Cofinanciación privada en bonificaciones por formación
«Es la diferencia entre costes totales de formación y el coste máximo bonificable antes de la incorporación del resultado de las gestiones técnicas.»
Todas las empresas tienen que cumplir un porcentaje de cofinanciación como requisito. Este puede justificarse por el coste hora de los trabajadores que se forman dentro del horario laboral.
La inversión en formación, cuando es bonificada, puede suplirse totalmente con el crédito de formación o no. (Recomendamos revisar el concepto de esfuerzo inversor en formación bonificada).
Esfuerzo inversor de la empresa
Dependiendo del tamaño de la empresa, se indica un porcentaje de bonificación. Del cual se deduce que a partir de 6 trabajadores las empresas tendrán que realizar una cofinanciación privada para financiar las AA.FF.
- De 6 a 9 trabajadores: 5%
- de 10 a 49 trabajadores: 10%
- de 50 a 249 trabajadores: 20%
- y más de 250 trabajadores: 40%
La cofinanciación o aportación privada en formación bonificada es la diferencia entre el gasto que realiza la empresa y el importe que realmente se bonifica.
Entendiendo por gastos todos aquellos costes de formación (directos), coordinación (asociados) y salariales (coste salarial de los participantes en las formaciones bonificadas).
Los porcentajes mínimos que se exigen para el cálculo de la cofinanciación privada, se realiza sobre los costes totales de formación.
El cálculo se realiza de la siguiente manera:
Cofinanciación = (coste total admitido de la formación – bonificación aplicada) + coste salarial de los trabajadores formados en jornada laboral.
El cumplimiento de la aportación privada se comprueba al final de toda la bonificación, no es necesario que se vaya comprobando por curso ni justificando por curso.
Si se cierra un plan de formación sin llegar a los porcentajes exigidos por FUNDAE, ésta nos exigirá en un futuro la devolución del importe proporcional a la bonificación aplicada.
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Puedes llamarnos al 91.51.23.26 si necesitas ayuda con estos cálculos. Y te indicaremos los pasos necesarios para conocer el crédito de formación del que dispone tu empresa para este año.
Puedes ampliar esta información en el siguiente enlace:
La cofinanciación se calcula sobre el coste total de la formación bonificada. Por ejemplo, si una empresa de 49 trabajadores realiza un curso de formación de 1.000 euros, la cofinanciación será de 100 euros (10% de 1.000 euros).
La cofinanciación se puede realizar / justificar de dos formas:
- Mediante los costes directos de la formación realizada.
- O indirectos: Costes del personal interno implicado, lucro cesante, …
Es importante tener en cuenta que la cofinanciación es un requisito obligatorio para poder bonificar la formación. Si la empresa no realiza la cofinanciación, no podrá bonificar la formación y deberá asumir el coste total de la misma (devolución de importes deducidos).
- En este enlace puedes ampliar esta información: cofinanciación de la formación programada por las empresas. Se han publicado las respuestas a las preguntas formuladas sobre cofinanciación privada en la formación programada por las empresas fundae.es.
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Responsable del servicio: consultoría de formación bonificada
«Quedo a vuestra disposición, para ayudar en cualquier cuestión que surja sobre cuestiones de bonificaciones por formación continua. Este es mi email e.herranz@consultae.es y tfno. 91.510.23.26.»
Gracias, no entendía bien ese requisito.