Declaración responsable para entidades de formación
Resumen de la Orden ESS/723/2016, de 9 de Mayo, por la que se desarrolla el modelo específico de declaración responsable:
El 9 de mayo de 2016 se publico la Orden ESS/723 (modelo de declaración responsable) que desarrolla el modelo específico de declaración responsable para su presentación por entidades de formación para la impartición de formación distinta de las especialidades previstas en el Catálogo de especialidades formativas.
Ya está disponible el modelo online para presentar la declaración responsable, cuyo formato incluye la propia orden como anexo.
Aplicación e interpretación de la orden:
«Se han generado muchas dudas de aplicación para casos particulares. Después de varios días contrastando la información publicada podemos indicar los siguientes puntos:»
¿Quién tiene que presentar la declaración responsable?
Según lo establecido en el artículo 12 de la Ley 30/2015 de 9 de septiembre, toda entidad de formación que imparta formación a empresas que encomienden la formación de sus trabajadores a una entidad organizadora (externa).
No tienen que presentar esta declaración:
Centros de formación contratados directamente por las empresas que organicen directamente la formación para sus empleados (empresas bonificadas).
Donde realizar la inscripción (art 15.2 Ley 30/2015, de 9 de septiembre):
- Se realizará en la Comunidad Autónoma en la que radiquen las instalaciones y los recursos formativos de la entidad de formación.
- Si dispone de instalaciones y recursos formativos en más de una Comunidad, entonces la inscripción se realizará en el Servicio Público de Empleo Estatal.
- Para la teleformación o mixta nos indica el artículo 2 que se inscribirá en la Comunidad Autónoma donde estén ubicados los centros de la entidad de formación donde se desarrollen las sesiones presenciales y/o pruebas de evaluación final presenciales. Si están ubicados en más de una Comunidad la inscripción se realizará en el Servicio Público de Empleo Estatal.
Cómo presentar el modelo de declaración responsable:
- Presentar la declaración ante el Servicio Público de Empleo Estatal.
- Se presentará exclusivamente por medios telemáticos.
- Mediante aplicación telemática.
- Plazo máximo: 1 mes (hasta el 15 de junio).
- Presentar la declaración ante la Comunidad Autónoma.
- En este momento no está determinado por cada Comunidad Autónoma
- Se presentará el modelo aprobado
- Mientras tanto para cumplir el requisito de presentación se realizará en la aplicación habilitada por el Servicio Público de Empleo Estatal.
- Presentar la declaración responsable de forma presencial: solo se podrá presentar hasta el 15 de junio de 2016 ante las Administraciones competentes. Y posteriormente tendrá que presentarse telemáticamente para ser válido.
Una vez inscritas las empresas se les asignará un código único y distintivo para esta actividad que se comunicará a cada entidad registrada. Al final de la inscripción se generan dos ficheros PDF uno con los datos registrados y otro con el código.
Para validar las declaraciones anteriores presentadas por los centros de formación:
Hay que presentar una nueva declaración según el nuevo modelo y se hará constar fecha y administración en la que se entregó la declaración responsable anterior. Se podrá considerar como fecha válida la inicial y presentar hasta 3 meses después (hasta el 15 de agosto).
El 15/08/16 finaliza el plazo de adecuación de la Declaración Responsable para entidades de formación (formulario online) Share on X
Periodo de validez de la declaración presentada.
- Toda empresa que imparta formación a una empresa que encomiende la formación a una entidad organizadora (externa) tendrá que presentar la declaración con anterioridad al comienzo dela formación.
- Si la declaración se presenta antes del 15 de junio, la validez de las formaciones realizadas serán desde el 24 de marzo de 2015 hasta el 15 de junio de 2016.
Encontramos las instrucciones para cumplimentar la declaración y una referencia a la Orden ESS/723/2016 de 9 de mayo, en “Documentación Formación Programada por las Empresas” en el apartado “Inscripción sin Especialidad”.
Enlace: fundaciontripartita.org
Aplicación Telemática para la inscripción de las entidades de formación:
Está en el menú de la derecha “utilidades” al final entrar en “Inscripción sin Especialidad” de la página empresas.fundaciontripartita.org.
Infracciones y sanciones
- La inexactitud o falsedad en los datos.
- Incumplimiento de requisitos, obligaciones y compromisos establecidos.
Determinará:
- No poder continuar como entidad de formación para impartir formación en formación programada por las empresas. (art 3.3 Orden ESS/723/2016 de 9 de mayo).
La no presentación de la declaración responsable por todas aquellos centros de formación que impartieron alguna formación desde marzo de 2015 a empresas en agrupación mediante entidad externa (organizadora), se considerará una infracción muy grave (art. 21.Seis “modificación 16.5” RDL 4/2015, de 22 de marzo).
📄 Notas:
- Disponibles las respuestas a las cuestiones planteadas a la Fundación Estatal en el siguiente enlace fundaciontripartita.org.
- La adecuación (Orden ESS/723/2016, de 9 de mayo, disposición adicional primera) es para los centros de formación que se registraron (hasta el 15 de junio) mediante declaración firmada ante cualquier Administración competente (en papel) y tienen hasta el 15/08 para inscribirse vía telemática.
- Las entidades organizadoras gestionan el crédito de formación de las empresas realizando labores de comunicación a de Fundae (anteriormente Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo).