes obligaciones:
Resumen de obligaciones:
Tramitar las comunicaciones de inicio y fin de la formación (a través de la plataforma de Fundae).
Colaborar con los organismos públicos en las acciones de evaluación, seguimiento y control.
Custodiar el Convenio de Agrupación.
Coste del servicio como entidad organizadora.
Adhesión de otras empresas y requisitos, si fuesen necesarios.
Tramitar bajas de empresas agrupadas del Convenio.
Se pueden acordar otras obligaciones entre las empresas participantes y la entidad organizadora, como determinados aspectos sobre la logística de la formación.
Además de las funciones señaladas anteriormente, la entidad organizadora, podrá desarrollar aquellas otras que las partes acuerden relacionadas con:
La planificación de las acciones formativas a realizar.
La selección de centros de impartición, los permisos individuales de formación (planes PIF).
La programación del calendario de impartición.
Impartición de la formación.
Cualquier otra que contribuya a facilitar el desarrollo de la formación.
Puedes ampliar el contenido sobre las obligaciones designadas a la entidades organizadoras en el R.D. 395/2007, órdenes que la complementan en el modelo de acuerdo que la Fundación Tripartita pone a disposición pública en su web fundaciontripartita.org/almacenV/
Las obligaciones de las empresas agrupadas están recogidas en la Orden TAS 2307/2007 (ver art. 5 y preceptos concordantes), pudiendo incluirse aspectos particulares entre las partes según lo establecido en el art. 17.2 de Orden.
Más información
Puedes ampliar información en la página oficial de la Fundación Tripartita fundaciontripartita.org/orientacion/entidades_organizadoras.htm.
Este enlace incluye un Buscador de Entidades Organizadoras, los requisitos necesarios para ser entidad organizadora, una recopilación de las funciones de las entidades organizadoras, en qué consiste un convenio de agrupación, el acceso a la aplicación telemática y diversos documentos de consulta.
Actualización: Documentación para ser entidad organizadora de la formación (Ley 302015).
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Está dirigido tanto a empresas organizadoras de formación dentro de grupos empresariales o centros de formación con formación abierta. Lo han realizado gran número de empresas a los largo de éstos últimos años con total satisfacción.
Con quince años de experiencia, estamos especializados en la Gestión de bonificaciones por formación continua ante la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo (FTFE). Actual Fundae (Revisar artículos más actualizados, ya que ha cambiado la normativa).