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Archivos Mensuales: mayo 2012

A la espera de la publicación de la convocatoria del Plan Avanza 2012

Publicada en 31 mayo, 2012 de Consultor de formación

Una vez publicada el 18 de noviembre de 2011 la Orden ITC/3227/2011 (BOE 25/11/11), que establece las bases reguladoras de la concesión de ayudas para proyectos y actuaciones en el ámbito de las tecnologías de la información y las comunicaciones y la sociedad de la información en el marco de la estrategia del plan Avanza2.

 

Y su posterior modificación el 11 de Abril de 2012 por la Orden ITC/3227/2011, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas para proyectos y actuaciones en el ámbito de las tecnologías de la información y las comunicaciones y la sociedad de la información en el marco de la estrategia del Plan Avanza2.

 

Precisamente en abril «El secretario de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información (SETSI), Víctor Calvo-Sotelo, anunció que se mantendrá el Plan Avanza con una reducción del 23% aproximadamente del presupuestos y con una reorientación de las ayudas hacia las Pymes y proyectos con rápido retorno de la inversión.»

 

Fuente y resto de la noticia en atomm.es.

 

… entretanto seguimos a la espera de noticias de convocatoria por parte del el Ministerio de Industria, Energía y Turismo.

Publicado en: Ayudas & Subvenciones | Etiquetas: Plan Avanza 2012 | Deja un Comentario |

Modelos de contratos de trabajo formativos actuales

Publicada en 28 mayo, 2012 de Consultae

1.- Contratos para la Formación y el Aprendizaje (Pensado para para potenciar el empleo juvenil):

 

«2. Su objeto es la cualificación profesional de los trabajadores en un régimen de alternancia de actividad laboral retribuida en una empresa con actividad formativa recibida en el marco del sistema de formación profesional para el empleo o del sistema educativo.

 

El contrato para la formación y el aprendizaje se regirá por las siguientes reglas:

 

a) Se podrá celebrar con trabajadores mayores de 16 y menores de 25 años que carezcan de la cualificación profesional reconocida por el sistema de formación profesional para el empleo o del sistema educativo requerida para concertar un contrato en prácticas.

 

El límite máximo de edad no será de aplicación cuando el contrato se concierte con personas con discapacidad.

 

b) La duración mínima del contrato será de un año y la máxima de tres. No obstante, mediante convenio colectivo podrán establecerse distintas duraciones del contrato, en función de las necesidades organizativas o productivas de las empresas, sin que la duración mínima pueda ser inferior a seis meses ni la máxima superior a 3 años.

 

Las situaciones de incapacidad temporal, riesgo durante el embarazo, maternidad, adopción o acogimiento, riesgo durante la lactancia y paternidad interrumpirán el cómputo de la duración del contrato.

 

c) Expirada la duración del contrato para la formación y el aprendizaje, el trabajador no podrá ser contratado bajo esta modalidad por la misma o distinta empresa para la misma actividad laboral u ocupación objeto de la cualificación profesional asociada al contrato, pero sí para una distinta.

 

No se podrán celebrar contratos para la formación y el aprendizaje cuando el puesto de trabajo correspondiente al contrato haya sido desempeñado con anterioridad por el trabajador en la misma empresa por tiempo superior a doce meses.

 

d) El trabajador deberá recibir la formación inherente al contrato para la formación y el aprendizaje directamente en un centro formativo de la red a que se refiere la disposición adicional quinta de la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, previamente reconocido para ello por el Sistema Nacional de Empleo.

 

No obstante, también podrá recibir dicha formación en la propia empresa cuando la misma dispusiera de las instalaciones y el personal adecuados a los efectos de la acreditación de la competencia o cualificación profesional a que se refiere el apartado e), sin perjuicio de la necesidad, en su caso, de la realización de periodos de formación complementarios en los centros de la red mencionada.

 

La actividad laboral desempeñada por el trabajador en la empresa deberá estar relacionada con las actividades formativas.

 

Reglamentariamente se desarrollará el sistema de impartición y las características de la formación de los trabajadores en los centros formativos y en las empresas, así como su reconocimiento, en un régimen de alternancia con el trabajo efectivo para favorecer una mayor relación entre éste y la formación y el aprendizaje del trabajador.

 

Las actividades formativas podrán incluir formación complementaria no referida al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales para adaptarse tanto a las necesidades de los trabajadores como de las empresas. Asimismo serán objeto de desarrollo reglamentario los aspectos relacionados con la financiación de la actividad formativa.

 

e) La cualificación o competencia profesional adquirida a través del contrato para la formación y el aprendizaje será objeto de acreditación en los términos previstos en la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, y en su normativa de desarrollo.

 

Conforme a lo establecido en dicha regulación, el trabajador podrá solicitar de la Administración pública competente la expedición del correspondiente certificado de profesionalidad, título de formación profesional o, en su caso, acreditación parcial acumulable.

 

f) El tiempo de trabajo efectivo, que habrá de ser compatible con el tiempo dedicado a las actividades formativas, no podrá ser superior al 75 por ciento, durante el primer año, o al 85 por ciento, durante el segundo y tercer año, de la jornada máxima prevista en el convenio colectivo o, en su defecto, a la jornada máxima legal.

 

Los trabajadores no podrán realizar horas extraordinarias, salvo en el supuesto previsto en el artículo 35.3. Tampoco podrán realizar trabajos nocturnos ni trabajo a turnos.

 

g) La retribución del trabajador contratado para la formación y el aprendizaje se fijará en proporción al tiempo de trabajo efectivo, de acuerdo con lo establecido en convenio colectivo.

 

En ningún caso, la retribución podrá ser inferior al salario mínimo interprofesional en proporción al tiempo de trabajo efectivo.

 

h) La acción protectora de la Seguridad Social del trabajador contratado para la formación y el aprendizaje comprenderá todas las contingencias, situaciones protegibles y prestaciones, incluido el desempleo. Asimismo, se tendrá derecho a la cobertura del Fondo de Garantía Salarial.

 

i) En el supuesto de que el trabajador continuase en la empresa al término del contrato se estará a lo establecido en el apartado 1, párrafo f), de este artículo.»

 

 

Fuente: RD-ley 3/2012 de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral.

 

 

2.- Contratos en Prácticas

 

  • Regulados por el Artículo 11 del Estatuto de los Trabajadores, modificado por la Ley 35/2010, de 17 de septiembre (B.O.E. del 18 de septiembre) y por el RD 63/2006, de 27 de enero (BOE de 3 de febrero).

 

  • Dirigidos a Titulados Universitarios y de FP (Ver información completa en la página web del SEPE).

 

  • Presenta como ventaja una bonificación de 500 euros al año durante tres años (en el caso de mujeres, dicha bonificación será de 700 euros al año).

 

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Seguimiento y control de la ejecución de acciones formativas bonificadas

Publicada en 24 mayo, 2012 de MC Jiménez

Seguimiento y Control de la Ejecución Acciones Formativas Bonificadas

Seguimiento y Control de la Ejecución Acciones Formativas Bonificadas

 

El Servicio Público de empleo Estatal (SEPE) y la FTFE han comenzado las Acciones de Seguimiento y Control de la Ejecución Acciones Formativas Bonificadas en 2010.

 

Novedad! La documentación solicitada es más amplia que años anteriores:

 

  • 1. Certificado de la AEAT estar sujeto o no a la imputación de IVA.

 

  • 2. Facturas justificativas de los costes y extractos bancarios de los pagos.

 

  • 3. Convenio de agrupación y compromiso de adhesión con Entidad Organizadora.

 

  • 4. Justificantes de las anotaciones contables debidamente registradas en base al Código del Comercio.
    • Apuntes en el libro diario registrando los importes imputados. Este año no se hace referencia al mayor de la subcuenta de formación.

 

  • 5. Certificado de no haber recibido ninguna otra ayuda concurrente.

 

  • 6. Documentación del curso y soportes justificativos: Copia de diplomas, justificantes de entrega, partes de firmas, controles de aprendizaje, guías didácticas (distancia o teleformación).

 

  • 7. Acuse del comunicado a la RLT (Representación Legal de los Trabajadores).

 

 

Hay que presentarlo en 10 días hábiles a partir del día siguiente de la recepción de la carta certificada de la FTFE. (Actual Fundae)

 

 

* En caso de necesitar apoyo ante una inspección disponemos del Servicio de Auditoría y acompañamiento ante la F.T.F.E.

 

 

 


Nota: En esta web podrás encontrar artículos más actuales sobre este tema.

 

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El Gobierno subvenciona con 31,6 millones a la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo

Publicada en 21 mayo, 2012 de MC Jiménez

Noticias relacionadas con Formación bonificada Fundación Tripartita:

 

El Consejo de Ministros ha autorizado al Servicio Público de Empleo Estatal a conceder a la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo una subvención pública por importe de 31,6 millones de euros para la financiación de sus gastos de funcionamiento e inversión

 

Fuente: eleconomista.es

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Nuevo portal de subvenciones a I+D del Programa marco Europeo

Publicada en 17 mayo, 2012 de Consultae

Está próxima la publicación de los Programas de Trabajo para 2013 de FP7 que detallen los TOPICs y las convocatorias previstas para la última anualidad de FP7 de la Comisión Europea.

 

ECONET ha publicado: «Se espera que durante el próximo mes de junio se publiquen en torno a 50 nuevas convocatorias que repartirán en torno a 6.000 millones de euros dedicados a la I+D+i europea.

 

Estás serán las últimas convocatorias de FP7, para dejar paso al denominado Programa Horizonte 2020, que en el periodo 2014-2020 pondrá al alcance de compañías e instituciones más de 80.000 millones de euros para investigación, desarrollo tecnológico e innovación. www.2020horizon.es recopila, en castellano e inglés, toda las ayudas del Programa Marco de I+D de la Comisión Europea, el Séptimo en su edición actual, conocido como FP7 por sus siglas en inglés, y que prevé facilitar la transición hacía el nuevo Programa Marco de I+D+i Horizon 2020 ya anunciado por la Comisión Europea el pasado 30 de noviembre.

 

El nuevo portal indexa por primera vez en castellano la información de la Comisión Europea en torno a 525 TOPICs. Se trata del primer portal en castellano que pone a disposición de empresas, Centros de I+D y todo tipo de entidades, toda la información sobre Ayudas de FP7.

 

Además, se podrá acceder a la información sobre 88.276 proyectos subvencionados agrupados en 525 prioridades temáticas conocidas como TOPICs. Estos fondos son un pilar básico ante la actual coyuntura de recorte presupuestario de la administración española, que ha alcanzado el 24% en lo referido a Investigación y Desarrollo.

 

www.2020horizon.es facilita el diseño de proyectos de I+D colaborativos gracias a la posibilidad de identificar fácilmente Programas y TOPICs, potenciales Socios, y antecedentes de Proyectos aprobados en convocatorias anteriores.

 

Además, ofrece la novedosa posibilidad de acceder a servicios de asesoramiento, sin compromiso, en el marco de FP7, mediante dos vías: on-line remitiendo un breve cuestionario a los expertos de econet u off-line utilizando un teléfono especialmente habilitado al efecto y que es atendido por técnicos especialmente seleccionados específicamente para esta tarea.»

 

Fuente: econet-consultants.com

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¿No estaba el futuro del empleo en la formación?

Publicada en 16 mayo, 2012 de MC Jiménez

Así de contundente se muestra el titular de este completo análisis que realiza Carmen Sánchez-Silva de El País. 

 

En el citado artículo se resume que «empresas y entes públicos rebajan las inversiones para el reciclaje continuo de sus plantillas. La crisis castiga una partida que se juzga vital para un cambio de modelo productivo que ayude al crecimiento.»

 

Resulta contradictorio como «el 72% de los responsables de las 500 compañías consultadas por Accenture considera necesario elevar el presupuesto para la formación de sus empleados para ganar competitividad, pero el 86% de los mismos ha hecho justamente lo contrario de lo que propugna, recortando esta partida debido a la crisis.

 

En referencia a la formación continua de demanda en el artículo se cita que «Al menos las grandes y medianas compañías españolas, recurren a las ayudas públicas y destinan fondos a cualificar o actualizar permanente a su personal.»

 

Para el gobierno la formación de demanda es el modelo a seguir en la gestión de la formación continua por ser la más adaptada al mercado, la más eficiente y más productiva:

 

«Es la única partida que crece de los presupuestos dedicados a formación por parte del Gobierno. Para 2012, contarán con 560 millones de euros de los Presupuestos Generales del Estado, un 8% más que en 2011.» Fuente: sociedad.elpais.com.

 

 


Notas:

  • La formación es la clave para el futuro de cualquier empresa/trabajador proporcionando flexibilidad y capacidad de reacción.
  • Con el sistema actual de bonificaciones, al aumentar el desempleo disminuye la cotización por formación profesional.
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Convocatoria de formación de oferta del País Vasco

Publicada en 11 mayo, 2012 de Consultae

“El Boletín Oficial del País Vasco n. 89, de 8 de mayo de 2012, la convocatoria para la concesión de ayudas económicas a la formación para el empleo de oferta dirigida prioritariamente a personas trabajadoras ocupadas de la Comunidad Autónoma del País Vasco»

 

Fuente:   fundaciontripartita.org

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El Gobierno dará hasta 6.000 euros de bonificaciones a las empresas que contraten a víctimas del terrorismo

Publicada en 10 mayo, 2012 de Consultae

El Gobierno bonificará con hasta 6.000 euros a las empresas que contraten a víctimas del terrorismo según la reforma laboral pendiente de aprobar en el Congreso.

 

Además, los damnificados y amenazados tendrán derecho a la movilidad geográfica y reducción de jornada.

 

Fuente: europapress.es

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Gestión de bonificaciones para centros de formación y autónomos

Publicada en 9 mayo, 2012 de Consultae

Formación online

Externaliza la Gestión de Bonificaciones de Formación

 

Consultae ofrece un servicio para externalizar la gestión de bonificaciones por formación profesional continua para centros de formación (cursos bonificados).

 

En Consultae, somos especialistas en la gestión externa de bonificaciones por formación profesional continua para centros de formación y autónomos del sector.

 

Sabemos que administrar los complejos procesos de ayudas y subvenciones puede ser un desafío. Por eso, te ofrecemos un servicio integral que te permite externalizar esta tarea, liberándote para que te centres en lo que mejor sabes hacer: impartir formación de calidad.

 

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Publicado en: Crédito formación continua | Etiquetas: Cursos bonificados, Entidad organizadora de centros de formación, forcem, Servicio de gestión de las bonificaciones por formación continua | Deja un Comentario |

El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio abrirá una convocatoria de ayudas al I+D+i

Publicada en 9 mayo, 2012 de Consultae

 

El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio suele sacar convocatorias de ayudas al I+D+i, que movilizará fondos, distribuidos en en subvenciones y créditos.

 

Para encontrar la convocatoria específica, te sugiero buscar en los siguientes sitios web oficiales del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio (o su denominación actual, si ha cambiado):

 

  • Sitio web del Ministerio: Busca la sección de ayudas, subvenciones o convocatorias.

 

  • Boletín Oficial del Estado (BOE): La convocatoria se publicará oficialmente en el BOE. Puedes realizar búsquedas por fecha o por el ministerio emisor.

 

También puedes utilizar buscadores como Google con las siguientes palabras clave:

 

  • «Convocatoria ayudas I+D+i Ministerio Industria Turismo Comercio»

 

  • «Subvenciones I+D+i Ministerio Industria»

 

  • «Créditos I+D+i Ministerio Industria»

 

  • «BOE convocatoria ayudas I+D+i»

 

 

Ten en cuenta que la convocatoria podría tardar en publicarse después del anuncio. Te recomiendo revisar periódicamente las fuentes mencionadas.

 

Publicado en: Ayudas & Subvenciones, Líneas de financiación | Etiquetas: Ayudas y Subvenciones | Deja un Comentario |
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