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Archivo de la etiqueta: Entidad organizadora

Cálculo del crédito de formación continua

Publicada en 7 octubre, 2024 de Consultae

Cálculo del crédito de formación continua

¿Cómo se calcula el crédito de formación continua?

 

Como seguramente sabrás, el coste de la capacitación de tus empleados los puedes deducir de los Seguros Sociales a través de los créditos de formación bonificada.

 

En España cada empresa dispone de un crédito de formación que depende en su cuantía de las cotizaciones por formación profesional ingresadas en el año anterior (Regulado por la Ley 30/2015 y el R.D. 694/2017).

 

Este crédito para formación continua puede calcularse por aproximación o consultarse de manera exacta a través de la aplicación telemática de Fundae.

 

Lo que ocurre, es que no suele estar disponible hasta pasado el primer trimestre del año en curso (Mayo aprox.). Ya que Fundae necesita validar los datos de plantilla y la cuota de formación correspondiente con la Seguridad Social.

 

🔎 Para poder acceder a la Aplicación Lanzadera de Fundae donde está disponible el crédito de cada empresa, se necesita tener instalado un certificado digital de representación de la empresa.

 

A continuación, vamos a resolver cuestiones básicas sobre bonificaciones, como ¿ qué cursos cumplen los requisitos para ser bonificables ?, o como consultar o calcular el crédito del que dispone mi empresa. 

 

Índice de contenidos

Índice de contenidos:

 

1. Cuestiones básicas: formación programada por las empresas

 

2. ¿Por qué bonificar la formación de mi empresa?

 

3. Pasos para bonificar: proceso

 

4. Normativa aplicable: Fundae

 

5. Plazos para bonificar el crédito de formación

 

6. Estimación del crédito de formación: cálculo aproximado

 

7. Infografía con el proceso de bonificación

 

8. Porcentajes por plantilla media

 

9. Ejemplos: cálculo del crédito

 

10. Curso de capacitación para la gestión de bonificaciones

 

 

Cuestiones básicas sobre el crédito para la formación continua:

 

En España cada empresa dispone de un crédito de formación a descontar de sus cotizaciones a los seguros sociales y que solo se puede aprovechar si imparte formación a sus trabajadores y lo justifica según la normativa vigente.

 

📊 Las estadísticas anuales que publica Fundae indican que el crédito de formación del que disponen las empresas no suele utilizarse al 100%.

 

En la mediana y gran empresa el sistema es muy utilizado, pero en las PYMEs sigue sin utilizarse de manera generalizada, a pesar de medidas de apoyo como exigirles un menor porcentaje de cofinanciación privada o la posibilidad de reservar su crédito de formación.

 

 


Si no tienes tiempo, para leer este artículo puedes contactar con nosotros por tfno. 91.5102326 o email y te ayudaremos sin ningún compromiso !

Contacta y te ayudaremos a resolver tus dudas …


  

 

1. ¿Por qué bonificar la formación de mi empresa?

 

Fundamentalmente, para contar con más presupuesto para formación de los trabajadores. Además del presupuesto interno del que dispongamos, podemos contar con el crédito de formación continuada. Otras razones suelen ser …

 

  • Para tener trabajadores más formados y más competitivos. Una necesidad de vital importancia para las empresas y más hoy en día ya que estamos inmersos en una continua revolución digital.

 

  • Para dar mejor imagen de empresa a los trabajadores. Como elemento motivante, que fomente el desarrollo de carreras profesionales.

 

  • Para recuperar parte de lo pagado en concepto de Formación Profesional a la Seguridad Social:
    • El crédito de formación es igual al total de las cuotas ingresadas en concepto de formación profesional continua x 0,7 % y aplicado un porcentaje que varía en función del nº de trabajadores de la empresa.
  •  
    • Luego en función de tamaño de la empresa por nº de empleados se aplica un porcentaje de bonificación (los veremos más adelante) …

 

En el siguiente enlace puedes aproximar el importe de tu crédito de formación a través del Simulador de crédito de Fundae (la entidad oficial que se encarga de gestionar estas ayudas para la formación).

 


 

Pasos para bonificar

2. ¿Cómo es el proceso? Pasos para bonificar

 

Podemos realizarlo internamente o externamente a través de una Entidad Organizadora de Formación Profesional Continua:

 

  • A través de una Entidad Organizadora, experta en bonificaciones que se ocupe de realizar todos los trámites. Si no se tiene experiencia precia es un buen método para evitar sustos posteriores en posibles revisiones e inspecciones de Fundae.

 

  • A través de un Gestor Externo de formación bonificada.

 

  • Disponer o formar a un trabajador de la empresa para que realice estas funciones.

 

 

 

Normativa

3. ¿Qué normativa regula las bonificaciones?

 

Fundamentalmente por la Ley 30/2015, que se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral y el Real Decreto 694/2017 que la desarrolla. 

 

Esquema normativa bonificaciones Fundae

Puedes ampliar información en este enlace sobre normativa que regula las bonificaciones por formación.

 

 

Ahorro por bonificación en los seguros sociales

4. ¿Qué formación puedo bonificar?

 

  • Toda la formación interna o externa que se imparta en la empresa, siempre que tenga más de 6 horas (excepción 4 horas en algunas materias).

 

  • No puede haber más de 25 alumnos por aula.

 

  • Horas máximas diarias de formación 8.

 

 

Requisitos para bonificar

5. ¿Cuándo bonificar el coste de la formación?

 

A partir de hoy mismo, si no gastas el crédito de formación en el año lo pierdes. Nada más estén validados los créditos anuales de cada empresa, podemos comenzar a aplicar bonificaciones en los seguros sociales de las AA.FF. comunicadas.

 

Recuerda la formación a de estar comunicada en plazo, finalizada y pagada al proveedor antes de proceder al descuento en la cuota de la Seguridad Social.

 

«En los meses de abril y mayo la Tesorería de la Seguridad Social suele validar las plantillas medias, las cuotas de formación y los créditos de cada empresa de cara a las bonificaciones de sus acciones formativas.»

 

Finalmente, tendremos como fecha límite hasta el último boletín de cotización del año (diciembre), que se abona en enero, como última oportunidad para aplicar las bonificaciones correspondientes.

 

cálculo del crédito anual por formación continua

6. ¿Cómo hacer el cálculo del crédito anual por formación continua?

 

Las empresas que realicen formación para sus trabajadores y que coticen por la contingencia de Formación Profesional a la Seguridad Social tienen derecho a disponer de un Crédito de Formación Continua (también conocido como crédito formación Fundae o crédito formación Tripartita).

 

 

Cálculo cuota de formación

Para el cálculo del importe a bonificar se necesita:

 

  • 1. Calcular la cuota por Formación Profesional de tu empresa. Cuantía ingresada a la Seguridad Social en concepto de Formación Profesional durante el año anterior*.

 

    • Podemos ayudarte a calcular el crédito que corresponde a tu empresa (aproximación), antes de la validación definitiva.

 

 

  • 2. Aplicar el porcentaje de bonificación en función del tamaño de las empresas, que cada año establece la Ley de Presupuestos Generales del Estado.

 

 

  • 3. Cálculo de la plantilla media: Empresas de 6 a 9 trabajadores el 100%, de 10 a 49 trabajadores el 75% por ciento, de 50 a 249 trabajadores el 60% y para 250 ó más trabajadores el 50% por cien.

 

 

 


📌 Excepciones: Empresas de 1 a 5 trabajadores, se establece un Fijo por empresa de 420 €. Empresas de nueva creación 65 € por trabajador de nueva incorporación. Existe un crédito adicional para los Permisos Individuales de Formación.


 

 

Los grupos de empresas también disponen de condiciones especiales, ya que una empresa del grupo puede disponer del crédito del resto de componentes, aunque con ciertas limitaciones. «Hasta el límite de la cuota de formación, el 0,7  % de la masa salarial.»

 

 

7. Infografía: cálculo de las bonificaciones para las acciones formativas de las empresas:

 

Infografía: porcentaje de bonificación por el crédito de formación

 

 

 

 

 

 

 

 

¿Qué es la Formación Continua Bonificada para empresas? Compartir en X

 

 

Aspectos a considerar sobre el crédito de formación

8. Notas sobre el crédito de formación continua:

 

Como vimos, el crédito de formación de las empresas que coticen en la contingencia de Formación Profesional se calculará como en años anteriores aplicando a la cuantía cotizada en el año anterior, por un porcentaje de bonificación dado en función del tamaño de las empresas (que por cierto, se mantiene respecto al año anterior):

 

a) Empresas de 6 a 9 trabajadores: 100 %.

 

b) De 10 a 49 trabajadores: 75 %.

 

c) De 50 a 249 trabajadores: 60 %.

 

d) De 250 o más trabajadores: 50 %.

 

 

«Las empresas de 1 a 5 trabajadores dispondrán de un crédito de bonificación por empresa de 420 euros, en lugar de un porcentaje.

 

Asimismo, podrán beneficiarse de un crédito de formación, en los términos establecidos en la citada normativa, las empresas que durante el año anterior abran nuevos centros de trabajo, así como las empresas de nueva creación, cuando incorporen a su plantilla nuevos trabajadores.

 

En estos supuestos las empresas dispondrán de un crédito de bonificaciones cuyo importe resultará de aplicar al número de trabajadores de nueva incorporación la cuantía de 65 euros.

 

Las empresas que durante el año concedan permisos individuales de formación a sus trabajadores (PIF) dispondrán de un crédito de bonificaciones para formación adicional al crédito anual que les correspondería de conformidad con lo establecido en el párrafo primero de este apartado, por el importe que resulte de aplicar los criterios determinados por Orden del Ministerio de Empleo y Seguridad Social.

 

El crédito adicional asignado al conjunto de las empresas que concedan los citados permisos no podrá superar el 5% del crédito establecido en el presupuesto del Servicio Público de Empleo Estatal para la financiación de las bonificaciones en las cotizaciones de la Seguridad Social por formación profesional para el empleo.»

 

Modalidades de formación bonificada cuadro económico

Tabla con módulos económicos publicados en los presupuestos generales del estado.

 

 

Fuente: PDF con la aprobación de la financiación de la formación profesional para el empleo (extracto de los Planes Generales del Estado Anuales: Disp. Adicional Octogésima Primera de la LPGE.

 

Ya se encuentra habilitado este año el acceso web para notificar acciones y grupos con cargo al crédito asignado* a las empresas para el ejercicio.

 

Solicita gratuitamente el asesoramiento de nuestros consultores para hacer un estudio y presupuesto según sus necesidades puede contactar en el siguiente enlace: Más información.

 

Esquema gestión del crédito a través de la aplicación telemática de Fundae

 

Ejemplo cálculo del crédito

9. Ejemplo: cálculo del crédito

 

Las empresas que realicen formación para sus trabajadores y que coticen por la contingencia de Formación Profesional a la Seguridad Social tienen derecho a disponer de un Crédito de Formación.

 

Este crédito es la cantidad que dispone la empresa anualmente para financiar, a través de bonificaciones de las Cuotas de la Seguridad Social, las Acciones de Formación Continua que desarrollen para sus trabajadores.

 

¿Cómo se calcula?

 

1. Necesitamos conocer:

 

  • La cantidad ingresada por la empresa a la Seguridad Social en concepto de cuota de Formación Profesional durante el año anterior. (Son los ingresos referidos a cuotas devengadas desde el mes de diciembre previo al citado periodo y descontadas las devoluciones).

 

Por ejemplo:

Crédito 2022: Necesitaremos conocer la cuota de formación profesional desde diciembre 2020 hasta noviembre 2021.

 

Excepción: empresas que tengan autorizado pago trimestral o diferido, se tendrán en cuenta los devengos desde octubre o noviembre respectivamente.

    • Cálculo de la plantilla media, durante el año anterior.
    • Porcentaje de Bonificación que cada año establece la Ley de Presupuestos Generales del Estado, en función del tamaño de las empresas. Son los siguientes:
        • Empresas de 1 a 9 trabajadores: 100%.
        • De 10 a 49 trabajadores: 75%.
        • De 50 a 249 trabajadores: 60%.
        • De 250 o más trabajadores: 50%.

2. Cálculo:

    • Se hace el cálculo con los datos anteriores.
      • Cuota de formación x porcentaje de bonificación correspondiente.

 

 

Puedes contrastar los resultados con la calculadora de crédito que pone a disposición FUNDAE en su simulador de crédito.

 

    • Nuevos centros de trabajo: tomará como referencia una cuantía de 65 € por cada trabajador de nueva incorporación en el la primera alta en la Seguridad Social.

 

3.  Acumular crédito: A partir de 2018 las empresas con menos de 50 trabajadores, a través de la aplicación telemática (art. 15.3 RD 694/2017), podrán solicitarlo en el primer semestre del año acumular el crédito no dispuesto en el ejercicio en curso y en el siguiente.

 

4. Crédito grupo de empresas: (art. 14.2 RD 694/2017) cualquier empresa del grupo podrá disponer del crédito de otra empresa del grupo, además del crédito propio, hasta el límite del 100% de lo cotizado por la empresa que se bonifica en concepto de cuota de formación profesional (art. 9.4 Ley 30/2015, 9 de septiembre).

 

 


📄 Notas: Las empresas que concedan permisos individuales de formación para sus trabajadores dispondrán de un crédito adicional (planes PIF). Lo veremos en el tema correspondiente.

 

Para poder acceder a la financiación por Formación Profesional Continua sólo tienes que darte de alta en el sistema de bonificaciones a la Formación Continua. Un sencillo trámite en el que podemos ayudarte !

 

 

Curso: Gestión del crédito de formación

10. Curso: gestión del crédito de formación

Curso de introducción a la gestión del crédito de formación, o realizar algunos de nuestros módulos de especialización, como los de justificación de costes, respuesta ante inspecciones y auditorías, contabilización de las bonificaciones o digitalización del proceso de comunicación a Fundae, …

 

Ver temarios …

 

 

* Llega hasta el nivel experto pero es perfectamente realizable por personas que no conozcan a fondo el sistema. Opiniones de nuestros alumnos en el portal independiente eMagister.

 

 

Servicio gestión del Crédito de formación

Resolvemos todas tus dudas sobre formación bonificada:

 

Desde Consultae, ayudamos a cientos de empresas anualmente a gestionar de manera segura y eficiente su crédito disponible asesorando sobre la gran variedad de casuística de estas ayudas.

 

Participamos en la elaboración de detecciones de necesidades formativas, gestión del crédito de formación bonificada (Fundae) y negociamos con proveedores y formadores para la impartición de cursos.

 

 

Datos de contacto servicio de bonificaciones

«Para estar al tanto de las novedades, y cumplir con todos los requisitos a la hora de comunicar y aplicar bonificaciones se requiere el asesoramiento de profesionales expertos que presten una ayuda eficaz.

Por ello, ayudamos a nuestros clientes con sus preguntas frecuentes incluso con sus SAQs, las preguntas que deberían hacer pero que no tienen suficiente información para realizarlas.»

Una extensa experiencia y miles de clientes satisfechos nos avalan !

 

 


📄 Notas:

* Deducción de los importes a ingresar en las cuotas a la Seguridad Social por formación profesional continua.

** Los Créditos a la Formación Profesional Continua están regulados en el Real Decreto 395/2007).

*** Este dato será definitivo cuando en la aplicación telemática de Fundae aparezca el mensaje «Dato validado por la TGSS«.

**** Antes se calculaba sumando las casillas 501 de los TC1 del año anterior (suma de Bases de Desempleo, Fondo de Garantía Salarial FOGASA y FP) y multiplícalo por 0.7 %.

 

Publicado en: Bonificación Formación Continua, Crédito formación continua, Formación Profesional Continua, Formación programada por las empresas | Etiquetas: Bonificaciones formación, Cálculo importe bonificacion formacion continua, Entidad organizadora, Formación continua bonificada, fundae empresas |

Servicio como Entidad Organizadora de Formación Continua

Publicada en 15 marzo, 2021 de Consultae

 

Servicios como Entidad Organizadora de Formación Continua

Entidad Organizadora de Formación Continua

 

La formación programada por las empresas puede opcionalmente delegarse en una entidad externa especializada que se ocupe de:

 

  • Realizar las comunicaciones de las acciones formativas.

 

  • Asegurar un adecuado desarrollo de la formación necesaria. Detección de necesidades previa, diseño de AA.FF., impartición.
    • Informar a los diferentes actores, trabajadores, RLT, empresas participantes de la ejecución de la formación.

 

  • Realizar el seguimiento, control y evaluación de las acciones formativas.

 

  • Impartir y/o coordinarse con proveedores de formación.

 

  • Administrar la documentación relacionada con la organización, gestión e impartición de las acciones formativas.

 

  • Informar a los responsables de las empresas participantes de la aplicación de las bonificaciones en forma adecuada.

 

  • Colaborar en las actuaciones de comprobación, seguimiento y control de la Administración Pública.

 

 

Servicio como Entidad Organizadora de Formación Continua

Entidad Organizadora de formación continua:

 

Las Entidades Organizadoras deben cumplir algunos de estos requisitos salvo que ellas misma también formen parte de la empresas que van a recibir formación:

 

  • Tener como actividad la impartición de la formación.

 

  • Estar constituida antes del 1 de enero de 2003.

 

 

Pasos Entidad Organizadora

Pasos y requisitos para constituirse como Entidad Organizadora.

 

  • Firmar el convenio de agrupación* de empresas entre la entidad organizadora y dos o más empresas agrupadas. En él aparecen datos como las obligaciones de las partes y el coste que factura la entidad organizadora por su trabajo.

 

  • Necesitarás disponer del certificado digital de empresa para acceder y realizar los trámites de comunicación de las acciones formativas en la plataforma de la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo.

 

  • En la plataforma telemática de Fundae se darán de alta las empresas participantes en la agrupación. Desde ella se podrán consultar los créditos disponibles de cada empresa participante.

 

  • Documentación para ser entidad organizadora de la formación.

 

Entidades Organizadoras de Formación Continua

Obligaciones de las Entidades Organizadoras de Formación Continua

 

La función de una Entidad Organizadora es el asesoramiento a las empresas usuarias del sistema de formación bonificada. Debe realizar y hacerse cargo de todas las labores necesarias, asegurándose de cumplir con todas las obligaciones y requisitos legales.

 

La relación mercantil, entre la empresa que delega la organización de la formación y la entidad organizadora se formaliza a través de un contrato de encomienda, que por cierto no es en exclusividad.

 

Fundae ofrece un contrato marco, el cual puede ampliarse con acuerdos adicionales. Por cierto, este contrato ha de ser legible (declinando otras opciones como los contratos verbales o grabados por llamada telefónica).

 

Quizá uno de los aspectos más importantes de esta figura es que no permite la subcontratación de funciones, y suponen según la normativa actual una sanción grave.

 

Por otro lado es recomendable, que se realicen contratos individualizados en lugar de adherirse a uno genérico, tal y como se hacía años atrás con anteriores normativas.

 

Una entidad organizadora tiene que está inscrita en el registro que Fundae / SEPE mantiene a tal efecto.

 


📌 Documento relacionado:

  • Enlace al Contrato de encomienda de organización de la formación suscrito entre empresas, al documento de adhesión y de desistimiento al amparo de la Ley 30/2015. Fuente: fundae.es.

 

Ventajas como entidad organizadora

Ventajas del servicio de Consultae  como entidad organizadora:

–      Nuestro coste se puede justificar como coste asociado en la empresa que se factura.

–      Podemos tener reuniones, llamadas, email y fax directamente con la Fundae.

–      Podemos hablar con los proveedores como entidad organizadora.

 

Si estás buscando una empresa que se ocupe de toda la organización de tu plan de formación, no lo dudes contacta con nosotros !

Contacto
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  • Nueva declaración responsable para entidades de formación. Resumen de la Orden ESS/723/2016, de 9 de Mayo, por la que se desarrolla el modelo específico de declaración responsable: el 9 de mayo de 2016 se publicó la Orden ESS/723 que desarrolla el modelo específico de declaración responsable para su presentación por entidades de formación para la impartición de formación distinta de las especialidades previstas en… seguir leyendo.

 

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  • Servición externalización de la formación programada por las empresas. Este es el momento perfecto para comenzar a planificar el plan de formación programada por su empresa.
    • Estos son nuestros servicios de externalización de la gestión de formación en las empresas: Colaboramos en la Gestión y labores administrativas de los cursos de formación bonificada para trabajadores en activo. Asesoramos sobre la aplicación de la normativa actual en material de formación programada por… seguir leyendo.

 

  • Novedades: Formación programada por las empresas. Ya se puede comunicar la formación programada por las empresas.
    • El pasado 19/12/2016 se habilitó la aplicación telemática de Fundae para la comunicación de acciones formativas para el año en curso.
    • Los principales aspectos a tener en cuenta siguen siendo: La formación ha de tener relación con la actividad profesional. Mantener la obligación de… seguir leyendo.

 

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  • Recopilación de obligaciones de las Entidades Organizadoras de Formación Continua. A continuación indicamos algunas de las obligaciones para realizar una adecuada bonificación de la formación programada por las empresas.
    • Tratamos algunos requisitos como por ejemplo los plazos de abono de las facturas.
    • Las empresas que utilicen el crédito de formación por formación continua deben conocer que se les exigen tener  abonadas con anterioridad a la bonificación todas las facturas… seguir leyendo.

 

 

 


📄 Notas:

  • F.T.F.E. (Fundación Tripartita para la formación en el empleo) era la anterior denominación de la fundación Estatal para la Formación en el Empleo (Actualmente www.fundae.es).
  • Enlace a la web oficial fundae.es donde se muestran de manera resumida las funciones y obligaciones de las entidades externas a las que se les encomiendan la organización de la formación (Art. 12 de la Ley 30/2015).

 

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Ya se puede comunicar la formación bonificada

Publicada en 15 diciembre, 2019 de Consultae

Comunicaciones de inicio formación bonificada

Comunicar la formación bonificada

 

Fundae actualizó la aplicación telemática con los datos de cotización en la Seguridad social, por lo que ya podemos consultar el crédito definitivo disponible para este año. Por otro lado, llevamos desde finales de año pasado comunicando las acciones formativas previstas para este año.

 

Gestor Externo o Entidad Organizadora

Te ayudamos como Gestor Externo o Entidad Organizadora:

 

Nos ocupamos de todos los trámites de forma segura y responsable. Te acompañamos durante todo el proceso !

 

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Novedades

Funcionalidades de la aplicación telemática de comunicación de AA.FF.

 

  • Se puede informar de incidencias adjuntando un PDF en el apartado observaciones.
  • Ahora son de obligada cumplimentación los campos email, teléfono de contacto de los participantes.
  • Se puede actualizar estos campos manualmente o utilizando el sistema de cargas masivas de datos en XML.
  • Su finalidad es el seguimiento como comentamos en la entrada Novedades en la aplicación telemática de bonificaciones por formación.
  • Fundae utilizará la plataforma de comunicación como canal para remitir comunicaciones electrónicas (mensajes de obligada lectura).
  • El resumen de actividad incluye un nuevo informe de alertas.
  • En la comunicación de los planes PIF, hay que comunicar en el calendario los días y horario de los permisos concedidos al trabajador para asistir a clase.

 

Ahorrar con formación bonificada: «Como empresa tienes derecho a bonificar los costes de formación de tus trabajadores de los seguros sociales.»

 

Servicio para empresas: bonificaciones

Bonificar la formación de mi empresa, una gran idea qué funciona !

 

Todas las empresas que cotizan por la contingencia de formación profesional continua tienen derecho al crédito de formación anual.

 

Este crédito está destinado de manera exclusiva a la realización de acciones formativas y permisos individuales de formación de los trabajadores (planes PIF).

 

«La bonificación en los seguros sociales de la formación continua supone un importante ahorro en el plan de formación de una compañía.»

 

Por otro lado, también se ha publicado en dicha web la información relativa al cálculo de la cuota de formación profesional y datos de la plantilla de las empresas.

 

Así como un recordatorio de los requisitos necesarios para bonificarse (art. 15 de la Orden TAS/2307/2007, de 27 de julio). Puedes ampliar información en fundaciontripartita.org/Noticias/Noticias/Ejercicio-2015.aspx

 

Las empresas que accedan al sistema bonificado de formación para el empleo para 2015, pueden  “estimar” su cuota de formación profesional para este año hasta que la F.T.F.E. confirme de manera definitiva dicho importe una vez cruzados los datos con la Tesorería de la seguridad social.

 

Los porcentajes aplicables a los importes cotizados para el cálculo del crédito formativo vienen estipulados en los Presupuestos generales del estado.

 

El sistema de bonificaciones por formación profesional continua está regulado por el Real Decreto 395/2007 y la Orden Ministerial 2307/2007 que lo complementa.

 

 

Más datos

Otros datos de interés

 

  • La Fundación Tripartita ha habilitado la aplicación telemática en las mismas fechas que el año pasado por lo que se sigue una planificación similar.

 

  • Además ha renovado su página web dónde destaca la sección de noticias propias y de otros medios así como el apartado estadístico (Observatorio) dónde se muestra información sobre el número de alumnos, empresas y cursos que se están realizando actualmente.

 

 

Nota: Si estás interesado en subcontratar la gestión de la formación continua de tu empresa o de tu centro de formación puedes preguntar en el 915102326 o en nuestro email info@consultae.es cobre nuestros servicios como Entidad Organizadora de Formación Profesional Continua. Nuestra experiencia nos avala.

 

 

Entidad Organizadora

Servicio como Entidad Organizadora de Formación Profesional Continua

 

Gestión y bonificación de las Acciones Formativas:

 

  • Aseguramos que la bonificación de su plan de formación se aplique de manera óptima y fiable.
  • Aportamos seguridad y confianza con profesionales comprometidos al 100% con su proyecto.
  • Disponemos de 15 años de experiencia elaborando y justificando planes de formación continua.

 

Somos especialistas en gestionar formación bonificada

 

«Como entidad organizadora de formación continua gestionamos planes de formación para empresas, centros de formación y agrupaciones empresariales.»

 

 

Acciones Formativas Bonificadas / Servicio de Gestión del Crédito Formación Profesional Continua

 

Bonificaciones para las acciones formativas de las empresas:

 

Consultae es Entidad Organizadora de formación profesional continua especializada en la tramitación del crédito de formación.

 

Gestionamos numerosos planes de grandes empresas, centros de formación y grupos de PYMEs.

 

Disponemos del equipo humano y procesos que aseguran el cumplimiento de los requisitos establecidos por la normativa actual.

 

Estamos a su disposición para resolver cualquier duda sobre los pasos a seguir para aplicar la bonificación de tu empresa u organización:

 

  • Prestamos asistencia en la resolución de incidencias o requerimientos.

 

  • Tramitamos la comunicación de inicio y finalización de grupos formativos. Generamos la documentación de cada curso (controles de asistencia, recibí de material, cuestionarios de evaluación, certificados, recibí de certificado, cartel del curso, control de tutorías).

 

  • Realizamos la justificación económica de las bonificaciones aplicadas.

 

  • Ofrecemos soporte para el cálculo de las bonificaciones a aplicar en cada grupo, sobre el grado de cumplimiento de la cofinanciación privada y participación de colectivos prioritarios.

 

  • Participamos en la elaboración de detecciones de necesidades formativas, gestión del crédito de formación bonificada (Fundación Tripartita) y negociamos con proveedores y formadores para la impartición de cursos.

 

  • Somos desarrolladores de nuestra propia tecnología de gestión de la formación (Softmetry) que permite la optimización y reducción de costes en la gestión de planes de formación.

 

Nuestro servicio asegura que la bonificación de su plan de formación se realice de manera óptima y fiable. El Art. 15 de la Orden TAS/2307/2007, de 27 de julio sintetiza los requisitos para bonificar acciones formativas.

Informar a la Representación Legal de los Trabajadores, de acuerdo con el procedimiento señalado en el artículo 15 del Real Decreto 395/2007.

 

Comunicar telemáticamente el inicio del grupo o grupos de formación, con los requisitos y plazos establecidos en el artículo 18 de la Orden TAS/2307/2007.

 

 

Realizar formación

Realizar la formación

 

Comunicar telemáticamente la finalización de los grupos de formación, según el artículo 19 de la Orden TAS/2307/2007.

 

Comunicación telemática de los permisos individuales de formación tanto a su inicio como a su finalización, según lo dispuesto en el artículo 26 de la Orden TAS/2307/2007.

 

Las empresas podrán aplicarse las bonificaciones en las cotizaciones una vez comunicada la finalización de la formación.

 

El plazo para realizarlo concluye el último día hábil de presentación del boletín de cotización TC correspondiente al mes de diciembre del ejercicio económico.

 

Fuente: Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo.

 

 

Crédito de formación continua

Crédito de formación continua:

 

El crédito de formación de las empresas que coticen en la contingencia de Formación Profesional se calculará como en años anteriores aplicando a la cuantía cotizada por un porcentaje de bonificación dado en función del tamaño de las empresas (que por cierto, se mantiene respecto al año anterior):

 

a) Empresas de 6 a 9 trabajadores: 100 %

b) De 10 a 49 trabajadores: 75 %

c) De 50 a 249 trabajadores: 60 %

d) De 250 o más trabajadores: 50 %

 

Fuente: PDF con la aprobación de la financiación de la formación profesional para el empleo 2014 (extracto de los P.G.E. 2014).

 

Ya se encuentra habilitado el acceso web para notificar acciones y grupos con cargo al crédito asignado* a las empresas para el ejercicio 2014.

 

Solicite gratuitamente el asesoramiento de nuestros consultores para hacer un estudio y presupuesto según sus necesidades.

 

 

Modalidades

Modalidades de Acciones Formativas Bonificables

 

Se considera una acción formativa aquella que va dirigida a la adquisición de competencias profesionales, teóricas y/o prácticas, estructuradas en unidades pedagógicas con objetivos, contenidos y duración propios.

 

No son acciones formativas bonificadas las actividades de índole informativo o divulgativo como son las jornadas, ferias, simposios y congresos

 

La formación puede impartirse de forma presencial, a distancia, con teleformación (elearning) o mixta.

 

Cuando la acción o módulo formativo incluya, en todo o en parte, formación a distancia, ésta deberá realizarse con soportes didácticos que permitan un proceso de aprendizaje sistematizado para el participante, que necesariamente será complementado con asistencia tutorial.

 

La modalidad de impartición mediante teleformación se entenderá realizada cuando el proceso de aprendizaje de las acciones formativas se desarrolle a través de TICs, posibilitando la interactividad de alumnos, tutores y recursos situados en distinto lugar.

 

Mediante Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos sociales se determinarán los módulos económicos básicos para cada tipo de formación, actualmente son los siguientes:

 

Hasta 9 trabajadores se pueden aplicar la totalidad del coste del curso hasta el límite del crédito anual.

 

Importes módulos económicos Fundae

  • Empresas de 10 a 49 trabajadores: incremento de un 10%.
  • Empresas de 50 a 249 trabajadores: incremento de un 5%.

 

 

Requisitos AA.FF.

Requisitos AA.FF.

 

La formación impartida mediante la modalidad presencial se organizará en grupos de 25 participantes como máximo.

 

En la formación impartida mediante la modalidad a distancia convencional o de teleformación deberá haber, como mínimo, un tutor por cada 80 participantes.

 

La participación de un trabajador en una acción formativa nunca podrá ser superior a 8 horas al día.

 

En general el número de horas mínimo de formación será de 6 horas, exceptuando la formación de carácter trasversal en áreas consideradas prioritarias por la administración competente que serán de 4 horas.

 

Las materias prioritarias son: Tecnologías de la Información y Comunicación, Prevención de Riesgos, Sensibilización con el Medio Ambiente y Promoción de la Igualdad.

 

La formación deberá realizarse en instalaciones apropiadas de acuerdo con lo establecido en el correspondiente programa.

 

 

Normativa

Normativa aplicable a la bonificación por formación continua.

 

La Formación Profesional para el Empleo tiene por objeto la formación de los trabajadores desempleados y ocupados para mejorar su capacitación profesional y desarrollo personal.

 

Está regulada por el Real Decreto 395/2007 de 23 de marzo, (BOE n. 87, 11/04/2007) y la Orden Ministerial TAS/2307/2007:

 

Acciones formativas de las empresas: son las que las empresas planifican y gestionan para sus trabajadores; utilizan para su financiación la cuantía para formación que se asigna a cada empresa en función de su plantilla.

 

Permisos individuales de formación: tienen por objeto el que los trabajadores puedan realizar acciones formativas reconocidas por una titulación oficial, sin coste para la empresa donde prestan sus servicios.

 

Aplicación bonificaciones

Aplicación de gestión de las Acciones formativas de las empresas:

 

Para las empresas que realicen acciones formativas y permisos individuales de formación se ha desarrollado una Aplicación de Bonificaciones Online que les permite comunicar el inicio y finalización de las mismas.

 

Fundae perteneciente al Sector Público Estatal, es uno de los órganos que componen la estructura organizativa y de participación institucional del subsistema de formación profesional para el empleo.

 

Tiene carácter tripartito y su patronato está constituido por la Administración Pública y por las organizaciones empresariales y sindicales más representativas.

 

Sus responsabilidades se desarrollan en el marco del Real Decreto 395/2007 de 23 de marzo que regula el subsistema de formación profesional para el empleo:

 

  • Asistir técnicamente al Servicio Público de Empleo Estatal. (Organismo autónomo de la Administración General del Estado, adscrito actualmente al Ministerio de Empleo y Seguridad Social  (MEYSS)).

 

  • Contribuir al impulso y difusión de la formación profesional para el empleo entre empresas y trabajadores.

 

  • Prestar apoyo técnico a las Administraciones Públicas y a las organizaciones empresariales y sindicales presentes en los órganos de participación del sistema.

 

TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

 

  • Valida anualmente tanto la plantilla media como la cuota de formación profesional de la empresa en el año anterior.

 

  • Valida la bonificación aplicada “movimiento”

 

  • Valida participantes

 

 

FONDO SOCIAL EUROPEO

 

  • Participa, aunque cada vez en menor cuantía, en la cofinanciación de las iniciativas de formación mediante el Programa Operativo Plurirregional Adaptabilidad y Empleo.

 

 

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Ventajas de bonificar la formación en las empresas:

 

Las empresas pueden recuperar parte de las aportaciones realizadas en el año anterior a la Seguridad Social en concepto de formación profesional.

Invertir en formación para sus trabajadores.

Mayor presupuesto para formación.

Plan de formación adecuado a sus necesidades.

Formación anual.

Empresa y trabajadores, ambos son beneficiarios de las ayudas.

 

Pueden beneficiarse todas las empresas que tengan centro o centros de trabajo en el territorio del Estado español, cualquiera que sea su tamaño o ubicación, que desarrollen formación para sus trabajadores, y que coticen por la contingencia de Formación Profesional a la Seguridad Social.

 

A los trabajadores que van destinadas estas ayudas son:

 

Trabajadores asalariados que prestan sus servicios en empresas privadas.

Trabajadores asalariados de entidades públicas cuando no están incluidas en los acuerdos de formación para las Administraciones Públicas.

Los trabajadores fijos discontinuos en periodos de no actividad.

Trabajadores que accedan a situaciones de desempleo cuando se están formando.

Trabajadores que están acogidos a regulación de empleo en los periodos de suspensión de empleo.

 

 

ROI formación

Resultados: ROI & ventajas competitivas

 

Al invertir en formación: ventaja competitiva, trabajadores mejor formados, mejor imagen de la empresa por parte del trabajador, cultura de la formación.

 

Al no invertir en formación: estas aportaciones a la Seguridad Social se realizarán igualmente.

 

Para poder acceder a la financiación por Formación Profesional Continua sólo tienes que darte de alta en el sistema de bonificaciones a la Formación Continua. Un sencillo trámite en el que podemos ayudarte !

 

Recuerda: La bonificación es sólo un incentivo a la formación al cual todas las empresas que coticen tienen derecho, pero el valor lo aporta la adecuación de las AA.FF. a las necesidades de la empresa.

 


📄 Notas:

  • Deducción de los importes a ingresar en las cuotas a la Seguridad Social por formación profesional continua.
  • Infografía: Cómo calcular el crédito de formación continua.
  • Los trabajadores autónomos no tienen acceso a estas bonificaciones, porque no cotizan por formación profesional.
  • Las empresas dejan sin gastar el 25% del dinero para formación en cincodias.com.

 

Curso: Gestión de bonificaciones por formación profesional continua

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  • Requisitos: Conocimientos básicos de informática e internet.

 

  • Objetivos: Conocer la normativa aplicable a la gestión de bonificaciones. Usar la aplicación telemática. Gestionar eficazmente las comunicaciones, consultas y costes. Optimizar costes.

 

Contenidos:

1. Nuevo modelo de financiación de la formación.

2. Consideraciones previas.

3. Acceso a la aplicación telemática.

4. Fases en la gestión del crédito.

5. Justificación de costes de formación.

6. Aplicación de bonificaciones.

7. Permisos individuales de formación (PIF).

8. Mecanismos de seguimiento y control. 9. Conciliación.

 


* Puedes contactar con nosotros en el 91.510.23.26 o a través del correo electrónico info@consultae.es. (Esta información no está actualizada, puedes consultar artículos relacionados en este blog más recientes).

 

Publicado en: Bonificación Formación Continua | Etiquetas: Entidad organizadora, Servicio bonificaciones formación | 4 Comentarios |
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