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Archivo de la etiqueta: Cuota de Formación Profesional

Actualizada la cuota de formación profesional y plantilla de las empresas

Publicada en 20 abril, 2021 de Consultae

 

Cuota de Formación de mi empresa

¿Cuál es la cuota de Formación de la que dispone mi empresa?

 

Las empresas disponen de un crédito de formación bonificada para el año en curso, dependiendo de sus cotizaciones por formación continua en el pasado ejercicio.

 

Y aunque se suele tener una estimación desde el principio del ejercicio, estas cantidades aparecen pendientes de validar:

 

Ejemplo: Crédito validado de Fundae

 

Este importe se confirma cuando la Seguridad Social vuelque los datos de cotización por formación del ejercicio anterior en la aplicación lanzadera de Fundae.

 

👉 «A partir de marzo hasta junio inclusive, se suelen actualizar los datos relativos a la cuota de formación profesional, las cuentas de cotización y las plantillas medias de las empresas del año pasado.»

 

Como decimos, esta información es validada con la información remitida por la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) respecto a los datos que les consta del año pasado.

 

Pero es posible que no sean exactos, por lo que se pueden reclamar de manera justificada a Fundae (habitualmente, a través del canal interno de comunicación de su aplicación telemática).

 

⚠️ Por ello, si los datos anteriores siguen apareciendo pendientes de validar después del volcado de datos y la empresa no es de nueva creación en el ejercicio anterior, puede tratarse de un error en la comunicación del CIF o de las cuentas de cotización, o incluso a que la empresa haya sufrido algún cambio como sociedad.

 

¿Cuándo estará disponible esta actualización?

 

Con cada cambio de ejercicio, la fundación interrumpe el servicio de la aplicación telemática con el objeto de actualizar los datos de cuota de formación profesional (0,70% de la base de cotización por contingencias comunes a la Seguridad Social) y plantilla de las empresas.

 

Este proceso suele durar unas horas y en breve queda restablecido el acceso a la plataforma de comunicación telemática con la nueva información relativa a la plantilla media del año anterior, la cuota de formación profesional y las cuentas de cotización en función de los datos facilitados por la TGSS.

 

Fecha prevista de actualización para 2021 !

 

En el caso de que casualmente esta supresión de servicio afectase al plazo en la comunicación de grupos, se debe notificar tal incidencia.

 

 

Consulta tu crédito de formación bonificada Compartir en X

 

 

 


📄 Notas:

  • Puedes ampliar esta información en el comunicado oficial de Fundae: Notas de prensa de la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo o directamente en la Aplicación para la comunicación de acciones formativas de las empresas.
  • Existe un buzón de notificaciones disponible dentro de la propia aplicación telemática.

 

Publicado en: Bonificación Formación Continua, Consultoría bonificaciones, Formación programada por las empresas | Etiquetas: Cuota de Formación Profesional | Deja un Comentario |

Financiación de la formación profesional para el empleo 2012 en los Pres. Generales del Estado

Publicada en 4 julio, 2012 de Consultae

tools«Financiación de la formación profesional para el empleo»

Uno. Sin perjuicio de otras fuentes de financiación, los fondos provenientes de la cuota de formación profesional se destinarán a financiar el subsistema de formación profesional para el empleo regulado por el Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, incluyendo los programas públicos de empleo y formación establecidos en su artículo 28, en los términos expuestos en la presente disposición adicional.

En el ejercicio inmediato al que se cierre el presupuesto, se efectuará una liquidación en razón de las cuotas de formación profesional efectivamente percibidas, cuyo importe se incorporará al presupuesto del ejercicio siguiente, en caso de existir signo positivo respecto a las inicialmente previstas para dicho ejercicio.

Dos. El 50 %, como mínimo, de los fondos previstos en el apartado anterior se destinará inicialmente a la financiación de las siguientes iniciativas y conceptos:

  • Formación de demanda, que abarca las acciones formativas de las empresas y los permisos individuales de formación.
  • Formación de oferta dirigida prioritariamente a trabajadores ocupados.
  • Acciones de apoyo y acompañamiento a la formación.
  • Formación en las Administraciones Públicas.
  • Gastos de funcionamiento e inversión de la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo.

A la financiación de la formación en las Administraciones Públicas se destinará un 6,85 % de la cuantía indicada en el párrafo primero de este apartado. Esta cuantía, previamente minorada en el porcentaje correspondiente al índice de imputación utilizado para el cálculo del cupo de acuerdo con la Ley 12/2002, de 23 de mayo, se incluirá como dotación diferenciada en el presupuesto de gastos del SEPE para su aportación dineraria al Instituto Nacional de Administraciones Públicas (INAP), adscrito al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, en tres libramientos en los meses de
febrero, abril y junio.

En el presupuesto del Instituto Nacional de Administración Pública (INAP) figurarán territorializados los fondos correspondientes a las Comunidades Autónomas y Ciudades de Ceuta y Melilla para la financiación de la formación continua de sus empleados públicos. El abono de dichos fondos se realizará desde el Instituto Nacional de Administración Pública mediante transferencia nominativa a cada Comunidad y Ciudad Autónoma, con excepción del País Vasco.

El SEPE librará a la FTFE los fondos para la financiación de sus gastos de funcionamiento e inversión. El citado libramiento se efectuará por cuartas partes, en la segunda quincena natural de cada trimestre. La Fundación deberá presentar anualmente y antes del 30 de abril del ejercicio siguiente ante el SEPE, la justificación contable de los gastos realizados con cargo a los fondos asignados para su funcionamiento.

El 50 % restante se destinará inicialmente a financiar las acciones formativas dirigidas prioritariamente a trabajadores desempleados, así como los programas públicos de empleo formación. No obstante, previo informe del Servicio Público de Empleo competente, se podrá destinar, con carácter excepcional en el ejercicio 2012, hasta un máximo del 20 % de estos fondos para la realización de acciones de fomento del empleo siempre que estén incluidas en el Plan Anual de Política de Empleo y que en las mismas participen personas desempleadas inscritas como demandantes de empleo.

La financiación de la formación teórica del contrato para la formación y el aprendizaje se realizará de conformidad con lo que se establezca en la normativa reglamentaria que regule la impartición y las características de la formación recibida por los trabajadores.

Tres. Las Comunidades Autónomas con competencias estatutariamente asumidas en materia de políticas activas de empleo recibirán del Servicio Público de Empleo Estatal las transferencias de fondos para la financiación de las subvenciones en el ámbito de la formación profesional para el empleo gestionadas por dichas Comunidades, en la cuantía que resulte de acuerdo con lo previsto en la normativa aplicable.

Cuatro. Las empresas que cotizan por la contingencia de formación profesional dispondrán de un crédito para la formación de sus trabajadores de acuerdo con lo establecido en el Capítulo II del RD 395/2007, de 23 de marzo, por el que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo, que resultará de aplicar a la cuantía ingresada por la empresa en concepto de formación profesional durante el año 2011 el porcentaje de bonificación que, en función del tamaño de las empresas, se establece a continuación:

a) Empresas de 6 a 9 trabajadores: 100 por ciento.
b) De 10 a 49 trabajadores: 75 por ciento.
c) De 50 a 249 trabajadores: 60 por ciento.
d) De 250 o más trabajadores: 50 por ciento.

Las empresas de 1 a 5 trabajadores dispondrán de un crédito de bonificación por empresa de 420 €, en lugar de un porcentaje. Asimismo, podrán beneficiarse de un crédito de formación, en los términos establecidos en la citada normativa, las empresas que durante el año 2012 abran nuevos centros de trabajo, así como las empresas de nueva creación, cuando incorporen a su plantilla nuevos trabajadores. En estos supuestos las empresas dispondrán de un crédito de bonificaciones cuyo importe resultará de aplicar al número de trabajadores de nueva incorporación la cuantía de 65 euros.

Las empresas que durante el año 2012 concedan permisos individuales de formación a sus trabajadores dispondrán de un crédito de bonificaciones para formación adicional al crédito anual que les correspondería de conformidad con lo establecido en el párrafo primero de este apartado, por el importe que resulte de aplicar los criterios determinados por Orden del Ministerio de Empleo y Seguridad Social.

El crédito adicional asignado al conjunto de las empresas que concedan los citados permisos no podrá superar el 5 por % del crédito establecido en el presupuesto del Servicio Público de Empleo Estatal para la financiación de las bonificaciones en las cotizaciones de la Seguridad Social por formación profesional para el empleo.»

Fuente: https://www.fundaciontripartita.org

Publicado en: Crédito formación continua | Etiquetas: Cuota de Formación Profesional, Porcentajes de bonificación 2012 | Deja un Comentario |

La formación profesional para el empleo en los PGE

Publicada en 4 abril, 2012 de Consultae

La formación profesional para el empleo en los PGE

La formación profesional para el empleo en los PGE

 

En el informe económico y financiero del proyecto de presupuestos generales del estado para 2012 se indica:

 

“La principal fuente de financiación de la formación profesional para el empleo son las cuotas de formación profesional, de las cuales el 50 por ciento se destinará inicialmente a financiar la formación de demanda, la formación de oferta dirigida prioritariamente a trabajadores ocupados, acciones de apoyo y Acompañamiento a la formación, formación en las administraciones Públicas y los gastos de funcionamiento e inversión de la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo.

 

El 50 por ciento restante se destinará inicialmente a financiar las acciones formativas dirigidas prioritariamente a trabajadores desempleados y los programas públicos de empleo y formación.

 

Los créditos para Formación Profesional para el Empleo alcanzan en 2012 la cifra de 1.811,82 millones de euros, lo que supone una disminución con respecto a 2011 del 34,3 por ciento. Esta disminución tiene por causa, principalmente, la caída de los ingresos previstos por cuotas de formación profesional, que tienen su afectación por Ley a la financiación de este sistema. De estos créditos, 894,85 millones de euros se destinan a formación de ocupados, 665,52 millones de euros a formación de desempleados y 251,45 millones de euros a programas públicos de empleo y formación.

 

Las principales actuaciones a financiar con estos créditos son, por una parte, las bonificaciones en las cotizaciones a la Seguridad Social para las empresas, que además incluyen los permisos individuales de formación, para lo que se destinan 560 millones de euros y, por otra parte, los contratos programa para la formación de trabajadores y las acciones complementarias y de apoyo a la formación, para lo que se destinan de manera conjunta 303,18 millones de euros, correspondiendo el resto a gastos corrientes y de capital de la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo (31,67 millones de euros).”

 

Fuente de la noticia: https://www.lavanguardia.com/politica/20120403/54281018088/presupuestos-generales-del-estado-2012.html

 

 


Nota: La cuota de formación profesional forma parte de las cotizaciones sociales y resulta de la aplicación del 0,7 % a la Base Reguladora de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales. Se consideran las cantidades dinerarias ingresadas en el año anterior en los seguros sociales por ese concepto.

Publicado en: Crédito formación continua, Formación Profesional Continua | Etiquetas: Cuota de Formación Profesional | Deja un Comentario |
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