Pasos para acumular el crédito de Fundae
Una de las primeras dudas de toda empresa que accede por primera vez al sistema de bonificaciones por formación es … ¿De cuánto importe de crédito de formación dispongo? y en caso de no consumirlo totalmente durante el ejercicio en curso, … ¿Cómo puedo reservarlo para posteriores ejercicios?
Otras empresas, sin embargo simplemente no tienen previsto realizar ninguna acción formativa, por diversos motivos, y optan por guardar el crédito disponible para los dos siguientes años para cuando se tenga tiempo de planificar la formación necesaria.
Una vez abierto el ejercicio, podemos proceder a dar de alta a los gestores y perfiles autorizados a la vez que marcamos la casilla de reserva del crédito para asegurar los importes que no se dispongan.
Pasos y normativa relacionada:
Daremos respuesta a cómo calcular o cómo funcionan los créditos Fundae y otras preguntas frecuentes en la siguientes líneas:
En la anterior entrada Cálculo del crédito de formación continua, explicamos paso a paso cómo se estima el importe de crédito o dónde y cuando se puede consultar el importe definitivo en la página oficial de Fundae, así como el saldo disponible en caso de que haya sido dispuesta cierta cantidad.
El Real Decreto 694/2017, estableció el derecho de las empresas a reservar el crédito de formación no dispuesto, si se cumplen unos determinados requisitos.
En su artículo 11 se indica;
» 3. A través del sistema electrónico previsto en el artículo 15.3 y de acuerdo con lo establecido en el artículo 9.4 de la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, las empresas de menos de 50 trabajadores podrán comunicar a la Administración Pública competente, durante el primer semestre del ejercicio en curso, la voluntad de acumular su crédito de formación con el del siguiente o los dos siguientes ejercicios, de forma que el crédito de formación no dispuesto en un ejercicio podrá aplicarse en el siguiente o hasta los dos siguientes, según la voluntad manifestada por la empresa.
Las cuantías no dispuestas en el último de los ejercicios mencionados se considerarán desestimadas por las empresas y no podrán recuperarse para ejercicios futuros.»
Por otro lado;
«4. Cuando se trate de un grupo de empresas que opte por la agrupación a que se refiere el artículo 14.2, cualquier empresa del grupo podrá disponer, además de su crédito de formación, del crédito asignado a otra u otras empresas del grupo, siempre que el total del crédito de formación dispuesto por aquella no supere el 100 por cien del importe cotizado por cada una de las empresas del grupo el año anterior en concepto de cuota de formación profesional, de acuerdo con lo establecido en el artículo 9.4 de la ley 30/2015, de 9 de septiembre.»
En la entrada Cómo acumular el crédito de formación, explicamos en detalle como reservar este crédito en empresas con una plantilla media inferior a 50 trabajadores.
De esta forma, y cómo incentivo, el crédito de formación no dispuesto se puede reservar para gastarlo en los dos siguientes años y para ello hay que indicarlo marcando una casilla en la plataforma de comunicación.
«Si tu formación la bonificas a través de una agrupación de empresas, ponte en contacto con los gestores de tu Entidad Organizadora para que sean ellos los que marquen dicha opción. Ya que por defecto no viene marcada.»
Para ello, necesitarás acceder a través del certificado digital de tu empresa, y desde tu perfil podrás autorizar o no a las entidades organizadoras que hayas dado de alta en alguna ocasión para gestionar la bonificación de algún curso.
Concretamente, lo tienes en la pestaña del menú “Datos de empresa”, marca la casilla «reservar el crédito de formación» y pulsa Guardar. La fecha límite para marcar esta opción es el 30 de junio.
Recuerda que si tu empresa no cumple estos requisitos, perderá el crédito anual no utilizado ! Sabemos que hay muchas empresas que tienen dudas o desafortunadamente han tenido experiencias negativas con la gestión de su crédito de formación. En ese sentido estamos dispuestos a ofrecerles el mejor asesoramiento independiente.
Recuerda tienes hasta el 30 de junio para darte de alta en la aplicación de #FUNDAE, si es que aún no lo has hecho, y marcar la casilla de acumulación del crédito para el próximo año … * solo para empresas con plantilla media inferior a 50 trabajadores.
Por todo ello, estaré encantada de atender tus dudas:
Estos son mis datos de contacto:
«Si necesitas ayuda para reservar el crédito Fundae de tu empresa, estaremos encantados de poderte ayudar !”
Resp. Consultoría de formación
e.herranz@consultae.es / Linkedin / Tlfno. 91.510.23.26.
Recuerda cada año: el plazo límite para reservar tu crédito es hasta el 30 de junio. Clic para tuitear
📄 Notas:
- La mayoría de empresas suelen bonificarse en el TC de diciembre (que se paga en enero), con el cierre del ejercicio. Pero es recomendable ir haciendo pequeñas bonificaciones según se van realizan los cursos. Así evitamos errores de última hora cuando ya no tenemos margen de maniobra.
- El crédito es por empresa, es decir por (CIF), no por cuenta de cotización.
- En esta web encontrarás a través de sus múltiples artículos y recursos un completo manual Fundae donde damos respuesta a preguntas frecuentes, desde cómo saber el crédito de formación disponible en una empresa hasta cómo realizar alegaciones Fundae.
Hola! Tengo (puedo tener) un problema con Fundae. He llegado a una Empresa donde, año tras año, se ha ido marcando que no existía RLT (cuando en realidad si que existían delegados de personal). Ahora, para el año 2022, se quiere hacer bien, y quiero informar de que si que existe RLT y que no es de nueva creación.
Mucho me temo que les puedan saltar las alarmas respecto a los años anteriores, y seamos objetos de inspección y de devolución de bonificaciones ¿Sabe cómo funciona Fundae en este sentido? ¿Cruzan datos? ¿Piden actas de constitución? Gracias!!