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Archivo de la categoría: Bonificación Formación Continua

Cuestiones relacionadas con la gestión de las bonificaciones por formación continua en las empresas. (Actualmente formación programada por las empresas.)

¿Qué es la Formación bonificada y cuáles son sus ventajas?

Publicada en 17 noviembre, 2019 de Consultae

 

Ventajas de bonificar la formación de empresa

 

Toda empresa con al menos un trabajador que cotice por formación profesional continua tiene derecho a deducirse de sus seguros sociales la totalidad o parte de las inversiones realizadas en capacitar a su plantilla. Siempre y cuando cumpla con unos determinados requisitos que pasamos a enumerar …

 

  • ¿ Qué es la Formación bonificada en las empresas y cuales son sus ventajas?

 

  • Consultar el crédito de formación bonificada.

 

  • Requisitos para bonificar formación.

 

  • Delegar en una Entidad Organizadora de formación continua.
    • Ventajas de contar con el apoyo de una empresa consultora.

 

  • Ayuda con requerimientos y alegaciones.

 

  • Cierre de bonificaciones.

 

  • ¿Cómo reservar el crédito de formación?

 

 

No pierda esta oportunidad de capacitar a su equipo de trabajadores a coste cero. Como consultora de formación, podemos asesorarle para optimizar la gestión de su crédito de formación con total garantía!

 

Entrada relacionada:

 

 

  • Simplifica la gestión del área de formación con la ayuda de un consultor: Ventajas de contar con el apoyo de una empresa consultora.

 

 

¿Qué es la Formación bonificada y cuáles son sus ventajas? Compartir en X

 

 

Resolvemos todas tus dudas sobre formación bonificada:

 

«Ayudamos a nuestros clientes con sus preguntas frecuentes incluso con sus SAQs, las preguntas que deberían hacer pero que no tienen suficiente información para realizarlas.»

20 años de experiencia y miles de clientes satisfechos nos avalan!

 

Publicado en: Crédito formación continua | Etiquetas: Bonificaciones formación | Deja un Comentario |

Comunicación en el BOE de las diferencias detectadas en bonificaciones

Publicada en 24 septiembre, 2019 de Consultae

 

Diferencias detectadas en bonificaciones por formación…

 

Procedimiento de comunicación de la Subdirección General de Políticas Activas de empleo, sobre la comprobación de diferencias detectadas en las bonificaciones por cuotas de formación profesional para el empleo practicadas en los boletines de cotización a la seguridad social.

 

Se publica en el BOE tras el intento de envío por email de la comunicación para su descarga, sobre los años revisados.

 

Toda empresa que conozca sobre estas diferencias en los años indicados  y no haya recibido notificación alguna, recomendamos que consulte estos listados.

 

 

Notificación tipo de Fundae por notificación infructuosa:

 

 

Estimado/a Sr/a:

 

«El correo que usted ha recibido es un aviso de la próxima publicación en el Tablón Edictal (TEU), después de haber intentado infructuosamente notificar a su empresa, los resultados de la comprobación de las diferencias detectadas en las bonificaciones por formación.

 

Una vez producida la publicación, para disponer del contenido de la comunicación, deben seguir los siguientes pasos:

 

1. Acceder a la sede electrónica del Servicio Público de Empleo Estatal con el certificado digital de persona jurídica de la entidad, o bien de persona física si se trata de autónomo y descargarse la comunicación.

 

2. Acceder al detalle de las causas que ocasionan las diferencias, copiando el CSV que figura en la hoja 2 de la comunicación, en el siguiente enlace.

 

Una vez dispongan de toda la información, dispondrán un plazo de 10 días:

 

– Para efectuar el pago a que dicha notificación se refiere, en el número de cuenta IBAN: ES32 9000 xxxx xxxx xxxx xxxx, BIC: ESPBESMM del Banco de España, a nombre del Servicio Público de Empleo Estatal, debiendo indicar el número de expediente
o
– Presentar alegaciones, accediendo al espacio oportuno con su certificado digital.

 

Atentamente.

Fundación Estatal para la formación en el Empleo
Unidad de Servicio al cliente y Orientación

 

 

 

Una vez realizado la devolución en la cuenta del Banco de España, hay que adjunto el certificado bancario a través de un acceso directo en la aplicación lanzadera de Fundae.

 

Procedimiento de devoluciones por bonificaciones indebidas

 

Solicita identificarse a través del certificado digital, bien personal o jurídico de la empresa bonificada. También se le permite realizar este trámite a la entidad organizadora.

 

Se debe aclara a que año corresponde el retroceso, así como asegurarse de identificar a la empresa que realiza la devolución, CIF, datos de la transferencia, importe, referencia a la notificación recibida y posibles aclaraciones.

 

 

Procedimiento: Devoluciones de bonificaciones indebidas al Banco de España Compartir en X

 

 

Publicado en: Bonificación Formación Continua, Crédito formación continua, Formación bonificada | Etiquetas: devoluciones banco de españa, fundae alegaciones | Deja un Comentario |

Gestión de Formación bonificada para empresas

Publicada en 22 julio, 2019 de Consultae

 

Gestión de Formación bonificada para empresas

Formación bonificada, ¿qué es y cómo acceder a ella?

 

Una parte muy importante dentro del desarrollo estratégico del plan de formación de una empresa es su financiación, y a este respecto, ¿cómo gestionar las ayudas y subvenciones oficiales para la formación?

 

Considerando que, todas las empresas que cotizan en el Régimen General de la Seguridad Social por la contingencia de formación que les da derecho a disponer de un crédito para financiar acciones formativas programadas para la mejora de la competitividad de sus trabajadores.

 

A través de descuentos en el importe de los seguros sociales la Administración Pública fomenta la formación continua en España.

 

Este crédito de formación financia parte o incluso la totalidad del coste de las acciones formativas que cumplan con unos determinados requisitos.

 

 

 

📌 Te ayudamos a descontar el máximo bonificable del importe que abonas mensualmente en tus seguros sociales.

 

 

 

¿Qué son las bonificaciones por formación?

 

Es una iniciativa creada para mejorar la capacitación profesional y desarrollo personal de los trabajadores.

 

Conseguir una mayor promoción e integración social de los trabajadores así como una mejora de la competitividad de las empresas, mediante la cual las empresas verán minimizados los costes de formación que ofrezcan a sus empleados.

 

Las empresas disponen de un crédito para la formación de sus trabajadores, fruto de las aportaciones realizadas por la empresa y los trabajadores a la Seguridad Social, por la contingencia de Formación Profesional.

 

Justificando y comunicando adecuadamente la formación recibida por la plantilla se consigue restar las cantidades invertidas de la cuota de la Seguridad Social.

 

 

📌 Cada empresa sea cual sea su tamaño, actividad o ubicación puede elegir qué formación quiere hacer, el único requisito es que esta formación tenga una relación directa con la actividad de la empresa.

 

 

La bonificación que le corresponda a la empresa una vez realizada la formación (NUNCA ANTES), será restada de los pagos que esta realiza a la Seguridad Social a través de los seguros sociales que paga mensualmente.

 

Para tener derecho a la formación bonificada o cursos bonificados el alumno debe haber cubierto al menos un 75% de asistencia a la formación. En este enlace puedes consultar los Requisitos para que la formación online sea bonificable.

 

 

¿Qué empresas pueden beneficiarse de la formación bonificada?

 

Todas las empresas que tengan centros de trabajo en el territorio estatal, cualquiera que sea su tamaño o ubicación, que desarrollen formación para sus trabajadores, y que coticen por la contingencia de Formación Profesional a la Seguridad Social.

 

Las empresas deben estar al corriente con la Administración para poder acceder a la formación bonificada.

 

 

¿Quién puede beneficiarse de la formación bonificada?

¿Qué trabajadores pueden beneficiarse de la formación bonificada?

 

Todos aquellos que coticen a la Seguridad Social por la contingencia de formación profesional, incluidos:

 

  • Trabajadores por cuenta ajena.
  • Fijos discontinuos periodo de no ocupación.
  • Los que acceden a situación de desempleo cuando se encuentren en periodos formativos.
  • Trabajadores acogidos a regulación de empleo en sus periodos de suspensión de empleo por expediente autorizado.
  • ¿Qué trabajadores NO se pueden beneficiar?
  • Todos aquellos que NO coticen a la Seguridad Social por la contingencia de formación profesional: Autónomos y trabajadores del régimen especial del Mar.
  • Personal al servicio de las administraciones públicas.

 

 

Cálculo del crédito de formación bonificada

¿Cuál es el crédito formativo para cada empresa?

 

Cada empresa dispone de un crédito anual para financiar las acciones formativas, en función de la cantidad ingresada como contingencia común en concepto de formación profesional durante el año anterior y la plantilla media de los trabajadores.

 

Existe un crédito mínimo para las empresas que es de 420 euros anuales para formación.

 

 

Cálculo de la formacion bonificada

Calcula tu crédito disponible por formación bonificada!

 

Como empresa de gestión de formación bonificada, desde Consultae, simplificamos los procesos, hacemos sencillo lo complicado, ofrecemos un servicio transparente, os asesoramos y guiamos en todo aquello que necesites con respecto a la formación bonificada.

 

Servicio de formacion bonificada

 

Tratamos de acercar a cualquier empresa el sistema creado, darle difusión, ya que multitud de empresas lo desconocen.

 

Ponemos a vuestra disposición nuestros medios y conocimientos, para que la formación resulte viable económicamente. La capacitación es una gran inversión ya que faculta a trabajadores y empresas para lograr sus objetivos.

 

 

Gestión de Formación bonificada para empresas ... Compartir en X

 

 

Ofrecemos soluciones para gestionar el crédito de formación de las empresas y gestionar el plan de formación de las compañías de manera segura y eficiente.

 

Bonificación de la formación programada segura y eficaz

 

Solucionamos la Gestión de Formación Bonificada para las empresas de manera eficaz y segura!

 

Publicado en: Bonificación Formación Continua, Formación bonificada, Formación programada por las empresas | Etiquetas: bonificar formacion, fundae tramites | Deja un Comentario |

Recopilación de obligaciones de las Entidades Organizadoras de Formación Continua

Publicada en 12 mayo, 2019 de Consultae

Obligaciones de las Entidades Organizadoras de Formación

¿Qué obligaciones e implicaciones legales tienen las Entidades Organizadoras de Formación Continua?

 

A continuación, indicamos algunas de las obligaciones para realizar una adecuada bonificación de la formación programada por las empresas.

 

 

Plazos Fundae

1. Plazos de abono de las facturas.

 

Las empresas que utilicen el crédito de formación por formación continua deben conocer que se les exigen tener  abonadas con anterioridad a la bonificación todas las facturas de la acción formativa, incluyendo la de la Entidad Organizadora.

 

No confundir, con lo dispuesto en RD 4/2013 sobre las condiciones generales de facturación cliente-proveedor.
Donde como norma general, se establece que ningún acuerdo comercial podrá fijar un plazo superior a los 60 días naturales para el pago de facturas. Y cuando no se haya acordado un día concreto el cliente deberá pagar antes de 30 días naturales desde la entrega de la mercancía o la prestación del servicio.

 

Las Entidades Organizadoras, por su parte están obligadas por ley a incidentar ante Fundae las acciones formativas bonificadas y cuyas facturas no estén abonadas en plazo.

 

Culturalmente España es un país donde “se paga casi siempre, pero lo más tarde posible”. Históricamente la morosidad ha ido ligada al aumento del desempleo, actualmente este índice es cercano al 8% siendo la principal causa la morosidad de las empresas, que supone cerca del 75% del crédito moroso.

 

En septiembre de 2010 la Ley de morosidad entró en vigor reduciendo el plazo de pago a 30 días para el sector público. Hoy en 2012 y después de una crisis galopante que afecta a todos los sectores, conocemos todos que esta ley promulga la reducción del tiempo de pago progresivo con 60 días en 2013, pero no se aplica.

 

“En los pagos de empresa a empresa, el plazo general es de 30 días a menos que en el contrato se diga lo contrario1.

 

Si las dos partes están de acuerdo, se puede llegar a los 60 días. El periodo de pago puede extenderse más allá de 60 días sólo si hay un «acuerdo expreso» entre el acreedor y el deudor y si no es extremadamente injusto para el acreedor.

 

El interés de demora si se retrasa un pago se fija en el tipo de referencia más un 8%. Además, la Eurocámara y los Veintisiete han acordado una cantidad fija de 40 euros como compensación por los costes de recuperación.” Fuente: europapress.es.

 

 

documentación fundae

2. Documentación de la formación continua bonificada.

 

La documentación generada en cada curso ha de cumplir unos requisitos: Documentos como el cartel del curso, la hoja de control de asistencia, los recibís de material, los cuestionarios de evaluación, los certificados de aprovechamiento entregados a los alumnos, el recibí de certificado o el control de Tutorías, han de cumplir unos requisitos.

 

No cumplir lo indicado en la normativa es motivo de devolución de la bonificación practicada según la Ley 30/2015: “Incumplir las obligaciones relativas a la custodia y entrega de la documentación relacionada con la organización, gestión e impartición de las (Seguir leyendo…)

 

 

Uso de la marca de Fundae

3. Utilización adecuada de la marca gráfica de la Fundae.

 

Existen otros aspectos a respetar en la gestión de las bonificaciones, como la utilización de la marca gráfica de Fundae.

 

Para la inclusión del logo de Fundae en la web o en el material publicitario y didáctico de los centros de formación y de entidades organizadoras se debe solicitar previamente autorización.

 

Esta normativa se aplica indiferentemente tanto a planes de oferta como de demanda.

 

 

Contabilizar las bonificaciones por formación continua

4. Contabilización de la formación programada por las empresas.

 

El tratamiento contable del crédito de formación y las facturas asociadas es un aspecto importantísimo en la gestión de bonificaciones, de hecho se inspecciona de manera corriente.

 

La normativa actual indica que es obligación de las empresas que utilicen el crédito de formación continua «… identificar en cuenta separada o epígrafe específico de su contabilidad todos los gastos de ejecución de las acciones formativas, así como las bonificaciones que se apliquen y la cofinanciación, en su caso, del Fondo Social Europeo u otras ayudas e iniciativas europeas, bajo la denominación de Formación profesional para el Empleo.”

 

 

Comunicación del plan de formación a la RLT

5. Comunicación de la formación continua a la RLT.

 

En esta entrada se desarrolla una aproximación al proceso de comunicación de la formación bonificada a la RLT.

 

Toda empresa que cuente con representación legal de los trabajadores (RLT) y vaya a realizar formación bonificada, o permisos individuales de formación (PIF) tiene la obligación de informar dicha RLT al menos 15 días antes del inicio de la formación, con la siguiente (Seguir leyendo…).

 

Conformidades

6. Responder a los requerimientos por diferencias detectadas en las bonificaciones por formación profesional.

 

Cuando una empresa recibe una comunicación con las comprobaciones de las diferencias detectadas en las bonificaciones por formación profesional en el empleo, tiene la obligación de responder en plazo, en la siguiente entrada hablamos de ello (Seguir leyendo…)

 

En este blog desarrollamos y aportamos nuestra experiencia sobre bonificaciones por formación programada por las empresas.

 

 


📄 Notas:

  • 1 Esta normativa es aplicable siempre y cuando no se excedan los plazos determinados que regulan la normativa de la formación continua de demanda.
  • Actualización: Requisitos para ser entidad organizadora de la formación. ​Documentación que deben adjuntar.

 

Publicado en: Crédito formación continua, Fiscalidad y Seguridad Social, Formación Profesional Continua | Etiquetas: Obligaciones de las Entidades Organizadoras de Formación Continua | Deja un Comentario |

La evolución de la «gestión de forcem» o «de créditos de la Tripartita»

Publicada en 10 mayo, 2019 de Consultae

La actual gestión de forcem: Trámites con Fundae

De forcem, a FTFE y ahora Fundae

 

En 1992 se firmaron los acuerdo entre la patronal CEOE y los dos sindicatos mayoritarios, UGT y CCOO, con el objetivo de lograr la recualificación permanente de los trabajadores de nuestra economía. Estas acciones se concretaban en un sistema de aportaciones tanto de las empresas (0,6% de las cotizaciones de sus bases salariales) y como de los trabajadores el 0,1 %.

 

La conocida Gestión de «Forcem» o de «créditos de formación de la Fundación Tripartita» ahora se denomina Gestión de la Formación programada por las empresas de Fundae.

 

En el anterior enlace comentamos algunas de la novedades del nuevo modelo que permite a las empresas recuperar parte de la inversión realizada en formar a sus trabajadores.

 

Las cotizaciones por formación profesional que realizan las empresas en sus seguros sociales es en parte recuperable a través de la comunicación de las acciones formativas que realicen y que estén justificadas conforme a lo dispuesto en la actual normativa.

 

Forcem, FTFE o Fundación Tripartita y ahora Fundae es un sistema de formento de la capacitación profesional en España. Compartir en X

 

Desde Consultae, podemos ayudarle con la gestión del crédito de formación de su empresa. Cada año cientos de empresas confían en nuestra experiencia en la gestión del crédito formativo.

 

 

Dossier del servicio de gestión de la bonificación por formación.

 

 

Le ayudamos con trámites de Fundae: «Si le interesa conocer el crédito de formación de su empresa y gestionarlo a través de Consultae, póngase en contacto con nosotros a través del email e.herranz@consultae.es. Estamos disponibles en el  91.510.23.26.»

 

 

Puedes ampliar esta información en los siguientes enlaces:

 

  • Cómo acceder a formación subvencionada en fundae.es.

 

  • Mapa de convocatorias para formación subvencionada en sepe.es.

 

 

Consulta nuestro blog son todas las novedades sobre la bonificación de cursos de formación en las empresas !

 

Gracias por leernos, en este blog podrás encontrar numerosa información sobre cómo gestionar planes de formación bonificados, esperamos que te resulten de interés y de ayuda. Consulta el apartado categorías …

 

 


📄 Notas: Actualmente el organismo encargado de controlar esta asignación de recursos es la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo o Fundae.

 

Publicado en: Crédito formación continua | Etiquetas: fundae tramites | Deja un Comentario |

Qué es la formación bonificada y cómo acceder a Fundae

Publicada en 20 marzo, 2019 de Consultae

 

Anualmente cada empresa carga su crédito disponible en base a las cotizaciones del año anterior en concepto de formación profesional para el empleo. En este enlace te contamos cómo calcular el crédito formación continua (importes y plazos).

 

 

Las empresas españolas (privadas) pueden deducirse en sus cotizaciones a la Seguridad Social, el importe o parte del mismo, invertido en formar a sus trabajadores. Eso sí, siempre y cuando cumplan unos determinados requisitos para bonificar la formación en las empresas.

 

Entre las ventajas de utilizar este modelo, se encuentran que es un sistema seguro y fiable, pues lleva años utilizándose en España y de forma análoga en otros países de la Unión Europea.

 

  • Se recupera parte de las cotizaciones a la seguridad social en concepto de formación profesional.

 

  • Incentiva la puesta al día de los trabajadores, su competitividad y la productividad de las empresas.

 

 

¿Cómo acceder a la plataforma de comunicación de cursos de Fundae (lanzadera)?

 

Desde la web de fundae podemos acceder a la aplicación online diseñada para bonificar la formación.

 

Aplicativo Fundae bonificaciones

 

La operativa está resumida en el siguiente esquema:

 

 

Para acceder a la misma necesitaremos disponer de certificados digitales (personales y/o representante de la empresa), para autenticarnos y dar de alta a las respectivas empresas o grupos.

 

Publicado en: Bonificación Formación Continua, Formación programada por las empresas | Etiquetas: fundae empresas | Deja un Comentario |

¿Qué son los cursos bonificados de la Fundación Tripartita?

Publicada en 19 marzo, 2019 de Consultae

 

¿Qué son los cursos bonificados de la Fundación Tripartita?

¿Qué son los cursos bonificados de la Tripartita*?

 

El coste de la formación en España puede deducirse, en parte, de los pagos que se realizan mensualmente a la Seguridad Social en concepto de cotizaciones por contingencias laborales.

 

La actual Fundación Estatal para la formación en el empleo (FUNDAE) es la fundación estatal española encargada de impulsar y coordinar la ejecución de las políticas públicas en materia de Formación Profesional, en el ámbito del empleo y las relaciones laborales.

 

Órganos de gobierno de Fundae

 

El Patronato, es su órgano de gobierno, con carácter tripartito: Administración General del Estado, Comunidades Autónomas, organizaciones empresariales y sindicales.  Además cuenta con infraestructuras y equipos técnicos que ayudan a su implementación.

 

La presidencia es del titular de la Secretaría de Estado de Empleo. 

 

Sus fines están contemplados en la Ley 30/2015,  de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el empleo en el ámbito laboral y las que figuran en el Convenio de colaboración firmado con el Servicio Público de Empleo Estatal.

 

Su función general es «Impulsar la formación entre empresarios y trabajadores para responder a las necesidades del mercado de trabajo y contribuir al desarrollo de una economía basada en el conocimiento».

 

 

Pasos para bonificar la formación

Pasos para bonificar la formación en España.

 

A continuación, te mostramos ¿Qué es y cómo funciona la FUNDAE (anterior Fundación Tripartita)?

 

Fundae, es el organismo encargado de controlar la gestión de la formación bonificada. Para ello se vale de varios instrumentos, como son la aplicación telemática de comunicación de cursos e incidencias (lanzadera), y de diversas acciones de difusión e inspección.

 

 

¿Es posible delegar los trámites ante Fundae con una entidad externa?

 

En este enlace te explicamos cómo puedes delegar la gestión del crédito de formación de tu empresa con una Entidad Organizadora de Formación Continua.

 

 

Grupo de Linkedin

Si tienes más dudas sobre ¿Cómo funcionan los cursos de la Fundación Tripartita?, en las categorías Bonificación Formación Continua, Consultoría bonificaciones, Consultoría de formación de este blog tienes desarrollados numerosos artículos y en Linkedin mantenemos un grupo sobre este tema.

 

 

¿Cómo funciona la Fundación Tripartita?

 

Actualmente la entidad estatal que gestiona la bonificación por formación se denomina Fundae, Fundación Estatal para la Formación en el Empleo. Ya está previsto que se traspasen las actuales competencias del Ministerio de trabajo (SEPE) al Ministerio de Educación.

 

Todo el procedimiento, está regulado en la actual normativa Ley 30/2015 y reales decretos que la complementan.

 

Está pendiente un reglamento que aclare numerosas cuestionen que no quedan definidas en la actual normativa y que desde el servicio de atención de Fundae y su web, se suelen aclarar.

 

No obstante, son muchas las empresas que deciden confiar la gestión de sus bonificaciones a una consultora especializada. Sería nuestro caso, que venimos realizando esta labor de hace dos décadas. Con un sistema totalmente optimizado y fiable.

 

 

 

 

 

¿Qué son los cursos bonificados de la Fundación Tripartita? Compartir en X

 

 


Nota: Actualmente la Fundación Tripartita, se llama Fundae.

Publicado en: Bonificación Formación Continua | Etiquetas: fundación tripartita cursos, fundacion tripartito | 1 Comentario |

¿Cómo calcular el crédito de formación bonificada?

Publicada en 17 marzo, 2019 de Consultae

¿Cómo calcular el crédito de formación bonificada?

¿Sabías que el coste de la formación dirigida a los trabajadores de una empresa puede deducirse de los seguros sociales? A continuación te explicamos, paso a paso, todo el proceso.

 

Lo primero sería calcular el crédito de formación bonificada disponible para tu empresa.

 

  • Cálculo del crédito de formación continua / Simulador de crédito de Fundae.

 

Por diversos motivos, el crédito anual del cual disponen las empresas no se utiliza al 100 %. Y es que para poder deducir importes de los seguros sociales necesitamos cumplir una serie de requisitos: puntos a cumplir para que la formación sea bonificable.

 

En este artículo analizamos los principales causas: 7 motivos por los que las empresas desaprovechan su crédito de formación.

 

No aprovechar el 100% del crédito, no deja de ser una pérdida de oportunidad, para capacitar a los trabajadores y hacer a las empresas más competitivas. Eso sí, siempre y cuando la formación se adapte perfectamente a las necesidades de cada caso en particular.

 

¿Sabías que el Crédito de formación que no se disponga, se pierde …? En general esta norma es así, excepto

 

 

Además del crédito de formación disponible para tu organización, dispones de un crédito adicional para planes de formación individuales: los planes PIF.

 

 

La cotizaciones por formación profesional las realizan tanto empresa como trabajadores. Aunque en mayor grado se hace cargo la empresa como parte de su cuota patronal.

 

En empresas con representación legal de los trabajadores, deberá llegarse a un acuerdo para bonificar un determinado plan de formación.

 

Sin entrar en detalles y dentro de los requisitos necesarios a cumplir para bonificar la formación en las empresas se encuentra la de cumplir con los plazos previstos para comunicar a Fundae a través de su plataforma lanzadera: Comunicación de inicio de la formación

 

Primero, se comunica la AAFF (nombre del curso, nº de horas, modalidad, objetivos y contenidos, …) y seguro, se comunica el curso con la fecha de inicio y finalización, duración, horarios, centro de formación con el detalle de nombre CIF y dirección, lugar de impartición, el tutor/profesor (nombre , apellidos, DNI, email y las horas que imparte cada tutor en caso de estar varios).

 

En el caso de que la acción formativa sea online, hay que comunicar los datos básicos dela plataforma de teleformación como la URL (dirección web), el dueño de la misma, etc. Para facilitar su inspección.

 

Estos trámites los puede realizar de manera interna la propia empresa o delegar en una Entidad Organizadora de Formación Continua (como es nuestro caso: Consultae).

 

Los participantes también habrán de cumplir determinados requisitos, como haber realizado un mínimo del 75% de las horas al curso. Y en online de las tareas, siempre y cuando estén realizadas en un tiempo razonable.

 

 

¿Cómo calcular el crédito de formación bonificada? y primeros para bonificar ... Compartir en X

 

 

Publicado en: Bonificación Formación Continua, Crédito formación continua | Etiquetas: Bonificaciones para la Formación | Deja un Comentario |

Externalizar la gestión de las bonificaciones por formación

Publicada en 28 febrero, 2019 de Consultae

Externalizar la gestión de las bonificaciones

 

Externalizar la gestión de las bonificaciones

Externalizar la gestión de las bonificaciones por formación.

 

¿Bonificar la formación en tu empresa te causa contratiempos? o quizá te desvía de tus objetivos, la tratarse de una tarea administrativa y muy mecánica. ¿Entonces porqué no delegarlo en consultores expertos?

 

En Consultae tenemos los recursos humanos para gestionar grandes planes de formación, con experiencia y seguridad. Y además contamos con el soporte de informático para hacer de manera eficaz,

 

 

1. Delegar la gestión de las bonificaciones en un tercero.

 

 

2. Las ventajas de contar con el apoyo de una empresa especializada.

 

 

Si necesita más información sobre como externalizar la gestión de bonificaciones por formación continua, estamos a su disposición. Somos expertos en gestión bonificaciones Fundae (anterior gestión de bonificaciones Fundación Tripartita).

 

Estas bonificaciones por formación se aplican deduciendo el importe a ingresar por seguros sociales a la Seguridad Social. La mayoría de las empresas hacen uso de su crédito de formación disponible.

 

Tienen derecho al mismo porque tanto empresa como trabajadores han cotizado el año anterior por ello. Y si no se utiliza en el año natural se pierde, es decir el crédito no empleado no se acumula de un año para otro.

 

No solo se pueden minorar los costes de cursos contratados con terceros (centros de formación / freelance) también se puede bonificar formación interna, justificando costes como el lucro cesante del formador interno. En este sentido, podemos asesorarle con total garantía!

 

 

La formación online, por supuesto, también es bonificable!

 

 

Los autónomos ya cotizan por esta contingencia de formación, pero aún no está habilitado el sistema para que puedan deducírsela. Aunque está reconocido su derecho y se espera que en breve puedan acceder al mismo con carácter retroactivo (desde que comenzaron a cotizar).

 

 


📄 Notas: No confundir el crédito de formación disponible con las bonificaciones por contrato de formación y aprendizaje (formación dual). El único contrato, que actualmente está bonificado.

Publicado en: Bonificación Formación Continua | Deja un Comentario |

Requisitos para aplicar las bonificaciones por formación

Publicada en 28 febrero, 2019 de Consultae

 

Requisitos para aplicar las bonificaciones por formación

Requisitos para bonificar la formación

 

Recuerda que para aplicar las bonificaciones se deben cumplir los siguientes requisitos expuestos en el artículo 15 de la Orden TAS/2307/2007, de 27 de julio), y que resumimos a continuación:

a) Información previa a la Representación Legal de los Trabajadores (RD 694/2017).

 

b) Comunicación telemática del inicio de las acciones formativas (art. 18 TAS/2307/2007).

Realización de la formación relacionada con la actividad de la empresa, sin coste para los alumnos.

Que no deben de exceder de 30 por grupo en presencial y 80 por tutor en online.

 

c) Las modalidades serán presencial, teleformación o mixta (aula virtual).

La formación a distancia ya no es bonificable. Con una duración mínima de dos horas diarios y sin pasar de ocho, excepto que se imparta en una única jornada.

Comunicación telemática de la finalización del grupo o grupos de formación (art. 19 de la Orden TAS/2307/2007).

Comunicación telemática del inicio y finalización de los permisos individuales de formación (art. 26 de la Orden TAS 2307/2007).

 

d) La bonificación en los seguros sociales se podrá aplicar una vez comunicada la finalización de la formación.

Hasta el último día hábil de presentación del boletín de cotización de diciembre abonado en enero.

 

Las jornadas, congresos, seminarios, etc. de carácter informativo no son bonificables. Cada empresa tiene un crédito de formación asignado en base a sus cotizaciones.

 

La Seguridad Social proporciona a Fundae el importe del crédito de cada empresa que cotiza por formación profesional continua, y esta a su vez lo pone a disposición a través de su aplicación telemática.

 

 

Resumen: Requisitos para aplicar las bonificaciones por formación Compartir en X

 

 

 


Notas: esta información puede estar desactualizada y se difunde con fines meramente divulgativos. ante cualquier consulta puede contactar con nosotros. También dispone de más información en la web oficial de fundae.es

 

Publicado en: Ayudas & Subvenciones, Bonificación Formación Continua | Etiquetas: bonificar formacion, cursos bonificados fundacion tripartita requisitos, fundae tramites | 1 Comentario |
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