La formación como derecho individual de los trabajadores
Dentro de las iniciativas de formación profesional continua, que se recogen en la normativa vigente, se encuentran los planes PIF.
Los planes PIF suponen una ayuda económica a las empresas con trabajadores que dejan de asistir unas horas al trabajo para formarse. En cierto modo, se compensa «el lucro cesante» con una deducción en los en los seguros sociales.
En líneas generales, las empresas pueden bonificarse el coste salarial de las horas donde se ausenten los trabajadores con un límite de 200 horas laborables por año natural o curso lectivo.
No obstante hay que cumplir una serie de formalismos, y los trabajadores deberán comunicar por escrito a la empresa su decisión de formarse. Al pie del artículo incluimos un enlace al documento oficial en PDF, que debe de informar de los datos del curso …
«Permiso Individual de Formación de……. horas laborables durante el curso académico……./….., de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, y en la presente orden, para la realización de la acción formativa ……………………………………………………………………………… a desarrollar en el Centro de Formación ……………………………………………………………………………….. desde el día …./……/…… hasta el día …. /…../ …… Las horas del Permiso se distribuirán según el siguiente calendario: ……………………………»
Entradas relacionadas:
Aprobación de planes de formación por la Representación Legal de los trabajadores (RLT)
Formación que no cumple los requisitos de los PIF
¿Qué es un PIF en formación bonificada?
Ojo ! los créditos PIF se agotan …
Documentos relacionados:
- Permisos individuales de formación (PIF). Documento informativo.
¿Cómo solicitar tiempo a tu empresa para formarte? Share on X