Consultoría de formación
  • Inicio
  • Soluciones
    • Consultoría de Formación
    • Auditoría Área Formación
    • Informes y Estudios
    • Outsourcing Administrativo
    • Ayudas & Subvenciones …
    • People Analytics
  • Digitalización
    • Soft Planes de formación
    • ERP Formación
  • Capacitación
    • Formación: Área Capital Humano
    • Curso: Gestión del Crédito de Formación
  • Equipo
    • Casos de éxito
    • RSC
    • Ecosistema
      • Portal para partners
    • Únete al equipo …
  • Blog
    • Bonificación Formación
    • BPO Administrativo
    • BPO Atención al cliente
  • Contacto
    • Condiciones de uso
    • Canal Ético
    • Aviso legal
    • Política de cookies (UE)

Archivo de la etiqueta: Formación bonificada por las empresas

Bonificaciones por formación programada por las empresas.

Gestores externos de formación bonificada

Publicada en 2 marzo, 2023 de Consultae

Gestor externo gestión de bonificaciones

Gestor externo formación programada

 

El sistema de Formación Programada por la Empresas permite delegar la gestión de las bonificaciones con un tercero.

 

Esto puede realizarse a través de las figuras de Gestor Externo o delegando en una Entidad Organizadora.

 

En la primera modalidad, delegamos exclusivamente las tareas administrativas de comunicación de los datos de los cursos a Fundae y generación de la documentación a un proveedor especializado.

 

Para ello, la empresa bonificada tendrá que entrar en su perfil de empresa bonificada y autorizarlo.

 

En el segundo caso, la Entidad Organizadora se encargará de todos los trámites por nosotros.

 

Además de las labores administrativas descritas anteriormente, se ocupa del resto de función de organización de la formación. Tales como búsqueda de formadores, salas, elaboración de contenidos, responsabilidad ante Fundae / SEPE, etc.

 

Es muy recomendable delegar en un tercero con experiencia gestionando planes de formación bonificada que esté especializado.

 

Nuestra recomendación: trabaja con expertos que te garanticen que el trabajo va a estar bien hecho y de forma óptima. Y que en caso de incidencias o devoluciones se hagan cargo de su responsabilidad !

 

Servicios como entidad gestora y organizadora de formación

Nuestros Servicios como Entidad Gestora y Organizadora de Formación:

 

Contamos con un amplio equipo de profesionales con amplia experiencia y dedicación exclusiva a la gestión de bonificaciones.

 

Nos encargamos de realizar la gestión completa de los planes de formación bonificada de nuestros clientes, desde la organización de las acciones formativas hasta que se facilita la información al área laboral para que procedan con la bonificación en los seguros sociales correspondientes.

 

A través de nuestro software de gestión de bonificaciones, los clientes pueden consultar en tiempo real el estado de sus planes, realizar consultas y solicitar informes de forma sencilla, rápida y segura.

 

Además, aportamos un servicio de asesoramiento para acompañar a nuestros clientes en sus procesos de bonificación, gestión y control.

 

Red de expertos en gestión

Accede a nuestra red de expertos en gestión de formación empresarial !

 

Como gestores externos de formación nos ocupamos de la gestión exclusiva de las bonificaciones.

 

Nos encargamos de grabar en la herramienta telemática de Fundae (Aplicación Lanzadera), la información necesaria para poder descontar de los seguros sociales las inversiones en capacitación de las empresas.

 

Funciones de un gestor externo de formación

Entre nuestras labores se encuentran:

 

  • Asesorar sobre la organización y comunicación de los cursos bonificados a Fundae.
  • Generar la documentación de cada acción formativa y sus grupos; tales como la hoja de asistencia (firmas de los alumnos), los cuestionarios de satisfacción, los certificados de aprovechamiento, etc. En este enlace puedes consultar en detalle toda la documentación requerida por Fundae.

 

Todas sus funciones están recogidas en Ley 30/2015 art. 9.3 y 12, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el empleo en el ámbito laboral.

 

«f) Las empresas, además de poder organizar e impartir la formación de sus trabajadores por sí mismas, podrán optar por encomendar la organización e impartición de la formación a entidades externas, en los términos establecidos en los artículos 9.3 y 12»

 

Asimismo, las empresas podrán optar por encomendar la organización de la formación a una entidad externa conforme a lo previsto en el artículo 12. En este caso la impartición de la formación se realizará por una entidad formativa acreditada y/o inscrita en el registro de entidades de formación habilitado por la Administración pública competente a que se refiere el artículo 15.

 

Se considerarán inscritas o acreditadas las entidades homologadas por otras administraciones para impartir formación habilitante para el ejercicio de determinadas actividades profesionales. Ni la actividad de organización ni la de impartición podrán ser objeto de subcontratación.

 

No se entenderá que se ha encomendado la organización de la formación a una entidad externa, cuando la actividad a desempeñar por esta se limite a las funciones de gestión administrativas necesarias para la correcta aplicación de las bonificaciones.

 

Artículo 12. Organización de la formación programada por las empresas para sus trabajadores.

1. La formación regulada en el artículo 9 podrá ser organizada por la propia empresa o bien encomendarse a organizaciones empresariales o sindicales, a estructuras paritarias constituidas en el ámbito de la negociación colectiva que cuenten con personalidad jurídica propia, a asociaciones de trabajadores autónomos y de la economía social o a otras entidades externas, incluidas las entidades de formación acreditadas y/o inscritas en el correspondiente registro habilitado por la Administración pública competente, a que se refiere el artículo 15.

 

 

Dudas frecuentes

¿Quién puede contratarlos?

 

Las empresas bonificadas y los grupos de empresas. Para realizar su labor la empresa les dará permisos para acceder al aplicativo de FUNDAE como usuarios externos y gestores/grabadores.

 

Su función es el control de la bonificación: comunicación en plazo de las acciones y grupos que la empresa realice en la aplicación telemática, comprobación de los requisitos de los alumnos y finalización en el aplicativo, comprobar y aplicar costes, y finalmente, finalizar la formación obteniendo el informe de bonificación para descontar en los seguros sociales.

 

Si la empresa contrata a una entidad externa para la realización de gestiones administrativas para la aplicación de bonificaciones, ¿se considera encomienda de la organización?

 

No, siempre y cuando la actividad de dicha entidad se limite a las funciones de gestión administrativa en la aplicación de bonificaciones.

 

Gestores externos de formación bonificada

Diferencias entre Entidades Organizadores y Gestores Externos de Formación:

 

La figura legal de Gestor Externo, se limita a realizar exclusivamente funciones de gestión administrativa. Por tanto, las empresas pueden delegar o externalizar tareas de comunicación ante Fundae con una empresa especializada (habitualmente consultoría de formación).

 

Para ello, existe un procedimiento desde la propia plataforma de comunicación de Fundae, donde las empresas autorizan como usuarios a terceros.

 

Por otro lado, las Entidades Organizadora se encargan de la organización de las acciones formativas y su bonificación, no pudiendo subcontratar según se indica claramente en la normativa vigente.

 

Entre sus tareas se encuentran:

 

  • Firmar contratos de encomienda u adhesión al plan de formación por parte de las empresas participantes.

 

  • Las comunicaciones de inicio y fin de los cursos.

 

  • Asegurar la adecuación de la capacitación con las necesidades reales de la empresa, además del cumplimiento del resto de requisitos para poder bonificar la formación.

 

  • Contratar a entidades de formación acreditadas y/o inscritas en el Registro de Entidades de Formación para que impartan las AA.FF. del plan de formación programado.

 

  • Generar la documentación de las acciones formativas bonificadas.

 

 

Diferencias entre entidades organizadores y gestores de la formación ... Compartir en X

 

Simplificamos la gestión de la formación

Datos de contacto: consultoría de formación

 

Consultores trámites Fundae

Estrella Herranz Mancera / Directora de Consultoría de formación:

“ Contacta con nosotros, estaremos encantados de escucharte y asesorarte sobre la gestión de planes de formación de empresa! ”

firma Estrella Herranz

Autora: Estrella Herranz

e.herranz@consultae.es / Tlfno.: 91.510.23.26

 

 


📄 Nota: En Consultae ofrecemos nuestros servicios de consultoría de formación a nivel nacional. Por tanto, si estás buscando un partner especializado en la gestión de bonificaciones de formación, no dudes en contactarnos. Estaremos encantados de atenderte.

 

Publicado en: Formación programada por las empresas | Etiquetas: Formación bonificada por las empresas, Formación subvencionada | 2 Comentarios |

Comprobación de bonificaciones aplicadas en ejercicios anteriores

Publicada en 8 junio, 2021 de Consultae

Comprobación de las bonificaciones aplicadas en ejercicios anteriores

Comprobación de las bonificaciones aplicadas en ejercicios anteriores

 

Fundae ha comunicado que ya se han practicado las comprobaciones de las bonificaciones aplicadas por las empresas en 2019.

 

Se han revisado la procedencia y exactitud de las bonificaciones aplicadas en las empresas que no han resultado inspeccionadas.

 

En concreto, se cruzan datos de las bonificaciones practicadas con los datos aportados por la Tesorería General de la Seguridad Social.

 

Estas no conformidades referentes al ejercicio 2019 se suman a las más de 2.500 empresas que han sido notificadas a través del BOE (ver PDF).

 

 

comprobaciones_fundacion_estatal

Cuando el resultado es conforme, podemos consultarlo en la aplicación telemática.

 

Se puede consultar en la aplicación telemática de Fundae centro de Datos de Empresa o Empresas Participantes> Datos Económicos> Comprobación de resultados.

 

Si el resultado no es conforme, se comunica además a las empresas a través del email de contacto, por lo que se recomienda revisar que sea el correcto.

 

Si el beneficiario es una persona física, se recibe por escrito a la dirección indicada o por email si se ha escogido previamente esta vía. Si no se responde se publicará en un medio oficial público (BOE) a modo de anuncios o edictos. Trasladándose tal situación a la inspección de trabajo en caso de siga sin responderse.

 

Anexo no conformidades

Los importes a devolver consecuencia de las no conformidades encontradas se incluyen en un anexo donde se exponen las causas. Esta comunicación no exime de posteriores comprobaciones según los tipificado en la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, R.D.L. 5/2000.

 

Por otro lado, la la Ley 30:2015 resalta la obligación de empresas y entidades organizadoras de formación a «… someterse a las actuaciones de comprobación, seguimiento y control que realicen las Administraciones públicas competentes y los demás órganos de control, asegurando el desarrollo satisfactorio de dichas actuaciones.»

 

Casuística en No Conformidades de Fundae

Casuística en No Conformidades de Fundae

 

Como decimos, para ver los resultados 2019 hay que acceder a los datos económicos y entrar en la pestaña Comprobación de resultados.

 

En principio, pueden darse dos circunstancias;

 

  1. que sea CONFORME, lo que significa que todo lo comunicado y lo bonificación es correcto, desde el punto de vista del importe bonificado y de los trabajadores justificados.

 

  1. O que sea NO CONFORME, en este caso llegará en los próximos tres meses un email al que se tenga indicado en FUNDAE para que en 10 días se descargue en la aplicación del SEPE la no conformidad.

 

Esta no conformidad inicial puede ser por diversas causas:

  • Inspección que se realizó a la formación y no estaba correcta.
  • Los trabajadores finalizados no tengan los datos correctos.
  • Los trabajadores finalizados no estaban en la empresa el primer día de la formación.
  • La cuantía bonificada en los seguros sociales no corresponde con la bonificada en la aplicación

 

También puede suceder que al acceder no esté activada la pestaña Comprobación de resultados, las causas pueden ser:

 

  • La empresa no se ha aplicado ninguna bonificación en los seguros sociales, a pesar de haberlo comunicado en FUNDAE.

 

  • Esté pendiente de inspección, en este caso llegará en los próximos meses.

 

 

 

Entradas relacionadas

Entradas relacionadas:

 

  • Sobre el seguimiento y control de la formación continua. ¿Sabías que todas las iniciativas de formación son objeto de planes anuales de Seguimiento y Control?
    • El SEPE y los órganos competentes de las CC.AA. elaboran un plan anual de seguimiento y control de la formación de demanda, así como un informe sobre su ejecución. Las actuaciones de este plan… Seguir leyendo.

 

  • Seguimiento y control de la ejecución de acciones formativas bonificadas. El Servicio Público de empleo Estatal (SEPE) y la Fundae han comenzado las Acciones de Seguimiento y Control de la Ejecución Acciones Formativas Bonificadas.
    • Novedad! La documentación solicitada es más amplia que años anteriores: Certificado de la AEAT estar sujeto o no a la imputación de IVA. Facturas justificativas de los costes y … Seguir leyendo.

 

 

Auditoría de planes de formación bonificados

Servicio de apoyo y auditoría ante inspecciones internas y externas.

 

Disponemos de un área especializada en la gestión de bonificaciones para cursos de formación. Podemos ayudarte a cumplir con los requisitos exigidos por la inspección del SEPE / Fundae.

 

Para ello, revisamos exhaustivamente los procesos y recursos formativos asegurándonos que cumplan todos los requerimientos que por nuestra experiencia como Entidad Organizadora de Formación Continua y Consultora especializada en la gestión de planes de formación conocemos.

 

Realizamos auditorías internas para anticipar no conformidades y realizamos la defensa de las auditorías e inspecciones externas del SEPE / Fundae.

 

 

 

 

Publicado en: Bonificación Formación Continua | Etiquetas: Bonificaciones consultora, Formación bonificada por las empresas | Deja un Comentario |

Tipos de seguimientos de las Acciones Bonificadas

Publicada en 6 mayo, 2020 de Consultae

 

fundae alegaciones

Seguimiento de los curso bonificados

 

A finales del primer semestre del año, suelen comenzar las labores de comunicación del seguimiento de las cantidades bonificadas en los seguros sociales y del resultado de los controles Ex Post, de la formación bonificada por parte de Fundae / SEPE.

 

Por ello, es necesario comprobar en la aplicación lanzadera que los datos de la persona de contacto están actualizados, sobre todo su email, donde llegará la notificación electrónica.

 

 

🔎 La Fundación Estatal para la Formación en el Empleo (Fundae) realiza diversas modalidades de seguimiento sobre las acciones bonificadas cada año.

 

 

Servicio de ayuda para respuestas a requerimientos de formación bonificada

Tipos de seguimientos de las Acciones Bonificadas:

 

1. Mediante el envío de un email directamente a los participantes. Desde 2015 la Fundación solicita el email del participante junto al resto de datos para su finalización en la aplicación telemática.

 

Al hacer clic en el enlace del email recibido aparecen los siguientes datos:

  • Nombre de la acción formativa,
  • Nº de expediente,
  • Número de acción y grupo,
  • Fecha de inicio y fin,
  • Modalidad
  • y Duración del curso.

 

Además tiene tres ítems a los que responder:

 

1. Si ha asistido al curso.

2. Si está satisfecho con el curso.

3. y en caso de no haber asistido indicar el motivo.

 

Adjuntamos una captura del modelo de formulario web:

seguimiento_alumnos

Además de esta acción de seguimiento y control el Servicio Público de Empleo Estatal realiza otras actuaciones de comprobación a las muestras aleatorias de empresas que comunican formación a través de la aplicación:

 

 

2. Visitas de seguimiento a los grupos formativos comunicados. La inspección se persona en el lugar de impartición durante la realización del curso para verificar, recoger pruebas físicas y realizar entrevistas con los responsables, alumnos y formadores.

 

 

3. En teleformación, se requiere información y documentación, registro de accesos a la plataforma de teleformación.

 

 

4. Los seguimientos de las evaluaciones de satisfacción de los alumnos. Los órganos competentes requerirán los cuestionarios de evaluación de calidad de las acciones formativas en la empresas cumplimentados por los alumnos. Con el fin de evaluar el aprovechamiento del curso, en conformidad con lo dispuesto en los artículo 21.2 de la Ley 30/2015 y 28.2 de la Orden TAS/2307/2007.

 

Los cuestionarios requeridos se selecciona de manera aleatoria sobre el conjunto de grupos finalizados. Actualmente la remisión de dicha información se realiza de manera telemática utilizando un formulario online habilitado al efecto.

 

  • En Inicio / Empresas y organizaciones / Formación programada por las empresas / Documentación hay un Manual de ayuda.

 

 

5. Requerimientos de documentación justificativa de las acciones formativas.

 

Por ello, se recomienda custodiar la documentación justificativa de la realización de los cursos durante al menos 4 años a partir de 2010 (de 2007 a 2009 hay que mantenerlo hasta 2020 porque estaba cofinanciado por el FSE).

 

 

6. Documentación relativa a nuevos centros de trabajo que se dan de alta en la aplicación en el año.

 

Las empresas que siendo objeto de seguimiento y control no cumplan los requisitos previstos verán disminuido su crédito en la cuantía comunicada. Y además estarán expuestas a posibles sanciones dispuestas en la normativa vigente.

 

 

Entradas relacionadas:

 

  • Tips sobre el seguimiento y control de la formacion bonificada por Fundae.

 

 

Difusión del sistema de formación bonificada

Estrella Herranz Mancera Directora de Consultoría de RR.HH. de Consultae: «Para cualquier duda o contratiempo que os pueda surgir en el proceso de justificación, podéis poner en contacto con nosotros y os ayudamos a gestionarlo.

 

Contacta con nosotros te asesoramos sobre la gestión del crédito de formación de tu empresa.” e.herranz@consultae.es / 915102326.

 

 


📄 Notas:

 

  • Actuaciones de seguimiento en las Iniciativas de Formación Programada por las empresas.

 

  • ¿Dónde consultar los resultados alegaciones presentadas ante Fundae?

 

 

Publicado en: Consultoría bonificaciones, Formación programada por las empresas | Etiquetas: Formación bonificada por las empresas, Formación subvencionada, fundae alegaciones | Deja un Comentario |

Nueva declaración responsable para entidades de formación

Publicada en 27 mayo, 2017 de Consultae
Nueva declaración responsable centros de formación continua

– Fundae declaración responsable –

Declaración responsable para entidades de formación

 

Resumen de la Orden ESS/723/2016, de 9 de Mayo, por la que se desarrolla el modelo específico de declaración responsable:

 

El 9 de mayo de 2016 se publico la Orden ESS/723 (modelo de declaración responsable) que desarrolla el modelo específico de declaración responsable para su presentación por entidades de formación para la impartición de formación distinta de las especialidades previstas en el Catálogo de especialidades formativas.

 

Ya está disponible el modelo online para presentar la declaración responsable, cuyo formato incluye la propia orden como anexo.

 

BOE Entidades de formación

Aplicación e interpretación de la orden:

 

«Se han generado muchas dudas de aplicación para casos particulares. Después de varios días contrastando la información publicada podemos indicar los siguientes puntos:»

 

¿Quién tiene que presentar la declaración responsable?

 

Según lo establecido en el artículo 12 de la Ley 30/2015 de 9 de septiembre, toda entidad de formación que imparta formación a empresas que encomienden la formación de sus trabajadores a una entidad organizadora (externa).

 

No tienen que presentar esta declaración:

 

Centros de formación contratados directamente por las empresas que organicen directamente la formación para sus empleados (empresas bonificadas).

 

Donde realizar la inscripción (art 15.2 Ley 30/2015, de 9 de septiembre):

 

  • Se realizará en la Comunidad Autónoma en la que radiquen las instalaciones y los recursos formativos de la entidad de formación.

 

  • Si dispone de instalaciones y recursos formativos en más de una Comunidad, entonces la inscripción se realizará en el Servicio Público de Empleo Estatal.

 

  • Para la teleformación o mixta nos indica el artículo 2 que se inscribirá en la Comunidad Autónoma donde estén ubicados los centros de la entidad de formación donde se desarrollen las sesiones presenciales y/o pruebas de evaluación final presenciales. Si están ubicados en más de una Comunidad la inscripción se realizará en el Servicio Público de Empleo Estatal.

 

 

Cómo presentar el modelo de declaración responsable:

 

  • Presentar la declaración ante el Servicio Público de Empleo Estatal.
    • Se presentará exclusivamente por medios telemáticos.
    • Mediante aplicación telemática.
    • Plazo máximo: 1 mes (hasta el 15 de junio).

 

  • Presentar la declaración ante la Comunidad Autónoma.
    • En este momento no está determinado por cada Comunidad Autónoma
    • Se presentará el modelo aprobado
    • Mientras tanto para cumplir el requisito de presentación se realizará en la aplicación habilitada por el Servicio Público de Empleo Estatal.

 

  • Presentar la declaración responsable de forma presencial: solo se podrá presentar hasta el 15 de junio de 2016 ante las Administraciones competentes. Y posteriormente tendrá que presentarse telemáticamente para ser válido.

 

Una vez inscritas las empresas se les asignará un código único y distintivo para esta actividad que se comunicará a cada entidad registrada. Al final de la inscripción se generan dos ficheros PDF uno con los datos registrados y otro con el código.

 

Para validar las declaraciones anteriores presentadas por los centros de formación:

 

Hay que presentar una nueva declaración según el nuevo modelo y se hará constar fecha y administración en la que se entregó la declaración responsable anterior. Se podrá considerar como fecha válida la inicial y presentar hasta 3 meses después (hasta el 15 de agosto).

 

Formulario declaración responsable para centros de formación

 

El 15/08/16 finaliza el plazo de adecuación de la Declaración Responsable para entidades de formación (formulario online) Compartir en X

 

 

Periodo de validez de la declaración presentada.

 

  • Toda empresa que imparta formación a una empresa que encomiende la formación a una entidad organizadora (externa) tendrá que presentar la declaración con anterioridad al comienzo dela formación.

 

  • Si la declaración se presenta antes del 15 de junio, la validez de las formaciones realizadas serán desde el 24 de marzo de 2015 hasta el 15 de junio de 2016.

 

Encontramos las instrucciones para cumplimentar la declaración y una referencia a la Orden ESS/723/2016 de 9 de mayo, en “Documentación Formación Programada por las Empresas” en el apartado “Inscripción sin Especialidad”.

 

 

Enlace: fundaciontripartita.org

Centros de formación continua

 

Aplicación Telemática para la inscripción de las entidades de formación:

 

Está en el menú de la derecha “utilidades” al final entrar en “Inscripción sin Especialidad” de la página empresas.fundaciontripartita.org.

 

Centros de formación sin especialidad

 

Infracciones y sanciones

  • La inexactitud o falsedad en los datos.
  • Incumplimiento de requisitos, obligaciones y compromisos establecidos.

 

Determinará:

  • No poder continuar como entidad de formación para impartir formación en formación programada por las empresas. (art 3.3 Orden ESS/723/2016 de 9 de mayo).

 

La no presentación de la declaración responsable por  todas  aquellos centros de formación que impartieron alguna formación desde marzo de 2015 a empresas en agrupación mediante entidad externa (organizadora), se considerará una infracción muy grave (art. 21.Seis “modificación 16.5” RDL 4/2015, de 22 de marzo).

 

 

 


📄 Notas:

  • Disponibles las respuestas a las cuestiones planteadas a la Fundación Estatal en el siguiente enlace fundaciontripartita.org.
  • La adecuación (Orden ESS/723/2016, de 9 de mayo, disposición adicional primera) es para los centros de formación  que se registraron (hasta el 15 de junio) mediante declaración firmada  ante cualquier Administración competente (en papel) y tienen hasta el 15/08 para inscribirse vía telemática.
  • Las entidades organizadoras gestionan el crédito de formación de las empresas realizando labores de comunicación a de Fundae (anteriormente Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo).

 

Publicado en: Formación programada por las empresas | Etiquetas: Declaración responsable centros de formación, Formación bonificada por las empresas, Formación subvencionada | 5 Comentarios |

Rectificaciones de la Ley 30/2015, de 9 de septiembre

Publicada en 28 diciembre, 2015 de Consultae

comprobaciones_fundacion_estatalEl SEPE ‏ha publicado el 23 de diciembre de 2015 una corrección de errores de la Ley 30/2015*, de 9 de septiembre, que regula Sistema de Formación Profesional para empleo en ámbito laboral. Enlace al BOE.

Referencia de las rectificaciones publicadas en el BOE:

  • En la página 79801, artículo 15, apartado 1, primer párrafo, sexta línea, donde dice: «… que impartan formación sus trabajadores…», debe decir: «… que impartan formación a sus trabajadores…».
  • En la página 79814, disposición final segunda, primera y segunda líneas, donde dice: «… la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, organizará en el seno de la Dirección…», debe decir: «… la Inspección de Trabajo y Seguridad Social organizará, en el seno de la Dirección…».

Notas:

  • Enlace al PDF con el Texto original de la Ley 30/2015 publicado en el BOE.
  • La Ley 30/2015 actualizó al anterior modelo de formación profesional para el empleo regulado por el Real Decreto-ley 4/2015.
  • Todos pendientes del desarrollo reglamentario de la nueva Ley de Formación para el Empleo en observatoriorh.com.
Publicado en: Formación programada por las empresas | Etiquetas: Formación bonificada por las empresas | Deja un Comentario |

Autorización de uso de marca y logotipo de la FTFE

Publicada en 8 junio, 2012 de MC Jiménez

Autorización de uso de marca y logotipo de la FTFE

Introducción al uso de la marca gráfica

 

(Artículo actualizado sobre el uso de la marca gráfica de Fundae)

 

Para la inclusión del logo de la F.T.F.E. en la web o en el material publicitario y didáctico de los centros de formación y de entidades organizadoras se debe solicitar previamente autorización.

 

esta normativa se aplica indiferentemente tanto a planes de oferta como de demanda.

 

 

Indicaciones de la FTFE respecto al uso de su marca (Actual Fundae).

En las acciones de difusión o publicitarias la FTFE advierte que el logotipo será inferior al de la entidad solicitante y deberá incluirse junto al mismo la frase:

 

“La Fundación Tripartita participa en la gestión de las ayudas para financiar las acciones de formación profesional para el empleo dirigidas a empresas y trabajadores pero, en ningún caso, las organiza ni las imparte.”

 

Junto a nuevas especificaciones debido a que el FSE ya no participa como antaño financiando parte del coste de las AA.FF.: “En cualquier caso se deberá suprimir cualquier referencia al Fondo Social Europeo, incluido su logotipo, al no participar en la financiación de las acciones de Formación Profesional para el Empleo gestionadas por la Fundación Tripartita.”

 

Por lado, la FTFE advierte de algunas malas prácticas*: “No se autoriza el uso del logotipo de la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo en tarjetas.”

 

Las versiones del logotipo autorizadas por la Fundación y las reglas de cumplimiento en su utilización están indicadas en el siguiente enlace web fundaciontripartita.org.

 

En virtud de la legislación vigente sobre protección de marcas, la Fundación Tripartita indica que en cualquier caso “se reserva el derecho de revocar, en todo momento, esta autorización si considera que se está realizando un uso indebido de la marca.”

 

 

Actuaciones de oficio.

Es habitual que la FTFE realice inspecciones de websites y revise y actúe frente a campañas de marketing y publicidad que realicen un uso abusivo de su marca. También es frecuente que consideren diferentes denuncias de terceros en su buzón de atención al cliente.

 

 

Publicidad en buscadores.

Ciertas prácticas como aparecer en motores de búsqueda de Internet como Google o Bing con textos publicitarios engañosos o que puedan inducir a confusión de entidades privadas con la propia Fundación Estatal también son perseguidas y estudiadas para la realización de las oportunas acciones legales. Y lo cierto es que basta con teclear Fundación Tripartita en Google por ejemplo para observar ciertas irregularidades en los anunciantes.

 

 

También te puede interesar:

 

✔ Documentación generada en el procedimiento de formación continua bonificada y la utilización de marcas gráficas.

 

 

✔ Obligaciones de las Entidades Organizadoras de Formación Continua.

 

 

 

Este tipo de limitaciones de uso suele ser similar al resto de marcas gráficas de la administración pública, tales como el INEM o el SEPE.

 

 


📄 Notas: Actualmente el logo de la Fundación Estatal para la Formación Continua está en renovación. A 03/05/2016 en el sitio oficial de la Fundación no se encuentra la descarga del nuevo logo en alta resolución, aunque se ver el nuevo diseño en el modelo de listado de asistencia o cuestionario de evaluación, y es de baja resolución. Estamos a la espera de noticias al respecto.

 

Publicado en: Ayudas & Subvenciones, Crédito formación continua, Formación Profesional Continua | Etiquetas: Ayudas y Subvenciones, Formación bonificada por las empresas, Formación organizada por las empresas, fundae empresas | 1 Comentario |

¿Qué es una Entidad Organizadora de Formación Continua?

Publicada en 3 abril, 2012 de Consultae

¿Qué es una Entidad Organizadora de Formación Continua?

Entidad Organizadora de Formación Continua

 

Una entidad organizadora de formación bonificada es una empresa privada experta en la gestión de formación, que agrupa a un colectivo de empresas asesorándoles en la impartición de formación profesional continua y en la gestión del crédito de formación.

 

Las agrupaciones de empresas se constituyen de manera oficial a través de los convenios de agrupación (contratos de participación en la agrupación).

 

Puedes consultar un modelo de convenio de agrupación de empresas en la actual web de Fundae.

 

Requisitos para ser entidad organizadora de formación bonificada

Requisitos para ser entidad organizadora de formación bonificada

 

Las entidades organizadoras deben cumplir como requisito tener en su actividad empresarial la impartición de formación o tenerla incluida en su objeto social con anterioridad al 1 de enero de 2003. Sin embargo si la entidad organizadora es a la vez empresa participante en la acción formativa no necesitará cumplir éstos requisitos.

 

Este convenio constituye una agrupación de empresas para gestionar conjuntamente la formación continua de los trabajadores. En él se designa a una empresa como Entidad Organizadora con las siguientes obligaciones:

 

Resumen de obligaciones:

 

Tramitar las comunicaciones de inicio y fin de la formación (a través de la plataforma de Fundae).

Colaborar con los organismos públicos en las acciones de evaluación, seguimiento y control.

Custodiar el Convenio de Agrupación.

Coste del servicio como entidad organizadora.

Adhesión de otras empresas y requisitos, si fuesen necesarios.

Tramitar bajas de empresas agrupadas del Convenio.

 

Se pueden acordar otras obligaciones entre las empresas participantes y la entidad organizadora, como determinados aspectos sobre la logística de la formación.

 

Además de las funciones señaladas anteriormente, la entidad organizadora, podrá desarrollar aquellas otras que las partes acuerden relacionadas con:

 

La planificación de las acciones formativas a realizar.

La selección de centros de impartición, los permisos individuales de formación (planes PIF).

La programación del calendario de impartición.

Impartición de la formación.

Cualquier otra que contribuya a facilitar el desarrollo de la formación.

 

Puedes ampliar el contenido sobre las obligaciones designadas a la entidades organizadoras en el R.D. 395/2007, órdenes que la complementan en el modelo de acuerdo que la Fundación Tripartita pone a disposición pública en su web fundaciontripartita.org/almacenV/

 

Las obligaciones de las empresas agrupadas están recogidas en la Orden TAS 2307/2007 (ver art. 5 y preceptos concordantes), pudiendo incluirse aspectos particulares entre las partes según lo establecido en el art. 17.2 de Orden.

 

 

Más información

Más información

 

Puedes ampliar información en la página oficial de la Fundación Tripartita fundaciontripartita.org/orientacion/entidades_organizadoras.htm.

 

Este enlace incluye un Buscador de Entidades Organizadoras, los requisitos necesarios para ser entidad organizadora, una recopilación de las funciones de las entidades organizadoras, en qué consiste un convenio de agrupación, el acceso a la aplicación telemática y diversos documentos de consulta.

 

Actualización: Documentación para ser entidad organizadora de la formación (Ley 302015).

 

 


📄banner_formacion Notas: En Consultae ofertamos un curso online sobre Gestión de bonificaciones por formación continua 2015 (nivel avanzado) que te permitirá conocer todo lo necesario para actuar como entidad organizadora de formación continua.

 

Está dirigido tanto a empresas organizadoras de formación dentro de grupos empresariales o centros de formación con formación abierta. Lo han realizado gran número de empresas a los largo de éstos últimos años con total satisfacción.

 

Con quince años de experiencia, estamos especializados en la Gestión de bonificaciones por formación continua ante la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo (FTFE). Actual Fundae (Revisar artículos más actualizados, ya que ha cambiado la normativa).

 

Publicado en: Crédito formación continua | Etiquetas: Entidad Organizadora Fundación Tripartita, Formación bonificada por las empresas, fundae empresas, Requisitos Entidad organizadora | Deja un Comentario |

Datos necesarios para comunicar acciones formativas de modalidad TELEFORMACIÓN

Publicada en 30 diciembre, 2010 de Consultae

aplicacion_telematica_ftfe

Datos necesarios para comunicar acciones formativas

 

La F.T.F.E. ha abierto la aplicación telemática para comunicar las bonificaciones de las acciones formativas para el periodo 2011.

 

Os informamos de los cambios en los datos requeridos para las Acciones Formativas de modalidad de TELEFORMACIÓN:

 

1. Datos completos de la empresa gestora de la Plataforma: CIF, Nombre, Dirección completa y teléfono.

2. Datos de tutor: DNI, Nombre y Apellidos, días de tutorías y horario (obligatorio como mínimo cumplir de tutorías al menos las horas comunicadas por el curso).

3. Dirección URL, usuario y contraseña, para que el inspector pueda acceder a la plataforma y verificar que el curso se está impartiendo.

 

Como podéis ver este año ya no piden datos de la empresa formadora, sino de la empresa gestora de la Plataforma.

 

Con todo esto, nos resulta importante resaltar estos datos y que tengáis especial atención a la hora de contratar este tipo de cursos por los siguientes temas:

 

– Es necesario que estas empresas os puedan facilitar al finalizar el curso un reporte de horas de conexión y de trabajo del alumno.

 

– Es necesario que os den la dirección y un usuario y contraseña para poder entrar a la Plataforma.

 

Como sabemos que algunas empresas tienen reparos a la hora de facilitar estos datos, creemos necesario que lo tengáis en cuenta, ya que sino estos cursos no podrán ser bonificados por la Fundación Tripartita en el año 2011.

 

Publicado en: Bonificación Formación Continua, Formación Profesional Continua | Etiquetas: Formación bonificada por las empresas | Deja un Comentario |
Servicio Gestión Bonificaciones Fundae 2024
Servicio Gestión de Bonificaciones por Formación Profesional Continua:

Formulario de contacto ...

Formación Bonificada

Directora de consultoría de formaciónEstrella Herranz / Directora de consultoría de formación "Te asesoramos sobre la gestión del crédito de formación." Contacta ahora !
Aplicativo Cargas Masivas XML Fundae

ERP Formación

Mari Carmen Jiménez Maricarmen Jiménez / Responsable de desarrollo de Sofmetry:

“Con Softmetry obtienes el máximo rendimiento de la información relativa al área de formación de manera sencilla y económica.” Ver demo !
advertising

Curso Formación Bonificada

advertising Ver más información del curso ...

Novedades:

  • La Metodología de Diseño Instruccional ADDIE
  • Colaboraciones & Acuerdos !
  • Metodología OKR
  • Convocatoria de Ayudas: Kit Consulting
  • Convierte tu oferta formativa en bonificable
  • Consultora de formación bonificada en Madrid
  • Retos Empresariales que una Consultora Fundae Puede Resolverte
  • Consultoría Bonificaciones Fundae en Barcelona
  • Caso de Éxito: Adaptación de Contenidos a Fundae con Consultae
  • Forjando el Futuro del Trabajo a través de la Capacitación

Categorías

  • Ayuda con trámites
  • Ayudas & Subvenciones
  • Bonificación Formación Continua
  • BPO Administrativo
  • Capacitación
  • Cargas masivas XML
  • Casos de éxito
  • Consultoría bonificaciones
  • Consultoría de formación
  • Contratación y Laboral
  • Crédito formación continua
  • Cursos RRHH online
  • Desarrollo del Capital Humano
  • Externalización SS.GG.
  • Fiscalidad y Seguridad Social
  • Formación bonificada
  • Formación de oferta
  • Formación en las empresas
  • Formación online gestión del Capital Humano
  • Formación Profesional Continua
  • Formación programada por las empresas
  • Innovación Capital Humano
  • Líneas de financiación
  • Management
  • Noticias, eventos y citas
  • Ofertas de trabajo
  • Outsourcing Formación
  • Planes de formación
  • Plantillas y ejemplos
  • Ratios y medidas RRHH
  • Selección
  • Servicio de recepción
  • Sin categoría
  • Software de RRHH
  • Software para formación
  • Tendencias RRHH
Solicitud de Propuesta Servicios Profesionales ...
88x31 CC BY-NC-ND 3.0

Contenidos creados por Consultae bajo licencia Creative Commons Reconocimiento-No comercial-Sin obras derivadas.

Los contenidos propios están protegidos en el Registro de la Propiedad Intelectual.

Las marcas, nombres comerciales, logotipos o símbolos de terceros, citados en este website, son propiedad de sus respectivos titulares.

Política de permisos:

 

> Marco Legal

 

> Condiciones de Uso

 

> RSC

 

> Acerca de …

 

Al utilizar este sitio, aceptas el uso que hacemos de las cookies.

Nuestro éxito, testimonio de calidad de servicio !

Lo importante para nuestros clientes, también lo es para nosotros !
© Externalización Formación & Servicios Administrativos
Gestionar el Consentimiento de las Cookies
Para ofrecer las mejores experiencias, utilizamos tecnologías como las cookies para almacenar y/o acceder a la información del dispositivo. El consentimiento de estas tecnologías nos permitirá procesar datos como el comportamiento de navegación o las identificaciones únicas en este sitio. No consentir o retirar el consentimiento, puede afectar negativamente a ciertas características y funciones.
Funcional Siempre activo
El almacenamiento o acceso técnico es estrictamente necesario para el propósito legítimo de permitir el uso de un servicio específico explícitamente solicitado por el abonado o usuario, o con el único propósito de llevar a cabo la transmisión de una comunicación a través de una red de comunicaciones electrónicas.
Preferencias
El almacenamiento o acceso técnico es necesario para la finalidad legítima de almacenar preferencias no solicitadas por el abonado o usuario.
Estadísticas
El almacenamiento o acceso técnico que es utilizado exclusivamente con fines estadísticos. El almacenamiento o acceso técnico que se utiliza exclusivamente con fines estadísticos anónimos. Sin un requerimiento, el cumplimiento voluntario por parte de tu Proveedor de servicios de Internet, o los registros adicionales de un tercero, la información almacenada o recuperada sólo para este propósito no se puede utilizar para identificarte.
Marketing
El almacenamiento o acceso técnico es necesario para crear perfiles de usuario para enviar publicidad, o para rastrear al usuario en un sitio web o en varios sitios web con fines de marketing similares.
Administrar opciones Gestionar los servicios Gestionar {vendor_count} proveedores Leer más sobre estos propósitos
Ver preferencias
{title} {title} {title}