Introducción a la Formación Programada:
Todas las empresas de España que coticen por la contingencia de Formación Profesional tienen derecho a una deducción en el importe de los seguros sociales (Crédito de formación). Solo se necesita que las empresas tengan en plantilla al menos un trabajador que cotice por formación profesional.
Cada empresa dispondrá de un límite de este crédito calculado en base a sus características, cotizaciones y costes incurridos.
El crédito de formación se calcula en función de las cotizaciones por formación profesional del año anterior.
La duración mínima de las acciones formativas es de 2 horas y además su temática ha de estar relacionada con su actividad productiva. Sólo son bonificables las modalidades presencial y teleformación o una combinación de éstas (mixta o b-learning).
Cada empresa puede organizar grupos de trabajadores para formar in company o en las aulas de un proveedor o escuela de formación. Las fechas son a su elección.
La formación también puede ser individual, incluso en el caso de que dicha formación forme parte de planes oficiales de estudio puede bonificarse a través de una línea complementaria al crédito denominada PIF que financia el coste de la falta de asistencia en el horario laboral.
En esta entrada se explica en detalle en qué consiste esta línea de financiación de la formación profesional continua: ¿Qué es un PIF?
Para que una AA.FF. sea deducible de los seguros sociales se han de cumplir ciertos requisitos. La charlas, seminarios, congresos, y demás eventos informativos no se consideran formación.
La formación continua permite capacitar a los profesionales para que sumen en el crecimiento de las empresas. Share on X
Gestión de las bonificaciones por formación.
En España cerca de 500.000 empresas aplican deducciones por formación en sus seguros sociales. Esta cuantía crece anualmente fomentando una cultura de la formación profesional continua en España.
Esta gestión puede realizarse internamente por las empresas, con recursos propios o contratarse con una entidad externa (subcontratación o externalización). Es muy importante conocer que este coste de gestión externo también puede incluirse dentro de el importe deducible.
La formación continua bonificada permite cofinanciar los planes de formación de las empresas españolas. Share on X
«Dicho de una manera sencilla, las bonificaciones por formación continua son una deducción que se aplican las empresas en sus pagos a la Seguridad Social por los gastos de los cursos realizados por sus trabajadores.»
Pero para ello, hay que ajustarse a unos requisitos establecidos en la normativa vigente.
Entradas relacionadas con Formación Programada por las Empresas:
Para seguir conociendo en qué consisten estas ayudas a la financiación de la formación en las empresas:
- Infracciones consideradas muy graves en la bonificación de la formación programada por las empresas. Conviene repasar los siguientes puntos para asegurarnos que nuestros procesos se adecuan y no incumplan ninguno de los puntos exigidos por la normativa vigente: Según el artículo 16 de la Ley 30/2015 se consideran infracciones muy graves el incumplimiento por parte de cualquiera de los agentes; tanto empresarios, entidades de formación o aquellas que asuman la organización (seguir leyendo…).
- Difusión de la formación programada por las empresas. La Fundación Estatal para la Formación en el Empleo está organizando a través de su web fundacióntripartita.org una serie de en encuentros para la difusión del nuevo modelo de formación programada por las empresas (anteriormente bonificaciones por formación continua de la FTFE). Los encuentros “Los expertos responden” tienen por objeto resolver diversas cuestiones relacionadas con la gestión (seguir leyendo…).
- Formación Programada por las Empresas (FAQs). La F.T.F.E. ha publicado recientemente un PDF informativo sobre las preguntas frecuentes generadas por el REAL DECRETO-Ley 4/2015 que regula la nueva Formación Programada por las Empresas. FAQs: Financiación. Empresas y Colectivos. Organización de la Formación. Acreditación/Inscripción Entidades de Formación. Modalidades de formación/Duración. Comunicaciones en la aplicación /Costes. Régimen Sancionador. Acceso al PDF en la web (seguir leyendo…).
- Colectivos que cotizan por formación profesional. Se añaden nuevas posibilidades de incorporar colectivos, como los trabajadores del mar y o los autónomos que decidan cotizar por esta contingencia (en desarrollo). Ley 30/2015 «De la misma manera, y al objeto de garantizar la universalidad y sostenimiento del sistema, éste se podrá financiar con cuantas cotizaciones por formación profesional pudieran establecerse a otros colectivos beneficiarios en la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada ejercicio.» (seguir leyendo).
📄 Notas: Datos estadísticos publicados por la Fundación Estatal sobre participación en el sistema de bonificaciones por formación profesional continua.
En 2015 aproximadamente 3,5 millones de participantes en acciones formativas se bonificaron a través de la formación programada por las empresas. Pertenecientes a 440.000 empresas que participaron en el programa.
Han participado el 23% de las microempresas de 1 a 9 trabajadores. Y el 59% de las Pymes de 10 a 249 trabajadores. El 92% de las grandes empresas de más de 250 trabajadores. En total el 27% de las empresas han participado en la bonificación de formación programada por las empresas.