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Archivo de la etiqueta: Bonificaciones consultora

Comprobación de bonificaciones aplicadas en ejercicios anteriores

Publicada en 8 junio, 2021 de Consultae

Comprobación de las bonificaciones aplicadas en ejercicios anteriores

Comprobación de las bonificaciones aplicadas en ejercicios anteriores

 

Fundae ha comunicado que ya se han practicado las comprobaciones de las bonificaciones aplicadas por las empresas en 2019.

 

Se han revisado la procedencia y exactitud de las bonificaciones aplicadas en las empresas que no han resultado inspeccionadas.

 

En concreto, se cruzan datos de las bonificaciones practicadas con los datos aportados por la Tesorería General de la Seguridad Social.

 

Estas no conformidades referentes al ejercicio 2019 se suman a las más de 2.500 empresas que han sido notificadas a través del BOE (ver PDF).

 

 

comprobaciones_fundacion_estatal

Cuando el resultado es conforme, podemos consultarlo en la aplicación telemática.

 

Se puede consultar en la aplicación telemática de Fundae centro de Datos de Empresa o Empresas Participantes> Datos Económicos> Comprobación de resultados.

 

Si el resultado no es conforme, se comunica además a las empresas a través del email de contacto, por lo que se recomienda revisar que sea el correcto.

 

Si el beneficiario es una persona física, se recibe por escrito a la dirección indicada o por email si se ha escogido previamente esta vía. Si no se responde se publicará en un medio oficial público (BOE) a modo de anuncios o edictos. Trasladándose tal situación a la inspección de trabajo en caso de siga sin responderse.

 

Anexo no conformidades

Los importes a devolver consecuencia de las no conformidades encontradas se incluyen en un anexo donde se exponen las causas. Esta comunicación no exime de posteriores comprobaciones según los tipificado en la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, R.D.L. 5/2000.

 

Por otro lado, la la Ley 30:2015 resalta la obligación de empresas y entidades organizadoras de formación a «… someterse a las actuaciones de comprobación, seguimiento y control que realicen las Administraciones públicas competentes y los demás órganos de control, asegurando el desarrollo satisfactorio de dichas actuaciones.»

 

Casuística en No Conformidades de Fundae

Casuística en No Conformidades de Fundae

 

Como decimos, para ver los resultados 2019 hay que acceder a los datos económicos y entrar en la pestaña Comprobación de resultados.

 

En principio, pueden darse dos circunstancias;

 

  1. que sea CONFORME, lo que significa que todo lo comunicado y lo bonificación es correcto, desde el punto de vista del importe bonificado y de los trabajadores justificados.

 

  1. O que sea NO CONFORME, en este caso llegará en los próximos tres meses un email al que se tenga indicado en FUNDAE para que en 10 días se descargue en la aplicación del SEPE la no conformidad.

 

Esta no conformidad inicial puede ser por diversas causas:

  • Inspección que se realizó a la formación y no estaba correcta.
  • Los trabajadores finalizados no tengan los datos correctos.
  • Los trabajadores finalizados no estaban en la empresa el primer día de la formación.
  • La cuantía bonificada en los seguros sociales no corresponde con la bonificada en la aplicación

 

También puede suceder que al acceder no esté activada la pestaña Comprobación de resultados, las causas pueden ser:

 

  • La empresa no se ha aplicado ninguna bonificación en los seguros sociales, a pesar de haberlo comunicado en FUNDAE.

 

  • Esté pendiente de inspección, en este caso llegará en los próximos meses.

 

 

 

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    • Novedad! La documentación solicitada es más amplia que años anteriores: Certificado de la AEAT estar sujeto o no a la imputación de IVA. Facturas justificativas de los costes y … Seguir leyendo.

 

 

Auditoría de planes de formación bonificados

Servicio de apoyo y auditoría ante inspecciones internas y externas.

 

Disponemos de un área especializada en la gestión de bonificaciones para cursos de formación. Podemos ayudarte a cumplir con los requisitos exigidos por la inspección del SEPE / Fundae.

 

Para ello, revisamos exhaustivamente los procesos y recursos formativos asegurándonos que cumplan todos los requerimientos que por nuestra experiencia como Entidad Organizadora de Formación Continua y Consultora especializada en la gestión de planes de formación conocemos.

 

Realizamos auditorías internas para anticipar no conformidades y realizamos la defensa de las auditorías e inspecciones externas del SEPE / Fundae.

 

 

 

 

Publicado en: Bonificación Formación Continua | Etiquetas: Bonificaciones consultora, Formación bonificada por las empresas | Deja un Comentario |

Acciones Formativas Bonificadas

Publicada en 18 enero, 2021 de Consultae

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Bonificación de la Formación Programada por las Empresas:

 

Consultae ofrece un servicio especializado en la gestión de la formación programada por las empresas. Disponemos del equipo humano y de los procesos que aseguren el cumplimiento de los requisitos establecidos por la normativa actual.

 

Estamos a su disposición para resolver cualquier duda sobre los pasos a seguir para aplicar la bonificación de tu empresa u organización:

 

  • Prestamos asistencia en la resolución de incidencias o requerimientos.

 

  • Tramitamos la comunicación de inicio y finalización de grupos formativos. Generamos la documentación de cada curso (controles de asistencia, recibí de material, cuestionarios de evaluación, certificados, recibí de certificado, cartel del curso, control de tutorías).

 

  • Realizamos la justificación económica de las bonificaciones aplicadas.

 

  • Ofrecemos soporte para el cálculo de las bonificaciones a aplicar en cada grupo, sobre el grado de cumplimiento de la cofinanciación privada y participación de colectivos prioritarios.

 

  • Participamos en la elaboración de detecciones de necesidades formativas, gestión del crédito de formación bonificada (Fundación Estatal antes Fundación Tripartita) y negociamos con proveedores y formadores para la impartición de cursos.

 

  • Somos desarrolladores de nuestra propia tecnología de gestión de la formación (Softmetry) que permite la optimización y reducción de costes en la gestión de planes de formación.

 

 

Especializados en gestionar formación, 20 años de experiencia y cientos de clientes satisfechos nos avalan. Compartir en X

 

 

Nuestro servicio asegura que la bonificación de su plan de formación se realice de manera óptima y fiable conforme a la normativa actual.

  • 1. Informar a la Representación Legal de los Trabajadores, de acuerdo con el procedimiento establecido por ley.

 

  • 2. Comunicar telemáticamente el inicio del grupo o grupos de formación, con los requisitos y plazos establecidos en la normativa.

 

  • 3. Asegurar la correcta impartición de la formación a los trabajadores.

 

  • 4. Comunicar telemáticamente la finalización de los grupos de formación.

 

  • 5. Comunicación telemática de los permisos individuales de formación tanto a su inicio como a su finalización.

 

  • 6. Las empresas podrán aplicarse las bonificaciones en las cotizaciones una vez comunicada la finalización de la formación. El plazo para realizarlo concluye el último día hábil de presentación del boletín de cotización TC correspondiente al mes de diciembre del ejercicio económico.

 

Fuente: Fundae.

 

Crédito por formación programada por las empresas:

El crédito de formación de las empresas que coticen en la contingencia de Formación Profesional se calculará como en años anteriores aplicando a la cuantía cotizada en el año anterior por un porcentaje de bonificación dado en función del tamaño de las empresas (que por,cierto, se mantiene respecto al año anterior):

a) Empresas de 6 a 9 trabajadores: 100 %.
b) De 10 a 49 trabajadores: 75 %.
c) De 50 a 249 trabajadores: 60 %.
d) De 250 o más trabajadores: 50 %.

 

Fuente: PDF con la aprobación de la financiación de la formación profesional para el empleo (extracto de los P.G.E.).

 

Ya se encuentra habilitado el acceso web para notificar acciones y grupos con cargo al crédito asignado* a las empresas para el ejercicio actual.

 

Solicite gratuitamente el asesoramiento de nuestros consultores para hacer un estudio y presupuesto según sus necesidades puede contactar en el siguiente enlace Más información.

 

Modalidades de Acciones Formativas Bonificables

Modalidades de Acciones Formativas Bonificables

Se considera una acción formativa aquella que va dirigida a la adquisición de competencias profesionales, teóricas y/o prácticas, estructuradas en unidades pedagógicas con objetivos, contenidos y duración propios.

 

No son acciones formativas bonificadas las actividades de índole informativo o divulgativo como son las jornadas, ferias, simposios y congresos.

 

La formación puede impartirse de forma presencial, con teleformación (elearning) o mixta. La formación a distancia desaparece en 2016.

 

La modalidad de impartición mediante teleformación se entenderá realizada cuando el proceso de aprendizaje de las acciones formativas se desarrolle a través de TICs, posibilitando la interactividad de alumnos, tutores y recursos situados en distinto lugar.

 

La normativa actual dependiente ejecutada por el Ministerio de Trabajo y Asuntos sociales se determinarán los módulos económicos básicos para cada tipo de formación, actualmente son los siguientes:

 

Requisitos AA.FF.

Requisitos AA.FF.

  • La formación impartida mediante la modalidad presencial se organizará en grupos de 25 participantes como máximo. En la formación impartida mediante la modalidad teleformación deberá haber, como mínimo, un tutor por cada 80 participantes.
  • La participación de un trabajador en una acción formativa nunca podrá ser superior a 8 horas al día.
  • En general el número de horas mínimo de formación será de 2 horas.
  • La formación deberá realizarse en instalaciones apropiadas de acuerdo con lo establecido en el correspondiente programa.

 

Normativa aplicable a Fundae

Normativa aplicable a la bonificación por formación continua

La Formación Profesional para el Empleo tiene por objeto la formación de los trabajadores desempleados y ocupados para mejorar su capacitación profesional y desarrollo personal.

 

El SEPE ‏ha publicado el 23 de diciembre de 2015 una corrección de errores de la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, que regula Sistema de Formación Profesional para empleo en ámbito laboral. Enlace al BOE.

 

Referencia de las rectificaciones publicadas en el BOE:

  • En la página 79801, artículo 15, apartado 1, primer párrafo, sexta línea, donde dice: «… que impartan formación sus trabajadores…», debe decir: «… que impartan formación a sus trabajadores…».
  • En la página 79814, disposición final segunda, primera y segunda líneas, donde dice: «… la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, organizará en el seno de la Dirección…», debe decir: «… la Inspección de Trabajo y Seguridad Social organizará, en el seno de la Dirección…».

 

Notas: Enlace al PDF con el Texto original de la Ley 30/2015 publicado en el BOE.

 

 

Aplicación de gestión de las Acciones formativas de las empresas:

Para las empresas que realicen acciones formativas y permisos individuales de formación se ha desarrollado una Aplicación que les permite comunicar el inicio y finalización de las mismas a la Fundae.

 

Perteneciente al Sector Público Estatal, es uno de los órganos que componen la estructura organizativa y de participación institucional del subsistema de formación profesional para el empleo. Tiene carácter tripartito y su patronato está constituido por la Administración Pública y por las organizaciones empresariales y sindicales más representativas.

 

Sus responsabilidades se desarrollan en el marco de la Ley 30/2015 que regula el subsistema de formación profesional para el empleo:

  • Asistir técnicamente al Servicio Público de Empleo Estatal. (Organismo autónomo de la Administración General del Estado, adscrito actualmente al Ministerio de Empleo y Seguridad Social  (MEYSS)).
  • Contribuir al impulso y difusión de la formación profesional para el empleo entre empresas y trabajadores.
  • Prestar apoyo técnico a las Administraciones Públicas y a las organizaciones empresariales y sindicales presentes en los órganos de participación del sistema.

 

TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

  • Valida anualmente tanto la plantilla media como la cuota de formación profesional de la empresa en el año anterior.
  • Valida la bonificación aplicada “movimiento” y Valida participantes.

 

FONDO SOCIAL EUROPEO

Participa, aunque cada vez en menor cuantía, en la cofinanciación de las iniciativas de formación mediante el Programa Operativo Plurirregional Adaptabilidad y Empleo.

 

Ventajas de bonificar la formación continua en las empresas

Ventajas de bonificar la formación en las empresas:

– Las empresas pueden recuperar parte de las aportaciones realizadas en el año anterior a la Seguridad Social en concepto de formación profesional.

– Invertir en formación para sus trabajadores.

  •   Mayor presupuesto para formación.
  •   Plan de formación adecuado a sus necesidades.
  •   Formación anual.

 

Beneficiarios de las ayudas

Beneficiarios de las ayudas

Pueden beneficiarse todas las empresas que tengan centro o centros de trabajo en el territorio del Estado español, cualquiera que sea su tamaño o ubicación, que desarrollen formación para sus trabajadores, y que coticen por la contingencia de Formación Profesional a la Seguridad Social.

 

A los trabajadores que van destinadas estas ayudas son:

    1. Trabajadores asalariados que prestan sus servicios en empresas privadas.
    2. Trabajadores asalariados de entidades públicas cuando no están incluidas en los acuerdos de formación para las Administraciones Públicas.
    3. Los trabajadores fijos discontinuos en periodos de no actividad.
    4. Trabajadores que accedan a situaciones de desempleo cuando se están formando.
    5. Trabajadores que están acogidos a regulación de empleo en los periodos de suspensión de empleo.

 

Consecuencias:

  • Al invertir en formación: ventaja competitiva, trabajadores mejor formados, mejor imagen de la empresa por parte del trabajador, cultura de la formación.
  • Al no invertir en formación: estas aportaciones a la Seguridad Social se realizarán igualmente.

 

Para poder acceder a la financiación por Formación Profesional Continua sólo tienes que darte de alta en el sistema de bonificaciones a la Formación Continua. Un sencillo trámite en el que podemos ayudarte.!

 

seguirRecuerda: “La bonificación es sólo un incentivo a la formación al cual todas las empresas que coticen tienen derecho, pero el valor lo aporta la adecuación de las AA.FF. a las necesidades de la empresa”.

 

El valor de la formación lo aporta su adecuación a las necesidades reales de cada empresa. Compartir en X

 

 


Notas:

  • Deducción de los importes a ingresar en las Cuotas a la Seguridad Social por formación profesional continua.
  • Infografía: Cómo calcular el crédito de formación continua.
  • Los trabajadores autónomos no tienen acceso a estas bonificaciones, porque no cotizan por formación profesional.
  • Últimas noticias de la Fundación Estatal para la Formación en el empleo en fundae.es.

 

* Puedes contactar con nosotros en el 91.510.23.26 o a través del correo electrónico info@consultae.es.

 

contacte

Publicado en: Formación Profesional Continua | Etiquetas: Acciones formativas bonificadas, Bonificaciones consultora, Entidad externa de formación, Formación profesional para el empleo | Deja un Comentario |

La formación a distancia bonificada ya no es bonificable

Publicada en 14 enero, 2016 de Consultae

La formación a distancia bonificada desaparece en 2016

 

Cita referente a la formación profesional a distancia bonificada en la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, que regula el Sistema de Formación Profesional para el empleo en el ámbito laboral:

 

 

«En todas las iniciativas mencionadas, se potencia la formación online frente a la formación a distancia tradicional, que se suprime, de forma coherente con la evolución de las nuevas tecnologías y las garantías que ofrecen de alcance y calidad de la formación.»

 

 

La formación bonificada a distancia se suprimió en 2016, potenciando la teleformación Compartir en X

 

 

 


Notas: Puedes ampliar esta información en el siguiente foro relacionado en la web de la fundaciontripartita.org

Publicado en: Formación programada por las empresas | Etiquetas: Bonificaciones consultora | Deja un Comentario |

Difusión de la formación programada por las empresas

Publicada en 12 enero, 2016 de Consultae

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La Fundación Estatal para la Formación en el Empleo está organizando a través de su web fundae.es una serie de en encuentros online para la difusión del nuevo modelo de formación programada por las empresas (anteriormente bonificaciones por formación continua de la F.T.F.E.).

 

Los encuentros «Los expertos responden» tienen por objeto resolver diversas cuestiones generales relacionadas con la gestión del crédito de formación de las empresas.

 

Las preguntas se envían a través de un formulario online y a continuación se responden por técnicos de la Fundación Estatal y se agrupan a través de foros monotemáticos.

 

Difusión de la bonificación de la formación programada por las empresas

 

Estos son algunos de los foros celebrados hasta el momento:

 

  • Comunicación de incidencias fuera de plazo.

 

  • Comunicación de finalización de acciones formativas.

 

  • Carga masiva de datos XML.

 

  • Contabilización de los gastos de la formación programada por las empresas.

 

  • Cofinanciación de la formación programada por las empresas.

 

  • Tutores de formación: funciones, requisitos y capacitación.

 

  • Gestores externos vs Entidades externas.

 

  • Acciones formativas programadas por las empresas: requisitos para su bonificación.

 

  • Acciones de Formación Programadas por las Empresas – procedimiento de inscripción de entidades de formación.

 

  • Aplicación Telemática «Formación programada por las empresas»: Certificados digitales, tipos de acceso y usuarios.

 

  • Novedades legislativas (Ley 30/2015) en la formación programada por las empresas.

 

  • Nuevo papel de las entidades externas que tienen encomendada la organización en la formación programada por las empresas.

 

  • Costes de la formación programada por las empresas.

 

  • Papel de la Representación Legal de los Trabajadores (RLT) en la formación programada por las empresas.

 

  • Evaluación de la formación programada por las empresas.

 

 

Difusión del nuevo modelo de formación programada por las empresas a través de foros de la web Fundae.es Compartir en X

 

 


Nota: Aunque los encuentros estén finalizados permiten acceder a las preguntas y respuestas realizadas:

  • Enlace a los detalles de cada evento fundaciontripartita.org.
Publicado en: Formación programada por las empresas | Etiquetas: Acciones formativas bonificadas, Bonificaciones consultora | Deja un Comentario |
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