Introducción
Real Decreto-ley 4/2015, de 22 de marzo, para la reforma urgente del Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral.
El Gobierno anunció el pasado viernes la reforma de la Formación Profesional para el Empleo, tras el consejo de ministros:
Resumen de novedades:
- Lo más reseñable es que el nuevo RDL es de aplicación al día siguiente de su publicación en el BOE. Concretamente a partir del 24/03/2015 inclusive y existen importantes modificaciones de obligado cumplimiento.
- El modelo de bonificación en los seguros sociales de las empresas se mantiene, aunque con importantes novedades.
- La formación de oferta dirigida tanto a empleados como desempleados también se mantiene pero se concederá a centros por estricta concurrencia competitiva. Los agentes sociales y patronal ya no serán juez en la concesión y parte (concesionarias) de planes de oferta.
- Se mantiene el anterior R.D. 395/2007 y la normativa que lo complementa, sólo en aquellos aspectos dónde el nuevo RDL no pueda aplicarse de forma directa. Quedamos, por tanto, a expensas de la publicación de una nueva orden-reglamento (en un plazo máximo de 6 meses), que derogue en su totalidad a la normativa anterior.
- Las modalidades bonificables son presencial, elearning y mixta (b-learning). La formación a distancia, se queda fuera del sistema y no será bonificable. Esta novedad entra en vigor en Enero de 2016.
- Se crea una unidad de vigilancia para el control de acciones fraudulentas (Unidad especial de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social). Ahora la responsabilidad se extiende tanto a las empresas bonificadas, como a las organizadoras de formación e impartidoras.
- Desaparece el término Entidad Organizadora en favor del concepto de Entidad Externa.
- La formación bonificada de las empresas pasa a denominarse Formación programada por las empresas. Y está descrita en el artículo 10.
- Se mantiene el concepto de grupos de empresas, aunque con algunas modificaciones importantes de aplicación a partir del 01/01/2016.
* Fuente y enlace de descarga en el Boletín Oficial del Estado: boe.es.
Puedes ampliar ésta información en el siguiente enlace, Avanzando hacia un nuevo modelo de formación continua:
Referencias anteriores: Fuente boe.es
- DEROGA:
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- Capítulo I y la disposición transitoria del Real Decreto 1613/2010, de 7 de diciembre, por el que se crea y regula el Consejo de la representatividad de las asociaciones profesionales de trabajadores autónomos en el ámbito estatal y se establece la composición y régimen de funcionamiento y organización del Consejo del Trabajo Autónomo (Ref. BOE-A-2010-19958).
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- Disposición adicional 5 de la Ley 43/2006, de 29 de diciembre, para la mejora del crecimiento y del empleo (Ref. BOE-A-2006-22949).
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- Disposición adicional 6 y MODIFICA el art. 26 de la Ley 56/2003, de 16 de diciembre, de Empleo (Ref. BOE-A-2003-23102).
- MODIFICA Art. 21 y disposición adicional 12 de la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo (Ref. BOE-A-2007-13409).
- MODIFICA determinados preceptos del Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (Ref. BOE-A-2000-15060).
- AÑADE la disposición adicional 10 al Real Decreto 1192/2012, de 3 de agosto, por el que se regula la condición de asegurado y de beneficiario a efectos de la asistencia sanitaria en España, con cargo a fondos públicos, a través del Sistema Nacional de Salud (Ref. BOE-A-2012-10477).
- CITA Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, por el que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo. (Ref. BOE-A-2007-7573).
Cambio de denominación
La Fundación Tripartita para la Formación en el empleo, pasará a denominarse Fundación Estatal para la Formación en el Empleo.
Ya se ha aprobado la partida presupuestaria para su funcionamiento, que abarcará aún más funciones de coordinación con el Ministerio de empleo y el SEPE.
Notas: En próximas entradas comentaremos, el alcance y novedades respecto al modelo anterior, que supone ésta nueva normativa.
Para más información estamos a vuestra disposición en el 915102326 o en el correo de atención al cliente info@consultae.es.