Seguimiento de los curso bonificados
A finales del primer semestre del año, suelen comenzar las labores de comunicación del seguimiento de las cantidades bonificadas en los seguros sociales y del resultado de los controles Ex Post, de la formación bonificada por parte de Fundae / SEPE.
Por ello, es necesario comprobar en la aplicación lanzadera que los datos de la persona de contacto están actualizados, sobre todo su email, donde llegará la notificación electrónica.
Tipos de seguimientos de las Acciones Bonificadas:
1. Mediante el envío de un email directamente a los participantes. Desde 2015 la Fundación solicita el email del participante junto al resto de datos para su finalización en la aplicación telemática.
Al hacer clic en el enlace del email recibido aparecen los siguientes datos:
- Nombre de la acción formativa,
- Nº de expediente,
- Número de acción y grupo,
- Fecha de inicio y fin,
- Modalidad
- y Duración del curso.
Además tiene tres ítems a los que responder:
1. Si ha asistido al curso.
2. Si está satisfecho con el curso.
3. y en caso de no haber asistido indicar el motivo.
Adjuntamos una captura del modelo de formulario web:
Además de esta acción de seguimiento y control el Servicio Público de Empleo Estatal realiza otras actuaciones de comprobación a las muestras aleatorias de empresas que comunican formación a través de la aplicación:
2. Visitas de seguimiento a los grupos formativos comunicados. La inspección se persona en el lugar de impartición durante la realización del curso para verificar, recoger pruebas físicas y realizar entrevistas con los responsables, alumnos y formadores.
3. En teleformación, se requiere información y documentación, registro de accesos a la plataforma de teleformación.
4. Los seguimientos de las evaluaciones de satisfacción de los alumnos. Los órganos competentes requerirán los cuestionarios de evaluación de calidad de las acciones formativas en la empresas cumplimentados por los alumnos. Con el fin de evaluar el aprovechamiento del curso, en conformidad con lo dispuesto en los artículo 21.2 de la Ley 30/2015 y 28.2 de la Orden TAS/2307/2007.
Los cuestionarios requeridos se selecciona de manera aleatoria sobre el conjunto de grupos finalizados. Actualmente la remisión de dicha información se realiza de manera telemática utilizando un formulario online habilitado al efecto.
- En Inicio / Empresas y organizaciones / Formación programada por las empresas / Documentación hay un Manual de ayuda.
5. Requerimientos de documentación justificativa de las acciones formativas.
Por ello, se recomienda custodiar la documentación justificativa de la realización de los cursos durante al menos 4 años a partir de 2010 (de 2007 a 2009 hay que mantenerlo hasta 2020 porque estaba cofinanciado por el FSE).
6. Documentación relativa a nuevos centros de trabajo que se dan de alta en la aplicación en el año.
Las empresas que siendo objeto de seguimiento y control no cumplan los requisitos previstos verán disminuido su crédito en la cuantía comunicada. Y además estarán expuestas a posibles sanciones dispuestas en la normativa vigente.
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Estrella Herranz Mancera Directora de Consultoría de RR.HH. de Consultae: «Para cualquier duda o contratiempo que os pueda surgir en el proceso de justificación, podéis poner en contacto con nosotros y os ayudamos a gestionarlo.
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📄 Notas: