Claves de la formación bonificada
Los cursos deben cubrir necesidades reales de capacitación. Aconsejamos no dejarse llevar por reclamos publicitarios como “Cursos gratuitos” o “100% bonificados” ya que no son exactos.
Podemos afirmar que la empresa primero paga en concepto de formación de sus trabajadores y luego puede obtener una devolución en función de unos requisitos establecidos en la normativa correspondiente y siempre y cuando cumpla con lo dispuesto en el Real Decreto 395/2007 y la orden TAS/2307/2007.
La bonificación procede de las cotizaciones en concepto de formación profesional del año anterior.
La Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo ofrece soporte técnico en los teléfonos 902 183 183 (Atención al cliente) y en el 902 118 503 (Asistencia técnica de la aplicación telemática).
Este artículo toca aspectos claves dentro de la formación bonificada, como que los cursos deben cubrir necesidades reales de capacitación y aconseja no dejarse llevar por reclamos publicitarios como «Cursos gratuitos» ya que no lo son… pymesyautonomos.com.