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Conciliaciones de las bonificaciones aplicadas

Conciliaciones de las bonificaciones aplicadas en 2017

Conciliaciones de las bonificaciones aplicadas

 

Dentro de las acciones de seguimiento y control de la formación que realiza Fundae / SEPE se encuentra la publicación de los resultados de las conciliaciones de las bonificaciones aplicadas durante el ejercicio anterior.

 

 

1. Pasos para descargar el informe de conciliaciones:

 

Empresa bonificada: Una vez estamos en la plataforma telemática de Fundae, accedemos a la empresa / apartado datos económicos y pestaña “Comprobación de resultados”.

 

 

Grupo de empresas y agrupaciones: Se accede al grupo, pinchar en el icono “Actividad” (arriba a la derecha) elegir Alertas relativas a las empresas agrupadas y descargar el PDF con la “Comprobación de resultados empresas participantes”. Aparecerá la relación de empresas y su conciliación.

 

 

En este apartado de la web podemos comprobar que el crédito dispuesto esté debidamente acreditado  o por el contrario que existan diferencias (conciliación no conforme de cursos), en cuyo caso, recibiremos una primera comunicación electrónica.

 

 

 

 

2. Resultado conforme o no conforme.

 

A. Si es conforme, FUNDAE nos indica que se ha verificado:

 

 

 

 

 

 

 

 

Esto no exime que con posterioridad se realicen comprobaciones de documentación.

 

B. Si resulta no conforme: Las empresas recibirán una notificación electrónica (Ley 39/2015), y las personas físicas recibirán una «carta certificada».

 

Estas notificaciones incluyen el código CSV que permite la consulta de los documentos explicativos de la no conformidad y así preparar el posible recurso de alegaciones.

 

«… siendo NO CONFORME, al haberse detectado una diferencia entre los importes aplicados por su empresa en sus cotizaciones a la Seguridad Social y el Crédito Total Justificado.

 

Por otro lado, tras el análisis efectuado en las actuaciones de Seguimiento y Control a su empresa, en el caso de que se hubieran detectado desviaciones, la diferencia incluirá la cuantificación económica de las mismas.»

 

En este caso recomendamos comprobar que los datos indicados y el email de contacto comunicado esté actualizado.

 

Hay un plazo de 10 días una vez recibida la notificación para realizar alegaciones. Estos recursos también se pueden presentar online a través de la plataforma telemática de Fundae.

 

En caso de que Fundae no consiga realizar la comunicación de manera fehaciente a través de los medios previstos, estos se comunicarán públicamente a través de medios como el boletín oficial del estado. La fórmula utilizada es la siguiente:

 

«ÁREA DE FORMACIÓN CONTINUA. Anuncio de notificación de 27 de febrero de 2019 en procedimiento de comunicación de la Subdirección General de Políticas Activas de Empleo sobre la comprobación de las diferencias detectadas en las bonificaciones por cuotas de formación profesional para el empleo en la iniciativa de formación programada por las empresas, para sus trabajadores, efectuadas en los boletines de cotización a la Seguridad Social.

 

Habiendo intentado infructuosamente practicar las notificaciones objeto de este anuncio a la relación de entidades/beneficiarios que se relacionan a continuación, en la forma prevista en los artículos 58 y 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables al SEPE, y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se procede a su publicación.»

 

 

Ejemplos de suplementos de notificaciones publicados en el BOE:

 

 

 

 

 

 

 

 

Incluso si la respuesta a esta primera alegación resulta no conforme, cabe interponer una reclamación administrativa sobre el resultado.

 

 

 

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Servicios de asesoría en materia de formación bonificada:

Consultae dispone de servicio de asesoramiento a empresas*, para estudiar cada caso y poder presentar las alegaciones oportunas:

 

 

 


📄 Notas: 

 

 

 

Autora:

 

«Estoy a vuestra disposición, para poder ayudaros a cumplir el 100% de los requisitos legales para bonificar la formación en vuestra empresa. Este es mi email e.herranz@consultae.es y tfno. 91.510.23.26

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