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¿Qué es la Formación Bonificada para Empresas?

Formación Bonificada para Empresas

Formación Bonificada para Empresas

 

Todas las empresas* al cotizar en concepto de formación profesional, incluso las de nueva creación, tienen derecho a descontar del importe de los seguros sociales las inversiones realizadas para formar a su plantilla (crédito Fundae).

 

Gestión del crédito formativo de las empresas (formación bonificada).

 

Las empresas inicialmente asumen los costes de la inversión en formación, la comunican a Fundae, cumplen los requisitos estipulados por normativa y finalmente se bonifican en sus seguros sociales.

 

Existen ciertos condicionantes, que en general son la cuota de crédito disponible la cual proviene de las cotizaciones por formación profesional del anterior ejercicio y de los módulos económicos según las características del curso.

 

 

¿Cuánto se puede bonificar por Fundae?

El crédito de formación se calcula aplicando un porcentaje de bonificación que dependerá del tamaño de la plantilla:

a) Empresas de 6 a 9 trabajadores: 100 %

b) De 10 a 49 trabajadores: 75 %

c) De 50 a 249 trabajadores: 60 %

d) De 250 o más trabajadores: 50 %

 

 

Las empresas de 1 a 5 trabajadores dispondrán de un crédito de bonificación fijo de 420 €.

 

Las empresas con una plantilla media inferior a 50 trabajadores puede reserva su crédito de formación si no disponen del mismo. En esta entrada te indicamos cómo reservar el crédito de formación para sucesivos ejercicios.

 

Las empresas nuevas o con nuevos centros de trabajo también tendrán acceso al crédito. En estos casos las empresas dispondrán de un crédito de bonificaciones cuyo importe resultará de aplicar al nº de empleados de nueva incorporación la cuantía de 65 €.

 

Las empresas que concedan permisos PIF para sus trabajadores, dispondrán de un crédito adicional.

 

 

Aplicación del descuento en los seguros sociales

Finalmente, las bonificaciones por formación se descuentan de los seguros sociales de las empresas una vez se comunica la finalización de la formación a través de la plataforma telemática de Fundae.

 

Tendremos de plazo hasta el último día hábil de presentación del boletín de cotización del mes de diciembre y lógicamente hay que cumplir una serie de requisitos.

 

 

Requisitos para poder bonificarse por formación continua

Por ejemplo, todas las empresas que realizan formación bonificada (beneficiarias) adquieren obligaciones; como el estar al corriente de pago en la Seguridad Social y en la Agencia Tributaria en los meses de bonificación.

 

La formación ha de resultar totalmente gratuita para los trabajadores de la empresa que asistan a la capacitación y ha de guardar relación con la actividad de la misma.

 

Por otro lado, hay que gestionar una serie de documentación y comunicaciones previas a realizar, … En el siguiente enlace puedes consultar los Requisitos para que una acción formativa sea bonificable (todas las modalidades).

 

 

FAQ´s sobre bonificaciones por formación

En nuestro blog encontrarás organizado en categorías un amplio repertorio de artículos sobre aspectos prácticos en la gestión de las bonificaciones por formación.

 

Por otro lado, en Preguntas frecuentes en la Formación Programada por las Empresas de Fundae también puedes ampliar esta información.

 

Otro aspecto importante a considerar sobre los tutores en formación bonificada son las funciones, requisitos y capacitación, que puedes consultar en el siguiente enlace:

 

Obligaciones de las empresas al bonificar formación continua

 

 

Servicio como gestor externo / entidad organizadora de formación continua

 

Nuestro equipo te asesorará sobre todos los requisitos y trámites necesarios para bonificar la formación. También sobre cómo puedes consultar el crédito disponible para realizar AA.FF. en tu empresa.

 

«Como consultora especializada en bonificaciones, podemos actuar como gestor externo o entidad organizadora de formación continua. Estaremos encantados de poder colaborar en el desarrollo del plan de formación de tu empresa. Estos son nuestros datos de contacto info@consultae.es y tfno. 91.510.23.26.»

 

 


📄 Notas:

  • Todas las empresas con centros de trabajo declarados en España disponen de un crédito en relación a sus cotizaciones por formación.
  • La formación bonificada ha de ir dirigida a sus trabajadores cumpliendo una serie de requisitos mínimos por ley.

 

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