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Archivo de la categoría: Bonificación Formación Continua

Cuestiones relacionadas con la gestión de las bonificaciones por formación continua en las empresas. (Actualmente formación programada por las empresas.)

Utilidad cargas masivas bonificaciones formación continua

Publicada en 20 marzo, 2017 de Consultor de formación

 

disminuye_carga_de_trabajo_formacion

Aplicativo cargas masivas XML para cursos bonificados

 

Softmetry es un aplicativo que permite simplificar la carga masiva de datos en la plataforma de la F.T.F.E. generando ficheros en formato XML a partir de los datos disponibles en tu empresa (.txt, Ms Excel, y todo tipo de bases de datos y aplicativos…).

 

Posibilita las cargas masivas de AA.FF., inicio de grupos formativos, participantes y finalización de grupos.

 

Genera grandes ventajas a un precio muy asequible:

  • Ahorra tiempo de trabajo y esperas no deseadas.
  • Evita errores de integridad y coherencia de la información comunicada.
  • Idónea para AA.FF. como varios grupos o varios participantes.

 

Totalmente actualizada, incluye las últimas modificaciones, ya que en cada ejercicio la Fundae suele incluir modificaciones y novedaeds, por ejemplo en 2013 incluyó los siguientes campos:

  • Afectados por terrorismo
  • Afectados por violencia de género
  • Se han eliminado el campo Área funcional y Otras titulaciones

 

Las especificaciones técnicas de los Formatos de XML de la F.T.F.E. las puedes encontrar en  la web de Fundae, aplicación de acceso.

 

cargas masivas fundae

La carga de datos se realiza subiendo los ficheros XML generados a la aplicación de la F.T.F.E. correspondiente al ejercicio.

 

  • Fichero de Acciones Formativas. Facilita la carga masiva de todos los datos de acciones formativas contrastando datos para evitar errores.

 

  • Fichero de Inicio de Grupos Formativos. Posibilita el volcado masivo de los datos necesarios para la comunicación de inicio de grupos formativos.

 

  • Fichero de Finalización de Grupos Formativos. Facilita el volcado de datos para la comunicación de finalización de grupos. Cuantos más participantes y nº de grupos mayor ahorro de tiempo.

 

  • Fichero de Participantes. Proporciona la incorporación de datos a través del NIF. Tecleando el  NIF del participante la aplicación telemática de la FTFE recupera los datos incluidos en el fichero XML sin tener que escribirlos a mano.

 

 

menu cargas masivas xml

La aplicación online de la F.Tripartita comprobará la estructura del archivo contra el esquema correspondiente. Si el archivo pasa la validación se mostrará un mensaje indicándolo, sino mostrará el error o errores encontrados.

 

Para comprobar el estado de la carga en el menú Datos XML accedemos a la opción Estado.

 

* Si estás interesado/a en adquirir está aplicación o recibir información más detallada sobre cargas masivas puedes indicárnoslo en https://consultae.es/contacto/

 

 

 

 


Notas: Gracias por leernos, en este blog podrás encontrar numerosa información sobre cómo gestionar planes de formación bonificados, esperamos que te resulten de interés y de ayuda.

 

Publicado en: Cargas masivas XML, Software para formación | 1 Comentario |

Acreditación de centros formación bonificada

Publicada en 27 septiembre, 2016 de Consultae

 

Acreditación e inscripción de centros de formación

Acreditación e inscripción de centros (formación presencial)

 

Los centros y entidades de formación, relacionados en el artículo 9.1 del Real Decreto 395/2007 de 23 de marzo, que deseen impartir en modalidad presencial y en el ámbito de gestión del SEPE, o las distintas iniciativas de formación integradas en el subsistema de formación profesional para el empleo, podrán solicitar la inscripción como centro o entidad de formación acreditada para las especialidades formativas que vaya a impartir el mismo.

 

Capacitaciones empresas

Los centros y entidades de formación, relacionados en el artículo 9.1 del Real Decreto 395/2007 de 23 de marzo, que deseen impartir en modalidad presencial y en el ámbito de gestión del SEPE, o las distintas iniciativas de formación integradas en el subsistema de formación profesional para el empleo, podrán solicitar la inscripción como centro o entidad de formación acreditada para las especialidades formativas que vaya a impartir el mismo.

 

Esta acreditación es un paso fundamental para garantizar la calidad y la adecuación de la formación profesional, asegurando que los centros cumplen con los requisitos de instalaciones, equipamiento, y personal docente cualificado, así como con la metodología y los contenidos formativos exigidos para cada especialidad.

 

A través de este proceso, Fundae, en coordinación con el SEPE, promueve la transparencia y la confianza en el sistema de formación para el empleo, beneficiando tanto a los trabajadores que buscan mejorar sus competencias como a las empresas que necesitan personal cualificado.

 

Acreditación e Inscripción en Teleformación

 

Este es el punto de acceso para que las entidades de formación realicen, de forma electrónica, estos trámites:

 

La solicitud de acreditación para impartir, en la modalidad de teleformación, formación de certificados de profesionalidad incluida en el Catálogo de Especialidades formativas de formación profesional para el empleo del ámbito laboral.

 

La declaración responsable de inscripción para impartir, en la modalidad de teleformación, formación no dirigida a la obtención de certificados de profesionalidad contenida en el Catálogo de Especialidades formativas de formación profesional para el empleo del ámbito laboral.

 

La solicitud o la comunicación de modificación de la acreditación o de la inscripción que, para la modalidad de teleformación, se ha obtenido. Más información en sede.sepe.gob.es.

 

 

¿Necesitas apoyo para coordinar la formación programada en tu empresa o centro de formación?

 

Solicita más información en:

 

  • Email de información general: info@consultae.es
  • En el teléfono de centralita 91 510 23 26.
  • Si lo desea puede visitarnos personalmente en nuestras instalaciones de c/ Clara del Rey nº 828002 de Madrid o enviar su solicitud por correo.

 

 

En el barrio de Prosperidad, zona Avenida de América, muy próximo a la salida impar del metro Cartagena y del Hotel Silken Avenida de América (parking público).

 

 

Nuestro horario de oficina es:

 

  • De 9:00 a 18:00 h. de lunes a jueves y viernes de 9:00 a 15:00 h. Y en horario de verano de 9:00 h a 15:00 h.

 

  • Desde el extranjero a España marcar 00, después 34, y a continuación 91 510.23.26.

 

Directora de consultoría de formación bonificada

Estaremos encantados de atenderle tanto online como presencialmente:


 

Publicado en: Bonificación Formación Continua | Deja un Comentario |

Seguimiento de acciones formativas en las empresas

Publicada en 6 mayo, 2016 de Consultae

Seguimiento de acciones formativas en las empresas

 

Seguimiento y justificación del crédito: Comienzan las primeras actuaciones de seguimiento en las Iniciativas de Formación Programada por las empresas 2016.

 

Son actuaciones de seguimiento para la modalidad presencial, el procedimiento es el mismo que en años anteriores, se presenta personal del SEPE en las instalaciones que se está impartiendo la formación, en el horario de formación y comprueba que se está impartiendo la formación según se ha comunicado.

 

Una vez terminada la visita, la inspección deja en las instalaciones una copia de la hoja de actuación donde se solicita enviar la documentación del curso en 10 días hábiles a la dirección/email que se indica.

 

 

Entradas relacionadas.

 

  • Consultar los tipos de requerimientos.

 

 

 


📄 Notas: En este enlace puedes ampliar información sobre las actuaciones de seguimiento de las acciones formativas bonificadas: fundae.es.

 

Publicado en: Bonificación Formación Continua, Crédito formación continua | Etiquetas: fundae tramites | Deja un Comentario |

Bonificación de la Formación Programada por las Empresas

Publicada en 5 febrero, 2016 de Consultae

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Introducción a la Formación Programada:

 

Todas las empresas de España que coticen por la contingencia de Formación Profesional tienen derecho a una deducción en el importe de los seguros sociales (Crédito de formación). Solo se necesita que las empresas tengan en plantilla al menos un trabajador que cotice por formación profesional.

 

Cada empresa dispondrá de un límite de este crédito calculado en base a sus características, cotizaciones y costes incurridos.

 

El crédito de formación se calcula en función de las cotizaciones por formación profesional del año anterior.

 

La duración mínima de las acciones formativas es de 2 horas y además su temática ha de estar relacionada con su actividad productiva. Sólo son bonificables las modalidades presencial y teleformación o una combinación de éstas (mixta o b-learning).

 

  • La formación a distancia es la única que ya no es bonificable.

 

Cada empresa puede organizar grupos de trabajadores para formar in company o en las aulas de un proveedor o escuela de formación. Las fechas son a su elección.

 

La formación también puede ser individual, incluso en el caso de que dicha formación forme parte de planes oficiales de estudio puede bonificarse a través de una línea complementaria al crédito denominada PIF que financia el coste de la falta de asistencia en el horario laboral.

 

En esta entrada se explica en detalle en qué consiste esta línea de financiación de la formación profesional continua: ¿Qué es un PIF?

 

Para que una AA.FF. sea deducible de los seguros sociales se han de cumplir ciertos requisitos. La charlas, seminarios, congresos, y demás eventos informativos no se consideran formación.

 

 

La formación continua permite capacitar a los profesionales para que sumen en el crecimiento de las empresas. Compartir en X

 

 

Gestión de las bonificaciones por formación.

 

En España cerca de 500.000 empresas aplican deducciones por formación en sus seguros sociales. Esta cuantía crece anualmente fomentando una cultura de la formación profesional continua en España.

 

Esta gestión puede realizarse internamente por las empresas, con recursos propios o contratarse con una entidad externa (subcontratación o externalización). Es muy importante conocer que este coste de gestión externo también puede incluirse dentro de el importe deducible.

 

 

La formación continua bonificada permite cofinanciar los planes de formación de las empresas españolas. Compartir en X

 

 

«Dicho de una manera sencilla, las bonificaciones por formación continua son una deducción que se aplican las empresas en sus pagos a la Seguridad Social por los gastos de los cursos realizados por sus trabajadores.»

 

Pero para ello, hay que ajustarse a unos requisitos establecidos en la normativa vigente.

 

 

Entradas relacionadas con Formación Programada por las Empresas:

Para seguir conociendo en qué consisten estas ayudas a la financiación de la formación en las empresas:

 

  • Infracciones consideradas muy graves en la bonificación de la formación programada por las empresas. Conviene repasar los siguientes puntos para asegurarnos que nuestros procesos se adecuan y no incumplan ninguno de los puntos exigidos por la normativa vigente: Según el artículo 16 de la Ley 30/2015 se consideran infracciones muy graves el incumplimiento por parte de cualquiera de los agentes; tanto empresarios, entidades de formación o aquellas que asuman la organización (seguir leyendo…).

 

  • Difusión de la formación programada por las empresas. La Fundación Estatal para la Formación en el Empleo está organizando a través de su web fundacióntripartita.org una serie de en encuentros para la difusión del nuevo modelo de formación programada por las empresas (anteriormente bonificaciones por formación continua de la FTFE). Los encuentros “Los expertos responden” tienen por objeto resolver diversas cuestiones relacionadas con la gestión (seguir leyendo…).

 

  • Formación Programada por las Empresas (FAQs). La F.T.F.E. ha publicado recientemente un PDF informativo sobre las preguntas frecuentes generadas por el REAL DECRETO-Ley 4/2015 que regula la nueva Formación Programada por las Empresas. FAQs: Financiación. Empresas y Colectivos. Organización de la Formación. Acreditación/Inscripción Entidades de Formación. Modalidades de formación/Duración. Comunicaciones en la aplicación /Costes. Régimen Sancionador. Acceso al PDF en la web (seguir leyendo…).

 

  • Colectivos que cotizan por formación profesional. Se añaden nuevas posibilidades de incorporar colectivos, como los trabajadores del mar y o los autónomos que decidan cotizar por esta contingencia (en desarrollo). Ley 30/2015 «De la misma manera, y al objeto de garantizar la universalidad y sostenimiento del sistema, éste se podrá financiar con cuantas cotizaciones por formación profesional pudieran establecerse a otros colectivos beneficiarios en la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada ejercicio.» (seguir leyendo).

 

 


📄 Notas: Datos estadísticos publicados por la Fundación Estatal sobre participación en el sistema de bonificaciones por formación profesional continua.

 

En 2015 aproximadamente 3,5 millones de participantes en acciones formativas se bonificaron a través de la formación programada por las empresas. Pertenecientes a 440.000 empresas que participaron en el programa.

 

Han participado el 23% de las microempresas de 1 a 9 trabajadores. Y el 59% de las Pymes de 10 a 249 trabajadores. El 92% de las grandes empresas de más de 250 trabajadores. En total el 27% de las empresas han participado en la bonificación de formación programada por las empresas.

Publicado en: Bonificación Formación Continua | Etiquetas: Acciones formativas bonificadas, Externalización de procesos formativos, Formación subvencionada | Deja un Comentario |

Acreditación de Entidades de Formación para organizar formación programada

Publicada en 9 abril, 2015 de Consultae

Acreditación de Entidades de Formación

 

A falta del desarrollo complementario de la nueva normativa de formación bonificada regulada por el R.D. 4/2015, son muchas las dudas generadas en el sector de la formación y en general las empresas bonificadas.

 

En la web de la Fundación Tripartita, fundaciontripartita.org, se ha publicado recientemente una sección de preguntas y respuestas sobre el requisito de inscripción de las entidades de formación a partir del 24 de marzo de 2015.

 

  • Modelo oficial para el registro de las entidades de formación. Publicado en el BOE el modelo oficial de inscripción de los centros de formación y sus especialidades.

 

  • Inscripción entidades de formación mediante declaración responsable (inscripción sin especialidad). Formación programada por las empresas para sus trabajadores en fundaciontripartita.org.

 

Acreditación de Entidades de Formación para organizar formación programada

 

Respuestas relacionadas que ofrece la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo:

 

  • Obligación de inscripción.

 

  • Proceso de acreditación o inscripción en el registro de entidades de formación.

 

  • ¿Dónde se ha de presentar la acreditación o inscripción de entidades de formación?

 

  • Obligaciones tienen las entidades que impartan formación.

 

 

La web oficial del registro de entidades de formación del SEPE indica «Los centros y entidades de formación, relacionados en el artículo 9.1 del Real Decreto 395/2007 de 23 de marzo, que deseen impartir en modalidad presencial y en el ámbito de gestión del Servicio Público de Empleo Estatal, las distintas iniciativas de formación integradas en el subsistema de formación profesional para el empleo, podrán solicitar al Servicio Público de Empleo Estatal la inscripción la acreditación del centro o entidad de formación para las especialidades formativas que vaya a impartir el mismo, ateniéndose a este procedimiento.»

 

 

Puedes ampliar esta información en Acreditación e inscripción de centros (formación presencial) de la web sepe.es.

 


Notas:

  • Se ha habilitado un registro electrónico donde poder presentar las acreditaciones de los centros de formación junto a sus especialidades. La anterior declaración libre se podrá adjuntar en el formulario telemático para hacer constar la fecha de registro inicial.
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Publicado en el BOE el nuevo RD que regula la Formación Profesional para el Empleo

Publicada en 23 marzo, 2015 de Consultae

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Introducción

Real Decreto-ley 4/2015, de 22 de marzo, para la reforma urgente del Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral.

 

El Gobierno anunció el pasado viernes la reforma de la Formación Profesional para el Empleo, tras el consejo de ministros:

 

Resumen de novedades:

  • Lo más reseñable es que el nuevo RDL es de aplicación al día siguiente de su publicación en el BOE. Concretamente a partir del 24/03/2015 inclusive y existen importantes modificaciones de obligado cumplimiento.

 

  • El modelo de bonificación en los seguros sociales de las empresas se mantiene, aunque con importantes novedades.

 

  • La formación de oferta dirigida tanto a empleados como desempleados también se mantiene pero se concederá a centros por estricta concurrencia competitiva. Los agentes sociales y patronal ya no serán juez en la concesión y parte (concesionarias) de planes de oferta.

 

  • Se mantiene el anterior R.D. 395/2007 y la normativa que lo complementa, sólo en aquellos aspectos dónde el nuevo RDL no pueda aplicarse de forma directa. Quedamos, por tanto, a expensas de la publicación de una nueva orden-reglamento (en un plazo máximo de 6 meses), que derogue en su totalidad a la normativa anterior.

 

  • Las modalidades bonificables son presencial, elearning y mixta (b-learning). La formación a distancia, se queda fuera del sistema y no será bonificable. Esta novedad entra en vigor en Enero de 2016.

 

  • Se crea una unidad de vigilancia para el control de acciones fraudulentas (Unidad especial de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social). Ahora la responsabilidad se extiende tanto a las empresas bonificadas, como a las organizadoras de formación e impartidoras.

 

  • Desaparece el término Entidad Organizadora en favor del concepto de Entidad Externa.

 

  • La formación bonificada de las empresas pasa a denominarse Formación programada por las empresas. Y está descrita en el artículo 10.

 

  • Se mantiene el concepto de grupos de empresas, aunque con algunas modificaciones importantes de aplicación a partir del 01/01/2016.

 

 

* Fuente y enlace de descarga en el Boletín Oficial del Estado: boe.es.

 

 

Puedes ampliar ésta información en el siguiente enlace, Avanzando hacia un nuevo modelo de formación continua:

 

  • Reforma del sistema de formación continua.

 

  • Fuentes de información y noticias.

 

  • Punto de vista de la Patronal.

 

  • Punto de vista de Sindicatos.

 

  • Punto de vista de Gobierno y Administración Pública.

 

  • Novedades y últimas noticias.

 

 

Referencias anteriores: Fuente boe.es

  • DEROGA:
    • Capítulo I y la disposición transitoria del Real Decreto 1613/2010, de 7 de diciembre, por el que se crea y regula el Consejo de la representatividad de las asociaciones profesionales de trabajadores autónomos en el ámbito estatal y se establece la composición y régimen de funcionamiento y organización del Consejo del Trabajo Autónomo (Ref. BOE-A-2010-19958).
    • Disposición adicional 5 de la Ley 43/2006, de 29 de diciembre, para la mejora del crecimiento y del empleo (Ref. BOE-A-2006-22949).
    • Disposición adicional 6 y MODIFICA el art. 26 de la Ley 56/2003, de 16 de diciembre, de Empleo (Ref. BOE-A-2003-23102).

 

  • MODIFICA Art. 21 y disposición adicional 12 de la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo (Ref. BOE-A-2007-13409).

 

  • MODIFICA determinados preceptos del Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (Ref. BOE-A-2000-15060).

 

  • AÑADE la disposición adicional 10 al Real Decreto 1192/2012, de 3 de agosto, por el que se regula la condición de asegurado y de beneficiario a efectos de la asistencia sanitaria en España, con cargo a fondos públicos, a través del Sistema Nacional de Salud (Ref. BOE-A-2012-10477).

 

  • CITA Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, por el que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo. (Ref. BOE-A-2007-7573).

 

 

Cambio de denominación

La Fundación Tripartita para la Formación en el empleo, pasará a denominarse  Fundación Estatal para la Formación en el Empleo.

 

Ya se ha aprobado la partida presupuestaria para su funcionamiento, que abarcará aún más funciones de coordinación con el Ministerio de empleo y el SEPE.

 

 


Notas: En próximas entradas comentaremos, el alcance y novedades respecto al modelo anterior, que supone ésta nueva normativa.

 

Para más información estamos a vuestra disposición en el 915102326 o en el correo de atención al cliente info@consultae.es.

Publicado en: Bonificación Formación Continua, Formación Profesional Continua, Formación programada por las empresas | Etiquetas: Acciones formativas bonificadas, Fundación Estatal para la Formación en el Empleo | 2 Comentarios |

Novedades en la aplicación telemática de bonificaciones por formación

Publicada en 11 febrero, 2015 de Consultae

 

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Novedades en la aplicación telemática de bonificaciones por formación

 

Este año se solicitan como novedad el email y teléfono de contacto de los alum@s comunicados. Habrá que incluirlos a través de la aplicación telemática al comunicar la finalización de las AA.FF. con la finalidad de poder contactar con los participantes en las oportunas acciones de seguimiento y control.

 

«En principio, esta novedad ha propiciado numerosas consultas y recelos respecto a las consecuencias que pudiera tener respecto a otras normativas como la Ley de protección de datos.»

 

Desde la Fundación Tripartita (Funda) se ha aclarado que en caso de no disponer del teléfono y correo personal, pueden comunicarse un correo electrónico corporativo. Puedes ampliar ésta información en el siguiente enlace fundaciontripartita.org/Noticias/.

 

 

Novedades en la operativa con la aplicación telemática de comunicación de AA.FF.

  • Se puede informar de incidencias adjuntando un PDF en el apartado observaciones.
  • Ahora son de obligada cumplimentación los campos email, teléfono de contacto de los participantes. Se puede actualizar estos campos manualmente o utilizando el sistema de cargas masivas de datos en XML.
  • La FTFE utilizará la plataforma de comunicación como canal para remitir comunicaciones electrónicas (mensajes de obligada lectura).
  • El resumen de actividad incluye un nuevo informe de alertas.
  • En la comunicación de los planes PIF, hay que comunicar en el calendario los días y horario de los permisos concedidos al trabajador para asistir a clase.

 

 


📌 Recuerda:

 

  • Enlace oficial con los videotutoriales sobre el uso de la plataforma de comunicación de datos a la FTFE en subvenciones.fundaciontripartita.org. (Actualmente Fundae).

 

  • Para acceder a la aplicación telemática se necesita un certificado digital de persona jurídica que identifique de manera veraz a tu empresa.

 

Están ordenados en las categorías:

 

  • Acceso y navegación.
  • Entidades y usuarios.
  • Planes de referencia.
  • Solicitud.
    • Plan de formación.
    • Entidades.
    • Acciones formativas.
    • Confirmación y envío.
    • Reformulación solicitud.
  • Mensajería interna.
  • Carga XML.

 

 


📄 Notas:

  • Trámites con Fundae: Disponemos de un equipo experto que puede asesorarle en la tramitación de bonificaciones ante la Fundación Estatal para la Formación en el empleo. Pida presupuesto sin compromiso.
  • Los autónomos con empleados a su cargo deben solicitar a Fundae el acceso a la aplicación telemática acreditando tu situación de autónomo con asalariados.
Publicado en: Cargas masivas XML, Crédito formación continua | Etiquetas: Bonificaciones formación 2015, fundae lanzadera, fundae tramites | 2 Comentarios |

Curso online: Gestión de bonificaciones por formación continua 2016 (nivel avanzado)

Publicada en 19 enero, 2015 de Consultae

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Nos encontramos ante el curso Técnico en Gestión de bonificaciones por formación continua donde estudiaremos la normativa aplicable a la gestión del crédito de formación continua y la aplicación telemática para la realización de las comunicaciones.

Está abierto a todas las personas interesadas en conocer el sistema de gestión de bonificaciones de la Fundación. El curso tiene como objetivo principal que los asistentes al finalizar el curso, estén en condiciones de:

  • Conocer la normativa aplicable a la gestión de bonificaciones.
  • Usar la aplicación telemática.
  • Gestionar eficazmente las comunicaciones, consultas y costes.
  • Optimizar costes.
  • Delegar a terceros con control.

Adquiere la experiencia de 10 años gestionado créditos de formación al precio de un curso!

El curso online sobre Gestión de bonificaciones por formación continua 2016 (nivel avanzado) está impartido por consultores que tramitan anualmente grandes planes de empresa.

Matrícula abierta: Este curso sobre Sistemas de Bonificación Avanzada de la Plataforma de la Fundación está recomendado para integrantes del área de administración, formación o recursos humanos que necesiten iniciarse en la tramitación del crédito de formación o profesionales ya trabajen con el sistema pero quieran contrastar su operativa.

Requisitos: Conocimientos básicos de informática e internet. Ordenador con conexión a internet. No es imprescindible pero si recomendable disponer de acceso a  plataforma de bonificaciones de la FTFE.

Objetivos: Conocer la normativa aplicable a la gestión de bonificaciones. Usar la aplicación telemática. Gestionar eficazmente las comunicaciones, consultas y costes. Conocer cómo optimizar económicamente planes de formación bonificados.

Con este curso el personal de la empresa podrá realizar el trabajo de bonificación de su plan de formación anual o delegar con control la gestión de este crédito a terceros, como consultoras o centros de formación.

Temario:

  • Nuevo modelo de financiación de  la formación: Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo (FTFE). Acceso a  página web. Legislación: Real Decreto y Orden ministerial que lo regulan.  Distribución de fondos. Representación legal de los trabajadores. Obligaciones de las empresas beneficiarias.
  • Consideraciones previas: Beneficiarios de las ayudas. Determinación  del crédito anual para las empresas. Modalidad de organización: individual agrupación empresas, agrupación como entidad organizadora (ventajas e inconvenientes). Consideración PYME/no PYME. Aportación privada. Colectivos prioritarios. Acciones formativas: modalidades y requisitos.
  • Acceso a aplicación telemática: Requisitos  previos. Certificado digital: obtención e instalación. Acceso a la aplicación: claves de entrada. Gestión de perfiles. Gestión aplicación.
  • Fases en la gestión del crédito: Datos de la  empresa. Comunicación previa a la RLT. Comunicación de inicio de los grupos: plazos, modificaciones, gestión  incidencias. Carga masiva de datos: acciones formativas, cursos y alumnos.  Documentación oficial. Comunicación de finalización.
  • Justificación de costes de  formación: Coste máximo  bonificable. Costes bonificables: Costes directos, asociados y de personal. Aportación privada / Colectivos prioritarios. Soportes justificativos (externo: facturas /interno: nóminas) contabilidad.
  • Aplicación de bonificación: Aplicación telemática.  Seguros  sociales. Obligaciones  de la empresa.
  • Permisos individuales de  formación (PIF): ¿Qué es un PIF? Oficialidad del curso. Estudio de costes.  documentación y acuerdo empresa-trabajador. Comunicación en aplicación telemática. Bonificación del permiso.
  • Mecanismos de seguimiento y  control: Organismos  de control. Procedimiento  de control/evaluación: Durante la impartición- in situ: visita. Una vez finalizada- a posteriori: visita o solicitud de documentación. Régimen sancionador. Protección de datos personales.
  • Conciliación: En  aplicación telemática.  por  correo. Requerimientos,  plazos y procedimiento.

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Matrícula y tasas: 443€ (21% IVA incluido) a abonar antes de la fecha de inicio. *Cumple los requisitos para ser bonificable ante la F.T.F.E.

El abono incluye el acceso a la plataforma de teleformación, tutorización y asistencia técnica, el derecho a finalizar el curso en un periodo de 2 meses desde el primer acceso y la realización de la bonificación por nuestra parte en caso de solicitarlo el cliente. También incluye la emisión del certificado de aprovechamiento en PDF otorgado por Consultae en caso de conseguir aprobarlo.

Para que tu dedicación al curso discurra con total satisfacción y comodidad, te informamos que los Tutores junto al Servicio de Atención al Alumno se encuentran a tu disposición en la siguiente dirección y horario: c/ Clara del Rey nº 8 pl.1 of. 2 y 3 28002 Madrid Tlfno.: 91 510 23 26 Fax: 91 415 31 12 info@consultae.es

Horario de tutorías telefónicas de 9:00 a 18:00 de lunes a jueves y viernes de 9:00 a 15:00. A través de medios telemáticos las 24 horas todos los días laborales. Al tratarse de un curso de nivel técnico, trabajaremos en grupo desarrollando entre todos una experiencia de aprendizaje muy enriquecedora. Por ello es muy importante que todos compartamos nuestras inquietudes y opiniones colaborando en los foros como un verdadero equipo de trabajo.

Forma de pago: Con antelación al inicio del curso, transferencia bancaria a la cuenta de Bankinter de Uman Consultoría y Desarrollo, SLL (Consultae) indicando el nombre del alumno/a o de la empresa en caso de grupo. En este email le facilitaremos los datos de la transferencia info@consultae.es

Convocatorias curso: Técnico en Gestión de Bonificaciones (nivel avanzado).

  • Puedes consultar la fecha de inicio y fin del próximo grupo en info@consultae.es.
  • Matriculación individual continua disponible.


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Descarga del Boletín de inscripción: Una vez realizado el pago envía una notificación a info@consultae.es con los datos de inscripción.

Puedes comprar este curso online a través de PayPal con total garantía:468x60_ES

Opiniones de nuestros alumn@s en el portal independiente eMagister:

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Publicado en: Crédito formación continua | Etiquetas: curso bonificaciones, curso bonificaciones por formación, Curso sobre forcem, Curso sobre FTFE, Curso sobre gestión de bonificaciones | 1 Comentario |

Curso: Gestionar internamente las bonificaciones por formación profesional continua

Publicada en 18 septiembre, 2014 de Consultae

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Gestión de bonificaciones por formación continua nivel avanzado

 

Si como responsable del área de recursos humanos o formación estás pensando en llevar de forma interna la gestión de las bonificaciones, nuestro curso online te resultará de gran ayuda:

 

  • En sólo dos meses podrás dominar los detalles necesarios para gestionar correctamente las bonificaciones de tu compañía.

 

  • Dispondrás de la ayuda y asesoramiento de tutores-consultores con más de 10 años de experiencia en la gestión de bonificaciones.

 

Es un curso que abarca todos los niveles, desde el nivel iniciación hasta el nivel experto, amoldándose a la necesidades de cada alumno/a.

 

Dirigido a: Integrantes del área de formación, recursos humanos y subvenciones de empresas privadas. Autónomos del sector de la formación para empresas.

 

Requisitos: Conocimientos básicos de informática e Internet.

 

Objetivos: Conocer la normativa aplicable a la gestión de bonificaciones. Usar la aplicación telemática. Gestionar eficazmente las comunicaciones, consultas y costes. Optimizar costes.

 

Contenidos:

1. Nuevo modelo de financiación de la formación.

2. ¿Cómo gestionar la bonificación de Fundae? Consideraciones previas.

3. Acceso a la aplicación telemática.

4. Fases en la gestión del crédito.

5. Justificación de costes de formación.

6. Aplicación de bonificaciones.

7. Permisos individuales de formación (PIF).

8. Mecanismos de seguimiento y control. No conformidades.

9. Conciliación de costes.

Modalidad: online

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El sistema RED se actualiza al nuevo sistema CRET@

Publicada en 25 junio, 2014 de Consultae

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El sistema RED de la Tesorería General de la Seguridad Social se actualiza al nuevo sistema de liquidación directa CRET@. Un proyecto que la TGSS ha ido desarrollándo desde hace varios años y que en los primeros trimestres de 2014 está en periodo de prueba para un grupo limitado de empresas piloto y que se prevé activo para la totalidad de obligados en el último trimestre del año. Con éste cambio se propicia una evolución del modelo de recaudación basado en la autoliquidación a otro nuevo de facturación.

Se gana en capacidad de información y respuesta por parte de la administración pública, se evitan errores en las comunicaciones, y se disminuye el fraude, ya que se mejora el intercambio de información entre los distintos organismos públicos relacionados como el SEPE, las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, el sistema Delt@ (declaración electrónica de trabajadores accidentados), INSS, etc.

«La TGSS es la encargada de aplicar con este nuevo sistema «las reglas de cotización y contrastar los datos con carácter previo a la liquidación y mejorar la transparencia y la forma de relación con las empresas basada en un sistema plenamente telemático eliminando la necesidad de actuaciones presenciales y en soporte papel». Fuente oficial https://www.seg-social.es/

El Real Decreto-ley de 20 de diciembre, de medidas para favorecer la contratación estable y mejorar la empleabilidad de los trabajadores indica en su «Artículo 109. Base de cotización. Punto 3: «Los empresarios deberán comunicar a la Tesorería General de la Seguridad Social en cada período de liquidación el importe de todos los conceptos retributivos abonados a sus trabajadores, con independencia de su inclusión o no en la base de cotización a la Seguridad Social y aunque resulten de aplicación bases únicas.»

Novedades

  • Los Conceptos Retributivos Abonados se comunican a través de archivos denominados por sus siglas «ficheros CRA«.
  • Winsuite es sustituido por Wincret@ (ver descripción en PDF) (aplicativo Java que permite la comunicación de ficheros XML firmados con el certificado SILCON).
  • En la construcción de tramos y presentación y confirmación de liquidaciones.

Más información y fuentes:

  • https://www.seg-social.es/prdi00/groups/public/documents/binario/184945.pdf
  • Documentación y Divulgación de https://www.seg-social.es/
  • https://www.graduadosocialmadrid.org/importante-sistema-de-liquidacion-directa-proyecto-cret/
Publicado en: Bonificación Formación Continua | Etiquetas: Creta, Sistema de Liquidación Directa | 3 Comentarios |
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