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Archivo de la categoría: Bonificación Formación Continua

Cuestiones relacionadas con la gestión de las bonificaciones por formación continua en las empresas. (Actualmente formación programada por las empresas.)

¿Cómo bonificar la formación de mi empresa?

Publicada en 13 enero, 2025 de Consultae

Alumnos formación empresa aula

¿Cómo ser empresa bonificada?

 

La formación bonificada es una excelente herramienta para las empresas que desean invertir en el desarrollo de sus empleados sin un gran impacto en su presupuesto. Al aprovechar los créditos formativos que otorga la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo (FUNDAE), las compañías pueden acceder a una amplia oferta de cursos y programas de capacitación de manera totalmente o parcialmente subvencionada.

 

¿Qué es la Formación Bonificada?

La formación bonificada es un sistema de financiación pública que permite a las empresas obtener créditos para financiar acciones formativas para sus trabajadores. Estos créditos se obtienen a través de las cuotas que las empresas pagan a la Seguridad Social por formación profesional.

 

Ayudas económicas y financieras

Beneficios de la Formación Bonificada:

 

  • Reducción de costes: Las empresas pueden reducir significativamente los costes de formación al aprovechar los créditos disponibles.
  • Mejora de la cualificación de los empleados: La formación continua permite a los empleados adquirir nuevas habilidades y conocimientos, mejorando su desempeño y su valor para la empresa.
  • Mayor competitividad: Las empresas con empleados altamente cualificados son más competitivas en el mercado.
  • Cumplimiento de la normativa laboral: La formación continua es un requisito legal en muchos casos.

 

Requisitos Generales para Ser Empresa Bonificada:

 

  • Estar dada de alta en la Seguridad Social: La empresa debe estar al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social.
  • Tener trabajadores en nómina: Los trabajadores deben estar dados de alta en el Régimen General de la Seguridad Social.
  • Informar a la representación legal de los trabajadores: Es necesario informar al comité de empresa o a los delegados sindicales sobre la realización de las acciones formativas.
  • Inscribirse en Fundae: La empresa debe estar inscrita en la FUNDAE y disponer de un certificado digital.
  • Elegir acciones formativas: La formación debe estar relacionada con la actividad de la empresa y ser impartida por entidades acreditadas.
  • Cumplir con los requisitos y plazos de comunicación a través de la plataforma de Fundae.

 

Puntos a tener en consideración

Pasos para Acceder a la Formación Bonificada:

 

1. Calcular el crédito disponible: A través de la plataforma de la FUNDAE, las empresas pueden calcular el crédito disponible para formación en función de las cuotas pagadas.

 

2. Elegir la formación: Se debe seleccionar la formación que mejor se adapte a las necesidades de la empresa y de los trabajadores.

 

3. Formalizar la inscripción: La empresa debe formalizar la inscripción en la acción formativa seleccionada.

 

4. Justificar los gastos: Una vez finalizada la formación, la empresa debe justificar los gastos ante la FUNDAE para obtener la bonificación.

 

Claves

Nuestras recomendaciones para Responsables de Formación:

 

  • Planificar la formación: Es fundamental realizar una planificación de las necesidades formativas de la empresa y de los trabajadores.
  • Informarse sobre la oferta formativa: Es importante conocer la amplia oferta de cursos y programas disponibles.
  • Seleccionar entidades formadoras acreditadas: La calidad de la formación es clave para obtener resultados óptimos.
  • Comunicar la formación a los empleados: Es necesario comunicar a los empleados las oportunidades de formación disponibles y motivar su participación.
  • Evaluar los resultados: Es importante evaluar los resultados de la formación para verificar su eficacia y realizar ajustes si es necesario.

 

Como vemos la formación bonificada es una excelente oportunidad para las empresas que desean invertir en el desarrollo de sus empleados y mejorar su competitividad. Al seguir los pasos indicados y cumpliendo con los requisitos establecidos, las empresas pueden acceder a una amplia oferta de formación de manera totalmente o parcialmente subvencionada.

 

Docente

¿Cómo bonificar el plan de formación de mi empresa?

 

La formación bonificada es un sistema que permite a las empresas obtener fondos públicos para financiar acciones formativas para sus empleados. Estos fondos provienen de las cuotas que las empresas pagan a la Seguridad Social por formación profesional. Es una excelente oportunidad para invertir en el desarrollo de tu equipo sin un gran desembolso económico.

 

Pasos 

Pasos para Bonificar Tu Plan de Formación:

 

a) Calcula tu crédito disponible:

  • Accede al portal de FUNDAE: A través de la plataforma online de la FUNDAE, podrás consultar el crédito disponible para tu empresa en función de las cuotas pagadas.
  • Comprende los factores: El importe de la bonificación dependerá del número de trabajadores, el tipo de contrato y las cuotas abonadas.

 

b) Diseña un plan de formación a medida:

  • Identifica las necesidades: Realiza un análisis de las competencias actuales y futuras de tu equipo.
  • Selecciona cursos y programas: Elige acciones formativas que se ajusten a las necesidades detectadas y que estén homologadas por la FUNDAE.
  • Asegura la participación: Involucra a tus empleados en la elección de la formación para aumentar su motivación y compromiso.

 

c) Formaliza la inscripción:

  • Inscribe a tus empleados: Una vez seleccionado el curso, inscribe a los trabajadores que participarán.
  • Cumple los requisitos: Asegúrate de cumplir con todos los requisitos administrativos establecidos por la FUNDAE.

 

d) Imparte la formación:

  • Contrata a un proveedor acreditado: La formación debe ser impartida por una entidad formadora autorizada.
  • Realiza un seguimiento: Monitorea el desarrollo de la formación para garantizar su calidad y eficacia.

 

e) Justifica los gastos:

  • Reúne la documentación: Una vez finalizada la formación, recopila toda la documentación necesaria para justificar los gastos ante la FUNDAE.
  • Solicita la bonificación: Presenta la solicitud de bonificación a través de la plataforma online de la FUNDAE.

 

f) Responder y atender a posibles comprobaciones y requerimientos por parte de la administración.

 

Análisis 

Tips Adicionales para Optimizar la Bonificación:

 

  • Planifica con anticipación: Anticipa tus necesidades formativas para aprovechar al máximo el crédito disponible.
  • Infórmate sobre las novedades: La normativa y los procedimientos pueden cambiar, mantente actualizado.
  • Utiliza herramientas de gestión: Existen herramientas que facilitan la gestión de la formación bonificada.
  • Evalúa los resultados: Realiza una evaluación de la formación para medir su impacto y mejorar futuras acciones.

 

Ganancias

Ventajas de la Formación Bonificada:

 

  • Reducción de costes: Ahorra en tu presupuesto de formación.
  • Mejora de las competencias: Desarrolla las habilidades de tus empleados.
  • Aumento de la productividad: Un equipo más cualificado es más productivo.
  • Mayor satisfacción laboral: La formación continua motiva a los empleados.

 

Bonificar tu plan de formación es una inversión inteligente en tu empresa y en tus empleados. Siguiendo estos pasos y aprovechando los recursos disponibles, podrás ofrecer a tu equipo las oportunidades de desarrollo que necesitan para alcanzar el éxito.

 

En las siguientes entradas de este blog dedicado al mundo de la formación, abordaremos:

 

  • ¿Cómo bonificar un curso que vamos a impartir en mi empresa?

 

  • Tipos de formación bonificable (modalidades): Cursos online, presenciales, duales, etc.

 

  • Requisitos para ser entidad organizadora de formación continua: ¿Cómo elegir un buen proveedor?

 

  • Cómo calcular el crédito disponible de formación bonificada: Fórmulas y factores a considerar.

 

 


📄 Nota: La regulación en materia de formación bonificada es dinámica. Para garantizar la aplicación correcta de los beneficios, se recomienda verificar la normativa vigente en fuentes oficiales como el BOE y la página web de la FUNDAE.

 

Publicado en: Bonificación Formación Continua, Crédito formación continua | Deja un Comentario |

Entidad Organizadora de Formación Continua

Publicada en 8 enero, 2025 de Consultae

Entidad Organizadora de Formación Continua

¿ Qué es una Entidad Organizadora de Formación Continua?

 

A continuación, vamos a tratar en qué consiste ser Entidad Organizadora de formación, junto a sus deberes y obligaciones.

 

Además, en este artículo abordaremos dos aspectos esenciales:

 

  • Primero, exploraremos qué son exactamente las acciones formativas bonificadas;

 

  • Y segundo, aprenderemos cómo gestionar de manera eficiente y segura el Crédito de Formación Profesional Continua que todas las empresas españolas que cotizan por formación profesional tienen a su disposición.

 

Diferencia entre Curso y Acciones Formativas

Entidad organizadora, contratación:

 

Según indica la normativa actual vigente, las entidades organizadoras de formación no pueden subcontratar la actividad de organización o la de impartición de la formación con terceros, salvo en los siguientes casos:

 

  • La entidad organizadora puede contratar a una entidad de formación para que imparta la formación, pero la entidad organizadora seguirá siendo responsable de la organización y gestión de la formación.

 

  • La entidad responsable de la impartición de la formación, que puede ser la entidad organizadora o una entidad de formación externa, puede contratar a personal docente para impartir la formación (autónomos / freelances).

 

La razón de esta restricción es garantizar que la calidad de la formación se mantenga y que la entidad organizadora sea responsable de la formación en su conjunto.

 

Entidades Organizadoras de Formación Continua

En concreto, la restricción se basa en los siguientes principios:

 

  • La entidad organizadora es la responsable de la formación en su conjunto, incluyendo la selección de los contenidos, la planificación de la formación, la contratación de los formadores y la evaluación de los resultados.

 

  • Garantizar la calidad de la formación, incluyendo la idoneidad de los contenidos, la metodología de enseñanza-aprendizaje y la cualificación de los formadores.

 

  • La entidad organizadora debe ser transparente en su relación con los participantes en la formación, incluyendo la información sobre los contenidos, la metodología y los formadores.

 

Estas restricciones se aplican a todas las entidades organizadoras de formación, independientemente de su tamaño o condición jurídica.

 

Diferencia entre Curso y Acciones Formativas

Diferencia entre Curso y Acciones Formativas

 

Es fundamental aclarar la diferencia clave entre los términos «Curso» y «Acciones Formativas» (AA.FF.) para comprender mejor el panorama de la formación programada por las empresa o bonificada.

 

Mientras que un curso es una entidad de enseñanza en sí misma, las acciones formativas se alinean más estrechamente con la personalización y adaptación a las necesidades específicas de una empresa.

 

En el contexto de las acciones formativas, podemos visualizarlas como el lienzo en blanco donde se crea una experiencia educativa única y específica para la empresa en cuestión.

 

Estas acciones formativas se diseñan para abordar directamente las necesidades y metas de formación de la empresa, ofreciendo una solución a medida.

 

Esencialmente, una acción formativa puede ser vista como una plantilla flexible y adaptable que puede repetirse en diferentes momentos y contextos, es decir, puede desplegarse varias veces en forma de cursos separados.

 

Si imaginamos una acción formativa como un conjunto de herramientas y enfoques pedagógicos, un curso sería la instancia específica en la que se implementan esos elementos.

 

Una acción formativa es en esencia moldeable y personalizada, mientras que un curso es la manifestación concreta y temporal de esa instancia.

 

Esta distinción nos brinda la capacidad de abordar la formación con mayor precisión y adaptabilidad, brindando a las empresas un enfoque de aprendizaje más ajustado a sus necesidades y objetivos particulares.

Entidad Organizadora de Formación Continua

¿Buscas una Entidad Organizadora de Formación Continua?

 

Consultae es Entidad Organizadora de formación profesional continua especializada en la tramitación del crédito de formación.

 

Gestionamos numerosos planes de grandes empresas, centros de formación y grupos de PYMEs.

 

Cualquier empresa que cotice por formación en España puede delegar la organización de la formación bonificada en entidades externas más conocidas como Entidades Organizadoras.

 

Entidad organizadora formación continua

Contacta con nosotros ! Estaremos encantados de poder atenderte:

 

Disponemos del equipo humano y procesos que aseguran el cumplimiento de los requisitos establecidos por la normativa actual.

 

Nos ocupamos de todas las fases de realización de acciones formativas bonificadas.

 

Desde la detección de necesidades formativas hasta la organización de la logística, búsqueda de profesores, control de documentación del curso, labores gestión del crédito de formación, respuesta antes posibles requerimientos o inspecciones (no conformidades).

 

Estamos a su disposición para resolver cualquier duda sobre los pasos a seguir para aplicar la bonificación de tu empresa u organización:

 

Prestamos asistencia en la resolución de incidencias o requerimientos.

 

Tramitamos la comunicación de inicio y finalización de grupos formativos. Generamos la documentación de cada curso (controles de asistencia, recibí de material, cuestionarios de evaluación, certificados, recibí de certificado, cartel del curso, control de tutorías).

 

Realizamos la justificación económica de las bonificaciones aplicadas.

 

Ofrecemos soporte para el cálculo de las bonificaciones a aplicar en cada grupo, sobre el grado de cumplimiento de la cofinanciación privada y participación de colectivos prioritarios.

 

Participamos en la elaboración de detecciones de necesidades formativas, gestión del crédito de formación bonificada (Fundae) y negociamos con proveedores y formadores para la impartición de cursos.

 

Somos desarrolladores de nuestra propia tecnología de gestión de la formación (Softmetry) que permite la optimización y reducción de costes en la gestión de planes de formación.

 

 

Nuestro servicio asegura que la bonificación de su plan de formación se realice de manera óptima y fiable.

 

Referencias a la normativa formación bonificada

 

El Art. 15 de la Orden TAS/2307/2007, de 27 de julio sintetiza los requisitos para bonificar acciones formativas:

 

  • Informar a la Representación Legal de los Trabajadores, de acuerdo con el procedimiento señalado en el artículo 15 del Real Decreto 395/2007.

 

  • Comunicar telemáticamente el inicio del grupo o grupos de formación, con los requisitos y plazos establecidos en el artículo 18 de la Orden TAS/2307/2007.

 

  • Realizar la formación.

 

  • Comunicar telemáticamente la finalización de los grupos de formación, según el artículo 19 de la Orden TAS/2307/2007.

 

  • Comunicación telemática de los permisos individuales de formación tanto a su inicio como a su finalización, según lo dispuesto en el artículo 26 de la Orden TAS/2307/2007.

 

  • Las empresas podrán aplicarse las bonificaciones en las cotizaciones una vez comunicada la finalización de la formación. El plazo para realizarlo concluye el último día hábil de presentación del boletín de cotización TC correspondiente al mes de diciembre del ejercicio económico.

 

Fuente: Fundae.

 

¿Qué es el Crédito de formación continua?

El crédito de formación continua de Fundae:

 

El crédito de formación de las empresas que coticen en la contingencia de Formación Profesional se calculará como en años anteriores aplicando a la cuantía cotizada en el pasado ejercicio por un porcentaje de bonificación dado en función del tamaño de las empresas:

 

Se mantienen respecto al año anterior:

a) Empresas de 6 a 9 trabajadores: 100 %

b) De 10 a 49 trabajadores: 75 %

c) De 50 a 249 trabajadores: 60 %

d) De 250 o más trabajadores: 50 %

 

* Fuente: PDF con la aprobación de la financiación de la formación profesional para el empleo (puedes consultar el extracto de los P.G.E. en la web del Congreso).

 

Ya se encuentra habilitado el acceso web para notificar acciones y grupos con cargo al crédito asignado* a las empresas para el ejercicio 2014. Solicite gratuitamente el asesoramiento de nuestros consultores para hacer un estudio y presupuesto según sus necesidades puede contactar en el siguiente enlace Más información.

 

 

Modalidades de AA.FF. Bonificables

Modalidades de Acciones Formativas Bonificables.

 

Se considera una acción formativa aquella que va dirigida a la adquisición de competencias profesionales, teóricas y/o prácticas, estructuradas en unidades pedagógicas con objetivos, contenidos y duración propios.

 

No son acciones formativas bonificadas las actividades de índole informativo o divulgativo como son las jornadas, ferias, simposios y congresos.

 

La formación puede impartirse de forma presencial, a distancia, con teleformación (elearning) o mixta.

 

Cuando la acción o módulo formativo incluya, en todo o en parte, formación a distancia, ésta deberá realizarse con soportes didácticos que permitan un proceso de aprendizaje sistematizado para el participante, que necesariamente será complementado con asistencia tutorial.

 

La modalidad de impartición mediante teleformación se entenderá realizada cuando el proceso de aprendizaje de las acciones formativas se desarrolle a través de TICs, posibilitando la interactividad de alumnos, tutores y recursos situados en distinto lugar.

 

Mediante Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos sociales se determinarán los módulos económicos básicos para cada tipo de formación, actualmente son los siguientes:

 

Hasta 9 trabajadores se pueden aplicar la totalidad del coste del curso hasta el límite del crédito anual.

 

Módulos económicos: costes justificables en formación bonificada

  • Empresas de 10 a 49 trabajadores: incremento de un 10%.
  • Empresas de 50 a 249 trabajadores: incremento de un 5%.

 

 

Requisitos AA.FF.

Requisitos AA.FF.

 

  • La formación impartida mediante la modalidad presencial se organizará en grupos de 25 participantes como máximo. En la formación impartida mediante la modalidad a distancia convencional o de teleformación deberá haber, como mínimo, un tutor por cada 80 participantes.

 

  • La participación de un trabajador en una acción formativa nunca podrá ser superior a 8 horas al día.

 

  • En general el número de horas mínimo de formación será de 6 horas, exceptuando la formación de carácter trasversal en áreas consideradas prioritarias por la administración competente que serán de 4 horas.
    • Las materias prioritarias son: Tecnologías de la Información y Comunicación, Prevención de Riesgos, Sensibilización con el Medio Ambiente y Promoción de la Igualdad.

 

  • La formación deberá realizarse en instalaciones apropiadas de acuerdo con lo establecido en el correspondiente programa.

 

 

Normativa bonificaciones Fundae

Normativa de la formación bonificada

 

La Formación Profesional para el Empleo tiene por objeto la formación de los trabajadores desempleados y ocupados para mejorar su capacitación profesional y desarrollo personal.

 

Está regulada por el Real Decreto 395/2007 de 23 de marzo, (BOE n. 87, 11/04/2007) y la Orden Ministerial TAS/2307/2007:

 

  • Acciones formativas de las empresas: son las que las empresas planifican y gestionan para sus trabajadores; utilizan para su financiación la cuantía para formación que se asigna a cada empresa en función de su plantilla.

 

  • Permisos individuales de formación: tienen por objeto el que los trabajadores puedan realizar acciones formativas reconocidas por una titulación oficial, sin coste para la empresa donde prestan sus servicios.

 

Aplicación de gestión de las Acciones formativas de las empresas:

 

Para las empresas que realicen acciones formativas y permisos individuales de formación se ha desarrollado una Aplicación que les permite comunicar el inicio y finalización de las mismas a la Fundae.

 

Perteneciente al Sector Público Estatal, es uno de los órganos que componen la estructura organizativa y de participación institucional del subsistema de formación profesional para el empleo.

 

Tiene carácter tripartito y su patronato está constituido por la Administración Pública y por las organizaciones empresariales y sindicales más representativas.

 

Sus responsabilidades se desarrollan en el marco del Real Decreto 694/2017 por el que se desarrolla la Ley 30/2015, que regula el subsistema de formación profesional para el empleo:

 

  • Asistir técnicamente al Servicio Público de Empleo Estatal. Organismo autónomo de la Administración General del Estado, adscrito actualmente al Ministerio de Empleo y Seguridad Social (MEYSS).

 

  • Contribuir al impulso y difusión de la formación profesional para el empleo entre empresas y trabajadores.

 

  • Prestar apoyo técnico a las Administraciones Públicas y a las organizaciones empresariales y sindicales presentes en los órganos de participación del sistema.

 

TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL:

 

  • Valida anualmente tanto la plantilla media como la cuota de formación profesional de la empresa en el año anterior.
  • Valida la bonificación aplicada “movimiento”.
  • Valida participantes.

 

 

FONDO SOCIAL EUROPEO: Participa, aunque cada vez en menor cuantía, en la cofinanciación de las iniciativas de formación mediante el Programa Operativo Plurirregional Adaptabilidad y Empleo.

 

 

Ventajas de bonificar la formación en las empresas

Ventajas de bonificar la formación en las empresas:

 

Las empresas pueden recuperar parte de las aportaciones realizadas en el año anterior a la Seguridad Social en concepto de formación profesional.

 

Invertir en formación para sus trabajadores.

  •   Mayor presupuesto para formación.
  •   Plan de formación adecuado a sus necesidades.
  •   Formación anual.

 

 

Beneficiarios del crédito de formación

Beneficiarios de las ayudas.

 

Pueden beneficiarse todas las empresas que tengan centro o centros de trabajo en el territorio del Estado español, cualquiera que sea su tamaño o ubicación, que desarrollen formación para sus trabajadores, y que coticen por la contingencia de Formación Profesional a la Seguridad Social.

 

A los trabajadores que van destinadas estas ayudas son:

 

Trabajadores asalariados que prestan sus servicios en empresas privadas.

Trabajadores asalariados de entidades públicas cuando no están incluidas en los acuerdos de formación para las Administraciones Públicas.

Los trabajadores fijos discontinuos en periodos de no actividad.

Trabajadores que accedan a situaciones de desempleo cuando se están formando.

Trabajadores que están acogidos a regulación de empleo en los periodos de suspensión de empleo.

 

 

Ventajas de invertir en formación y utilizar el crédito de formación

Resultados de invertir en formación y bonificarla:

 

  • Al invertir en formación: ventaja competitiva, trabajadores mejor formados, mejor imagen de la empresa por parte del trabajador, cultura de la formación.
  • Al no invertir en formación: estas aportaciones a la Seguridad Social se realizarán igualmente.

 

Para poder acceder a la financiación por Formación Profesional Continua sólo tienes que darte de alta en el sistema de bonificaciones a la Formación Continua. Un sencillo trámite en el que podemos ayudarte.!

 

Recuerda: “La bonificación es sólo un incentivo a la formación al cual todas las empresas que coticen tienen derecho, pero el valor lo aporta la adecuación de las AA.FF. a las necesidades de la empresa”.

 

 


📄 Notas:

  • Deducción de los importes a ingresar en las cuotas a la Seguridad Social por formación profesional continua.

 

  • Infografía: Cómo calcular el crédito de formación continua.

 

  • Los trabajadores autónomos no tienen acceso a estas bonificaciones, porque no cotizan por formación profesional.

 

 

Siempre que lo necesites, puedes contactar con nosotros en el 91.510.23.26 o a través del correo electrónico info@consultae.es.

 


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Gestionamos la formación a empresas y grupos de empresas que decidan bonificar sus inversiones en formación a través de los créditos de formación programada por las empresas.

 

Consultae está inscrita como Entidad Organizadora de formación según lo dispuesto en la normativa vigente (Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación para el Empleo).

 

Publicado en: Bonificación Formación Continua | Etiquetas: Entidad organizadora formación continua | 1 Comentario |

Acciones formativas bonificadas por Fundae

Publicada en 5 diciembre, 2024 de Consultae

Acciones formativas Fundae

Se acaba el año y el crédito de formación bonificada *

 

Se acerca el final del año y, con él, el vencimiento del plazo para emplear el crédito de formación bonificada. Las empresas que no lo hagan perderán esa oportunidad de invertir en la formación de sus empleados y mejorar su competitividad.

 

En Consultae somos especialistas en la gestión de la formación bonificada y podemos ayudarte a aprovechar al máximo tu crédito. Te ayudamos con todos los trámites con la plataforma telemática de Fundae, así como a la organización de los cursos bonificados y el control de gastos.

 

Consultoría de formación bonificada

¿Qué es la formación bonificada?

 

La formación bonificada es una ayuda que las empresas pueden tramitar a través de la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo (Fundae) para financiar la formación de sus trabajadores. El importe de la bonificación depende del tamaño de la empresa y de sus cotizaciones.

 

Es una tarea administrativa que pueden realizar las empresas tanto interna como externamente: a través de figuras como las de Gestor Externo de Formación Bonificada o Entidad Organizadora de Formación Continua. en esta entrada hablamos más sobre ello … ¿Qué es la bonificación por formación continua?

 

Plan de formación para empresas

¿Cómo emplear el crédito de formación bonificada?

La formación es una inversión en el futuro de la empresa porque ayuda a mejorar la productividad y la eficiencia de los empleados, reduce los costes de producción, mejora la calidad del producto o servicio, facilita la adaptación a los cambios y motiva a los empleados.

 

Ayuda a los empleados a desempeñar sus funciones de manera más correcta y eficiente, lo que puede traducirse en un aumento de la productividad y de la eficiencia de la empresa. Además, ayuda a cometer menos errores, lo que puede reducir los costes de producción.

 

Por otro lado, los empleados formados pueden producir productos o servicios de mayor calidad, lo que puede satisfacer mejor las necesidades de los clientes y aumentar la satisfacción del cliente:

 

  • Son más capaces de adaptarse a los cambios del mercado y de la tecnología, lo que puede ayudar a la empresa a mantenerse competitiva.

 

  • Y se sienten más valorados y motivados, lo que puede traducirse en un aumento de su compromiso con la empresa.

 

Para emplear el crédito de formación bonificada, las empresas deben seguir los siguientes pasos:

 

Darse de alta en el sistema de formación programada por las empresas.

 

Consultar su crédito disponible desde la plataforma telemática de Fundae (requiere certificado digital de un representante legal de la empresa).

Seleccionar la formación adecuada. Las empresas deben seleccionar la formación que consideren adecuada para sus trabajadores, teniendo en cuenta sus necesidades y objetivos.

 

Comunicar en tiempo y forma las AA.FF.

 

Gestionar la documentación del curso.

 

Ejecutar la formación interna o externamente.

 

Finalización y cierre de la bonificación a través de la plataforma telemática.

 

Facilitar cualquier labor de inspección o comprobación.

 

 

Consultores Fundae

¿Cómo te ayudamos? …

 

En Consultae podemos ayudarte a realizar todos estos trámites de manera eficiente y sencilla. Te ofrecemos los siguientes servicios:

 

  • Asesoría personalizada sobre las mejores opciones de formación para tus trabajadores y te ayudamos a seleccionar la formación adecuada.

 

  • Nos encargamos de todos los trámites administrativos necesarios para solicitar la bonificación, incluyendo la presentación de documentación y la resolución de incidencias.

 

  • Control de gastos. Te ayudamos a controlar los gastos de formación y a optimizar tu presupuesto.

 

Si quieres aprovechar al máximo tu crédito de formación bonificada, no dudes en contactar con Consultae.

 

Te ayudamos con todos los trámite con la plataforma telemática de Fundae, así como a la organización de los cursos bonificados y el control de gastos.

 

👉 En nuestro blog encontrarás numerosas guías y referencias sobre muchos aspectos de la gestión de la formación bonificada, incluyendo cómo asegurar y automatizar el proceso de bonificación a través de software.

 

Por:

Asesor formación bonificada

 


📄 Notas: Cómo reservar el crédito de formación bonificada no dispuesto durante el ejercicio.

 

Publicado en: Bonificación Formación Continua | Deja un Comentario |

¿Qué es la Formación Bonificada para Empresas?

Publicada en 29 octubre, 2024 de Consultae

Formación Bonificada para Empresas

Formación Bonificada para Empresas

 

Todas las empresas* al cotizar en concepto de formación profesional, incluso las de nueva creación, tienen derecho a descontar del importe de los seguros sociales las inversiones realizadas para formar a su plantilla (crédito Fundae).

 

Gestión del crédito formativo de las empresas (formación bonificada).

 

Las empresas inicialmente asumen los costes de la inversión en formación, la comunican a Fundae, cumplen los requisitos estipulados por normativa y finalmente se bonifican en sus seguros sociales.

 

Existen ciertos condicionantes, que en general son la cuota de crédito disponible la cual proviene de las cotizaciones por formación profesional del anterior ejercicio y de los módulos económicos según las características del curso.

 

 

Formación Bonificada para Empresas

¿Cuánto se puede bonificar por Fundae?

El crédito de formación se calcula aplicando un porcentaje de bonificación que dependerá del tamaño de la plantilla:

a) Empresas de 6 a 9 trabajadores: 100 %

b) De 10 a 49 trabajadores: 75 %

c) De 50 a 249 trabajadores: 60 %

d) De 250 o más trabajadores: 50 %

 

 

Las empresas de 1 a 5 trabajadores dispondrán de un crédito de bonificación fijo de 420 €.

 

Las empresas con una plantilla media inferior a 50 trabajadores puede reserva su crédito de formación si no disponen del mismo. En esta entrada te indicamos cómo reservar el crédito de formación para sucesivos ejercicios.

 

Las empresas nuevas o con nuevos centros de trabajo también tendrán acceso al crédito. En estos casos las empresas dispondrán de un crédito de bonificaciones cuyo importe resultará de aplicar al nº de empleados de nueva incorporación la cuantía de 65 €.

 

Las empresas que concedan permisos PIF para sus trabajadores, dispondrán de un crédito adicional.

 

 

Aplicación del descuento en los seguros sociales

Aplicación del descuento en los seguros sociales

 

Finalmente, las bonificaciones por formación se descuentan de los seguros sociales de las empresas una vez se comunica la finalización de la formación a través de la plataforma telemática de Fundae.

 

Tendremos de plazo hasta el último día hábil de presentación del boletín de cotización del mes de diciembre y lógicamente hay que cumplir una serie de requisitos.

 

 

Requisitos para bonificarse por formación continua

Requisitos para poder bonificarse por formación continua

 

Por ejemplo, todas las empresas que realizan formación bonificada (beneficiarias) adquieren obligaciones; como el estar al corriente de pago en la Seguridad Social y en la Agencia Tributaria en los meses de bonificación.

 

La formación ha de resultar totalmente gratuita para los trabajadores de la empresa que asistan a la capacitación y ha de guardar relación con la actividad de la misma.

 

Por otro lado, hay que gestionar una serie de documentación y comunicaciones previas a realizar, … En el siguiente enlace puedes consultar los Requisitos para que una acción formativa sea bonificable (todas las modalidades).

 

 

Preguntas frecuentes sobre bonificaciones de Fundae

FAQ´s sobre bonificaciones por formación

 

En nuestro blog encontrarás organizado en categorías un amplio repertorio de artículos sobre aspectos prácticos en la gestión de las bonificaciones por formación.

 

Por otro lado, en Preguntas frecuentes en la Formación Programada por las Empresas de Fundae también puedes ampliar esta información.

 

Otro aspecto importante a considerar sobre los tutores en formación bonificada son las funciones, requisitos y capacitación, que puedes consultar en el siguiente enlace:

 

Obligaciones de las empresas al bonificar formación continua

 

 

Servicio como gestor externo o entidad organizadora

Servicio como Gestor Externo / Entidad Organizadora de formación continua

 

Nuestro equipo te asesorará sobre todos los requisitos y trámites necesarios para bonificar la formación. También sobre cómo puedes consultar el crédito disponible para realizar AA.FF. en tu empresa.

 

Consultores trámites Fundae

«Como consultora especializada en bonificaciones, podemos actuar como gestor externo o entidad organizadora de formación continua. Estaremos encantados de poder colaborar en el desarrollo del plan de formación de tu empresa. Estos son nuestros datos de contacto info@consultae.es y tfno. 91.510.23.26.»

Firma Estrella Herranz

Autora: Estrella Herranz

 

 


📄 Notas:

  • Todas las empresas con centros de trabajo declarados en España disponen de un crédito en relación a sus cotizaciones por formación.
  • La formación bonificada ha de ir dirigida a sus trabajadores cumpliendo una serie de requisitos mínimos por ley.

 

Publicado en: Bonificación Formación Continua | 6 Comentarios |

Bonificación por formación continua: normativa

Publicada en 19 octubre, 2024 de Consultae

 

Normativa formación continua bonificada

Normativa formación continua bonificada

 

La Formación Profesional para el Empleo tiene por objeto la formación de los trabajadores desempleados y ocupados para mejorar su capacitación profesional y desarrollo personal.

 

📄 La formación continua bonificada está regulada por la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, que se regula el Sistema de Formación Profesional para el empleo en el ámbito laboral así como por diferentes reales decretos y órdenes TAS que la complementan.

 

Sistema de formación profesional bonificada

 

Si bien es cierto, que se hecha de menos un Reglamento que unifique esta normativa que legisle cuestiones puntuales y aporte claridad a otros aspectos prácticos aún no contemplados. Y que durante la puesta en práctica de estos años han ido surgiendo y que de momento Fundae los aclara desde su servicio de atención al cliente.

 

Enlaces a la normativa vigente

Normativa aplicable en Formación Bonificada:

 

  • Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el empleo en el ámbito laboral.

 

    • El RD 694/2017, de 3 de julio, que desarrolla dicha ley.

 

    • Resolución de 9 de diciembre de 2021, del SEPE. Medidas en materia de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral, para la iniciativa de formación programada por las empresas en el ejercicio 2022.
    • Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021. Disposición adicional centésima vigésima cuarta. Financiación de la formación profesional para el empleo.
    • Resolución de 18 de diciembre de 2020, del SEPE. Medidas extraordinarias para hacer frente al impacto del COVID-19 en materia de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral, para la iniciativa de formación programada por las empresas.
    • Resolución de 15 de abril de 2020, del SEPE. Medidas extraordinarias para hacer frente al impacto del COVID-19 en materia de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral.

 

  • Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, por el que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo. (Se mantienen muchos aspectos de la anterior normativa).

 

    • Orden TAS / 2307 / 2007, de 27 de julio, por la que se desarrolla parcialmente el Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, por el que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo en materia de formación de demanda y su financiación, y se crea el correspondiente sistema telemático, así como los ficheros de datos personales de titularidad del Servicio Público de Empleo Estatal.

 

    • Orden TAS/37/2008, de 16 de enero, por la que se modifica la Orden TAS/2307/2007, de 27 de julio, por la que se desarrolla parcialmente el Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, por el que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo en materia de formación de demanda y su financiación, y se crea el correspondiente sistema telemático, así como los ficheros de datos personales de titularidad del Servicio Público de Empleo Estatal..

 

    • Resolución de 27 de abril de 2009, del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se publica los cuestionarios de evaluación de calidad de las acciones formativas para el empleo.

 

Para centros de formación :

 

  • Orden ESS/723/2016, de 9 de mayo, por la que se desarrolla el modelo específico de declaración responsable para su presentación por entidades de formación para la impartición de formación distinta de las especialidades previstas en el Catálogo de especialidades formativas.

 

  • Orden TMS/369/2019, de 28 de marzo, por la que se regula el Registro Estatal de Entidades de Formación del sistema de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral, así como los procesos comunes de acreditación e inscripción de las entidades de formación para impartir especialidades formativas incluidas en el Catálogo de Especialidades Formativas.

 

Acciones formativas de las empresas son las que las empresas planifican y gestionan para sus trabajadores; utilizan para su financiación la cuantía para formación que se asigna a cada empresa en función de su plantilla.

 

Los PIFs o permisos individuales de formación tienen por objeto el que los trabajadores puedan realizar acciones formativas reconocidas por una titulación oficial, sin coste para la empresa donde prestan sus servicios.

 

 

Acceso aplicación lanzadera de Fundae

Aplicación de gestión de las Acciones formativas de las empresas:

Para las empresas que realicen acciones formativas y permisos individuales de formación se ha desarrollado la Aplicación lanzadera que permite comunicar el inicio y finalización de las mismas a la Fundae.

 

Aplicación Lanzadera Fundae

 

Perteneciente al Sector Público Estatal, es uno de los órganos que compone la estructura organizativa y de participación institucional del subsistema de formación profesional para el empleo.

 

Tiene carácter tripartito y su patronato está constituido por la Administración Pública y por las organizaciones empresariales y sindicales más representativas.

 

Sus responsabilidades se desarrollan en el marco del Real Decreto 395/2007 de 23 de marzo que regula el subsistema de formación profesional para el empleo:
 
 
  • Asistir técnicamente al Servicio Público de Empleo Estatal. (Organismo autónomo de la Administración General del Estado, adscrito actualmente al Ministerio de Trabajo y Economía social.

 

  • Contribuir al impulso y difusión de la formación profesional para el empleo entre empresas y trabajadores.

 

  • Prestar apoyo técnico a las Administraciones Públicas y a las organizaciones empresariales y sindicales presentes en los órganos de participación del sistema.

 

 

TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

 

  • Valida anualmente tanto la plantilla media como la cuota de formación profesional de la empresa en el año anterior.

 

  • Valida la bonificación aplicada “movimiento”.

 

  • Valida participantes.

 

 

FONDO SOCIAL EUROPEO.

Participa, aunque cada vez en menor cuantía, en la cofinanciación de las iniciativas de formación mediante el Programa Operativo Plurirregional Adaptabilidad y Empleo.

 

Actualmente está pendiente su integración con el Ministerio de Educación y Formación Profesional.

 

 

Enlaces a la normativa complementaria

Normativa complementaria: formación continua

 

Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional.

 

Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica.

 

Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

 

Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos).

 

Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

Orden ESS 1221/2015 de 11 de junio por la que se crea la Unidad Especial de Inspección en materia de formación profesional para el empleo.

 

 

Ventajas de utilizar el crédito de formación

Ventajas de bonificar la formación en las empresas:

 

Las empresas pueden recuperar parte de las aportaciones realizadas en el año anterior a la Seguridad Social en concepto de formación profesional.

 

Invertir en formación para sus trabajadores.

  •   Mayor presupuesto para formación.
  •   Plan de formación adecuado a sus necesidades.
  •   Formación anual.

 

¿Quién puede bonificarse?

Beneficiarios de las ayudas:

 

Pueden beneficiarse todas las empresas que tengan centro o centros de trabajo en el territorio del Estado español, cualquiera que sea su tamaño o ubicación, que desarrollen formación para sus trabajadores, y que coticen por la contingencia de Formación Profesional a la Seguridad Social.

 

A los trabajadores que van destinadas estas ayudas son:

Trabajadores asalariados que prestan sus servicios en empresas privadas.

Trabajadores asalariados de entidades públicas cuando no están incluidas en los acuerdos de formación para las Administraciones Públicas.

Los trabajadores fijos discontinuos en periodos de no actividad.

Trabajadores que accedan a situaciones de desempleo cuando se están formando.

Trabajadores que están acogidos a regulación de empleo en los periodos de suspensión de empleo.

 

 

Resumen y conclusiones

Conclusiones: invertir en capacitación

 

  • Al invertir en formación se obtiene una ventaja competitiva, trabajadores mejor formados, mejor imagen de la empresa por parte del trabajador, fomento de la cultura de la mejora continua.

 

  • Al no invertir en formación estas aportaciones a la Seguridad Social se realizarán igualmente. Se convierte en un gasto para la empresa, en lugar de una inversión.

 

 

Recopilación de las normas regulan la Formación Bonificada ... Compartir en X

 

 
Para a trabajar en el área de las bonificaciones es imprescindible conocer de forma exhaustiva la legislación (Real Decreto y Orden Ministerial) y tenerla siempre a mano para posibles consultas. Están disponibles para su descarga en los enlaces que hacen referencia a ellas.

 

 

Responsable del servicio: consultoría de formación

Consultores de formación

«Quedo a vuestra disposición, para ayudar en cualquier cuestión que surja sobre cuestiones de bonificaciones por formación continua. Este es mi email e.herranz@consultae.es y tfno. 91.510.23.26.»

Estrella Herranz

Autora: Estrella Herranz

 

Contacta con nosotros ! 

 

 
 


📄 Notas: Los trabajadores aún autónomos no tienen acceso a estas bonificaciones, aunque coticen por formación profesional.

 

Publicado en: Bonificación Formación Continua, Crédito formación continua | Etiquetas: Bonificaciones Formación Continua |

Organizar formación bonificable en el último trimestre del año

Publicada en 13 octubre, 2024 de Consultae

Tips para no perder el crédito de formación bonificable

Formación bonificable el último trimestre del año

 

Si a estas alturas del año no has utilizado todo el crédito de formación, aún estás a tiempo para aprovecharlo e invertir en capacitación y motivación de tu equipo de trabajo !

 

«La capacitación a medida, resulta una gran inversión ya que faculta a trabajadores y empresas para lograr sus objetivos.»

 

El crédito de formación disponible para las empresas, es en cierto modo un incentivo o ayuda para fomentar la formación continua de los trabajadores y mejorar la competitividad de las empresas. Pero si no se utiliza se pierde* !

 

 

No dejes para el último trimestre lo que puedas hacer antes …

 

 

Se acerca el último trimestre del año, y si aún dispones de crédito bonificable de FUNDAE queda poco tiempo hasta diciembre para no perderlo, organizando acciones formativas bonificables.

 

 

Por ejemplo, en cursos online de una cierta duración, se hace complicado poder compaginar la realización de los cursos con el día a día. Por lo que prácticamente nos queda menos tiempo del que pudiera parecer, para comenzar un curso de este tipo.

 

Tips para utilizar el crédito de formación disponible

 

De hecho rara es la empresa que lo aprovecha al 100%. Sucede a menudo que las empresas llegado el último trimestre no han dispuesto del mayor porcentaje del crédito de formación disponible.

 

Aún estamos a tiempo, ya que a partir de noviembre suele ser tarde y se abandona la posibilidad de organizar nuevas acciones formativas de última hora por distintos motivos:

 

  • Entre ellos la falta de tiempo por el trabajo diario en el área de formación.

 

  • La inexistencia de una detección de necesidades formativas previa.

 

  • La imposibilidad de adecuar la formación a la producción o dado el caso.

 

  • Conseguir el visto bueno de los representantes sindicales.

 

Lo que deja pocas opciones para poder planificar con garantías las acciones formativas que seguramente requiere nuestra organización.

 

El crédito de formación permite invertir en la formación de trabajadores sin que suponga un coste para las empresas.

 

 

Si no se utiliza, el crédito de FUNDAE se pierde, salvo que se haya podido reservar ... Compartir en X

 

 

En cualquier caso, el crédito que no se dispone durante el año se pierde*. La bonificación es un incentivo para las empresas por la capacitación de sus empleados.

 

 

Una consultora de formación nos ayudará a organizar nuestra formación y a utilizar el crédito disponible

Si nuestros costes entran dentro de la bonificación ¿Por qué no contar con la ayuda de personal experto?

 

Resolvemos todas tus dudas sobre formación bonificada: «Ayudamos a nuestros clientes con sus preguntas frecuentes incluso con sus SAQs, las preguntas que deberían hacer pero que no tienen suficiente información para realizarlas.»

 

Contacto consultoría de formación bonificada

20 años de experiencia y miles de clientes satisfechos nos avalan!

 

 


📌 Recuerda:

 

  • Salvo la excepción de las empresas de menos de 50 trabajadores que pudieron reservarlo ( ver noticia relacionada: ¿Sabes qué puedes reservar el crédito de formación de 2019? ).

 

  • Hoy en día debido sobre todo a los continuos avances en nuevas tecnologías y a la elevada competitividad se necesita un personal motivado y eficaz que esté al día en estos últimos cambios.

 

  • Las empresas con menos de 50 trabajadores, tienen hasta final de este mes para darse de alta en la aplicación de FUNDAE y marcar la casilla de acumulación del crédito para el próximo año. Ampliar esta información.

 

 

Publicado en: Bonificación Formación Continua, Consultoría de formación | Etiquetas: formacion bonificada empresas, formacion bonificada tripartita, fundae tramites | Deja un Comentario |

Cálculo del crédito de formación continua

Publicada en 7 octubre, 2024 de Consultae

Cálculo del crédito de formación continua

¿Cómo se calcula el crédito de formación continua?

 

Como seguramente sabrás, el coste de la capacitación de tus empleados los puedes deducir de los Seguros Sociales a través de los créditos de formación bonificada.

 

En España cada empresa dispone de un crédito de formación que depende en su cuantía de las cotizaciones por formación profesional ingresadas en el año anterior (Regulado por la Ley 30/2015 y el R.D. 694/2017).

 

Este crédito para formación continua puede calcularse por aproximación o consultarse de manera exacta a través de la aplicación telemática de Fundae.

 

Lo que ocurre, es que no suele estar disponible hasta pasado el primer trimestre del año en curso (Mayo aprox.). Ya que Fundae necesita validar los datos de plantilla y la cuota de formación correspondiente con la Seguridad Social.

 

🔎 Para poder acceder a la Aplicación Lanzadera de Fundae donde está disponible el crédito de cada empresa, se necesita tener instalado un certificado digital de representación de la empresa.

 

A continuación, vamos a resolver cuestiones básicas sobre bonificaciones, como ¿ qué cursos cumplen los requisitos para ser bonificables ?, o como consultar o calcular el crédito del que dispone mi empresa. 

 

Índice de contenidos

Índice de contenidos:

 

1. Cuestiones básicas: formación programada por las empresas

 

2. ¿Por qué bonificar la formación de mi empresa?

 

3. Pasos para bonificar: proceso

 

4. Normativa aplicable: Fundae

 

5. Plazos para bonificar el crédito de formación

 

6. Estimación del crédito de formación: cálculo aproximado

 

7. Infografía con el proceso de bonificación

 

8. Porcentajes por plantilla media

 

9. Ejemplos: cálculo del crédito

 

10. Curso de capacitación para la gestión de bonificaciones

 

 

Cuestiones básicas sobre el crédito para la formación continua:

 

En España cada empresa dispone de un crédito de formación a descontar de sus cotizaciones a los seguros sociales y que solo se puede aprovechar si imparte formación a sus trabajadores y lo justifica según la normativa vigente.

 

📊 Las estadísticas anuales que publica Fundae indican que el crédito de formación del que disponen las empresas no suele utilizarse al 100%.

 

En la mediana y gran empresa el sistema es muy utilizado, pero en las PYMEs sigue sin utilizarse de manera generalizada, a pesar de medidas de apoyo como exigirles un menor porcentaje de cofinanciación privada o la posibilidad de reservar su crédito de formación.

 

 


Si no tienes tiempo, para leer este artículo puedes contactar con nosotros por tfno. 91.5102326 o email y te ayudaremos sin ningún compromiso !

Contacta y te ayudaremos a resolver tus dudas …


  

 

1. ¿Por qué bonificar la formación de mi empresa?

 

Fundamentalmente, para contar con más presupuesto para formación de los trabajadores. Además del presupuesto interno del que dispongamos, podemos contar con el crédito de formación continuada. Otras razones suelen ser …

 

  • Para tener trabajadores más formados y más competitivos. Una necesidad de vital importancia para las empresas y más hoy en día ya que estamos inmersos en una continua revolución digital.

 

  • Para dar mejor imagen de empresa a los trabajadores. Como elemento motivante, que fomente el desarrollo de carreras profesionales.

 

  • Para recuperar parte de lo pagado en concepto de Formación Profesional a la Seguridad Social:
    • El crédito de formación es igual al total de las cuotas ingresadas en concepto de formación profesional continua x 0,7 % y aplicado un porcentaje que varía en función del nº de trabajadores de la empresa.
  •  
    • Luego en función de tamaño de la empresa por nº de empleados se aplica un porcentaje de bonificación (los veremos más adelante) …

 

En el siguiente enlace puedes aproximar el importe de tu crédito de formación a través del Simulador de crédito de Fundae (la entidad oficial que se encarga de gestionar estas ayudas para la formación).

 


 

Pasos para bonificar

2. ¿Cómo es el proceso? Pasos para bonificar

 

Podemos realizarlo internamente o externamente a través de una Entidad Organizadora de Formación Profesional Continua:

 

  • A través de una Entidad Organizadora, experta en bonificaciones que se ocupe de realizar todos los trámites. Si no se tiene experiencia precia es un buen método para evitar sustos posteriores en posibles revisiones e inspecciones de Fundae.

 

  • A través de un Gestor Externo de formación bonificada.

 

  • Disponer o formar a un trabajador de la empresa para que realice estas funciones.

 

 

 

Normativa

3. ¿Qué normativa regula las bonificaciones?

 

Fundamentalmente por la Ley 30/2015, que se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral y el Real Decreto 694/2017 que la desarrolla. 

 

Esquema normativa bonificaciones Fundae

Puedes ampliar información en este enlace sobre normativa que regula las bonificaciones por formación.

 

 

Ahorro por bonificación en los seguros sociales

4. ¿Qué formación puedo bonificar?

 

  • Toda la formación interna o externa que se imparta en la empresa, siempre que tenga más de 6 horas (excepción 4 horas en algunas materias).

 

  • No puede haber más de 25 alumnos por aula.

 

  • Horas máximas diarias de formación 8.

 

 

Requisitos para bonificar

5. ¿Cuándo bonificar el coste de la formación?

 

A partir de hoy mismo, si no gastas el crédito de formación en el año lo pierdes. Nada más estén validados los créditos anuales de cada empresa, podemos comenzar a aplicar bonificaciones en los seguros sociales de las AA.FF. comunicadas.

 

Recuerda la formación a de estar comunicada en plazo, finalizada y pagada al proveedor antes de proceder al descuento en la cuota de la Seguridad Social.

 

«En los meses de abril y mayo la Tesorería de la Seguridad Social suele validar las plantillas medias, las cuotas de formación y los créditos de cada empresa de cara a las bonificaciones de sus acciones formativas.»

 

Finalmente, tendremos como fecha límite hasta el último boletín de cotización del año (diciembre), que se abona en enero, como última oportunidad para aplicar las bonificaciones correspondientes.

 

cálculo del crédito anual por formación continua

6. ¿Cómo hacer el cálculo del crédito anual por formación continua?

 

Las empresas que realicen formación para sus trabajadores y que coticen por la contingencia de Formación Profesional a la Seguridad Social tienen derecho a disponer de un Crédito de Formación Continua (también conocido como crédito formación Fundae o crédito formación Tripartita).

 

 

Cálculo cuota de formación

Para el cálculo del importe a bonificar se necesita:

 

  • 1. Calcular la cuota por Formación Profesional de tu empresa. Cuantía ingresada a la Seguridad Social en concepto de Formación Profesional durante el año anterior*.

 

    • Podemos ayudarte a calcular el crédito que corresponde a tu empresa (aproximación), antes de la validación definitiva.

 

 

  • 2. Aplicar el porcentaje de bonificación en función del tamaño de las empresas, que cada año establece la Ley de Presupuestos Generales del Estado.

 

 

  • 3. Cálculo de la plantilla media: Empresas de 6 a 9 trabajadores el 100%, de 10 a 49 trabajadores el 75% por ciento, de 50 a 249 trabajadores el 60% y para 250 ó más trabajadores el 50% por cien.

 

 

 


📌 Excepciones: Empresas de 1 a 5 trabajadores, se establece un Fijo por empresa de 420 €. Empresas de nueva creación 65 € por trabajador de nueva incorporación. Existe un crédito adicional para los Permisos Individuales de Formación.


 

 

Los grupos de empresas también disponen de condiciones especiales, ya que una empresa del grupo puede disponer del crédito del resto de componentes, aunque con ciertas limitaciones. «Hasta el límite de la cuota de formación, el 0,7  % de la masa salarial.»

 

 

7. Infografía: cálculo de las bonificaciones para las acciones formativas de las empresas:

 

Infografía: porcentaje de bonificación por el crédito de formación

 

 

 

 

 

 

 

 

¿Qué es la Formación Continua Bonificada para empresas? Compartir en X

 

 

Aspectos a considerar sobre el crédito de formación

8. Notas sobre el crédito de formación continua:

 

Como vimos, el crédito de formación de las empresas que coticen en la contingencia de Formación Profesional se calculará como en años anteriores aplicando a la cuantía cotizada en el año anterior, por un porcentaje de bonificación dado en función del tamaño de las empresas (que por cierto, se mantiene respecto al año anterior):

 

a) Empresas de 6 a 9 trabajadores: 100 %.

 

b) De 10 a 49 trabajadores: 75 %.

 

c) De 50 a 249 trabajadores: 60 %.

 

d) De 250 o más trabajadores: 50 %.

 

 

«Las empresas de 1 a 5 trabajadores dispondrán de un crédito de bonificación por empresa de 420 euros, en lugar de un porcentaje.

 

Asimismo, podrán beneficiarse de un crédito de formación, en los términos establecidos en la citada normativa, las empresas que durante el año anterior abran nuevos centros de trabajo, así como las empresas de nueva creación, cuando incorporen a su plantilla nuevos trabajadores.

 

En estos supuestos las empresas dispondrán de un crédito de bonificaciones cuyo importe resultará de aplicar al número de trabajadores de nueva incorporación la cuantía de 65 euros.

 

Las empresas que durante el año concedan permisos individuales de formación a sus trabajadores (PIF) dispondrán de un crédito de bonificaciones para formación adicional al crédito anual que les correspondería de conformidad con lo establecido en el párrafo primero de este apartado, por el importe que resulte de aplicar los criterios determinados por Orden del Ministerio de Empleo y Seguridad Social.

 

El crédito adicional asignado al conjunto de las empresas que concedan los citados permisos no podrá superar el 5% del crédito establecido en el presupuesto del Servicio Público de Empleo Estatal para la financiación de las bonificaciones en las cotizaciones de la Seguridad Social por formación profesional para el empleo.»

 

Modalidades de formación bonificada cuadro económico

Tabla con módulos económicos publicados en los presupuestos generales del estado.

 

 

Fuente: PDF con la aprobación de la financiación de la formación profesional para el empleo (extracto de los Planes Generales del Estado Anuales: Disp. Adicional Octogésima Primera de la LPGE.

 

Ya se encuentra habilitado este año el acceso web para notificar acciones y grupos con cargo al crédito asignado* a las empresas para el ejercicio.

 

Solicita gratuitamente el asesoramiento de nuestros consultores para hacer un estudio y presupuesto según sus necesidades puede contactar en el siguiente enlace: Más información.

 

Esquema gestión del crédito a través de la aplicación telemática de Fundae

 

Ejemplo cálculo del crédito

9. Ejemplo: cálculo del crédito

 

Las empresas que realicen formación para sus trabajadores y que coticen por la contingencia de Formación Profesional a la Seguridad Social tienen derecho a disponer de un Crédito de Formación.

 

Este crédito es la cantidad que dispone la empresa anualmente para financiar, a través de bonificaciones de las Cuotas de la Seguridad Social, las Acciones de Formación Continua que desarrollen para sus trabajadores.

 

¿Cómo se calcula?

 

1. Necesitamos conocer:

 

  • La cantidad ingresada por la empresa a la Seguridad Social en concepto de cuota de Formación Profesional durante el año anterior. (Son los ingresos referidos a cuotas devengadas desde el mes de diciembre previo al citado periodo y descontadas las devoluciones).

 

Por ejemplo:

Crédito 2022: Necesitaremos conocer la cuota de formación profesional desde diciembre 2020 hasta noviembre 2021.

 

Excepción: empresas que tengan autorizado pago trimestral o diferido, se tendrán en cuenta los devengos desde octubre o noviembre respectivamente.

    • Cálculo de la plantilla media, durante el año anterior.
    • Porcentaje de Bonificación que cada año establece la Ley de Presupuestos Generales del Estado, en función del tamaño de las empresas. Son los siguientes:
        • Empresas de 1 a 9 trabajadores: 100%.
        • De 10 a 49 trabajadores: 75%.
        • De 50 a 249 trabajadores: 60%.
        • De 250 o más trabajadores: 50%.

2. Cálculo:

    • Se hace el cálculo con los datos anteriores.
      • Cuota de formación x porcentaje de bonificación correspondiente.

 

 

Puedes contrastar los resultados con la calculadora de crédito que pone a disposición FUNDAE en su simulador de crédito.

 

    • Nuevos centros de trabajo: tomará como referencia una cuantía de 65 € por cada trabajador de nueva incorporación en el la primera alta en la Seguridad Social.

 

3.  Acumular crédito: A partir de 2018 las empresas con menos de 50 trabajadores, a través de la aplicación telemática (art. 15.3 RD 694/2017), podrán solicitarlo en el primer semestre del año acumular el crédito no dispuesto en el ejercicio en curso y en el siguiente.

 

4. Crédito grupo de empresas: (art. 14.2 RD 694/2017) cualquier empresa del grupo podrá disponer del crédito de otra empresa del grupo, además del crédito propio, hasta el límite del 100% de lo cotizado por la empresa que se bonifica en concepto de cuota de formación profesional (art. 9.4 Ley 30/2015, 9 de septiembre).

 

 


📄 Notas: Las empresas que concedan permisos individuales de formación para sus trabajadores dispondrán de un crédito adicional (planes PIF). Lo veremos en el tema correspondiente.

 

Para poder acceder a la financiación por Formación Profesional Continua sólo tienes que darte de alta en el sistema de bonificaciones a la Formación Continua. Un sencillo trámite en el que podemos ayudarte !

 

 

Curso: Gestión del crédito de formación

10. Curso: gestión del crédito de formación

Curso de introducción a la gestión del crédito de formación, o realizar algunos de nuestros módulos de especialización, como los de justificación de costes, respuesta ante inspecciones y auditorías, contabilización de las bonificaciones o digitalización del proceso de comunicación a Fundae, …

 

Ver temarios …

 

 

* Llega hasta el nivel experto pero es perfectamente realizable por personas que no conozcan a fondo el sistema. Opiniones de nuestros alumnos en el portal independiente eMagister.

 

 

Servicio gestión del Crédito de formación

Resolvemos todas tus dudas sobre formación bonificada:

 

Desde Consultae, ayudamos a cientos de empresas anualmente a gestionar de manera segura y eficiente su crédito disponible asesorando sobre la gran variedad de casuística de estas ayudas.

 

Participamos en la elaboración de detecciones de necesidades formativas, gestión del crédito de formación bonificada (Fundae) y negociamos con proveedores y formadores para la impartición de cursos.

 

 

Datos de contacto servicio de bonificaciones

«Para estar al tanto de las novedades, y cumplir con todos los requisitos a la hora de comunicar y aplicar bonificaciones se requiere el asesoramiento de profesionales expertos que presten una ayuda eficaz.

Por ello, ayudamos a nuestros clientes con sus preguntas frecuentes incluso con sus SAQs, las preguntas que deberían hacer pero que no tienen suficiente información para realizarlas.»

Una extensa experiencia y miles de clientes satisfechos nos avalan !

 

 


📄 Notas:

* Deducción de los importes a ingresar en las cuotas a la Seguridad Social por formación profesional continua.

** Los Créditos a la Formación Profesional Continua están regulados en el Real Decreto 395/2007).

*** Este dato será definitivo cuando en la aplicación telemática de Fundae aparezca el mensaje «Dato validado por la TGSS«.

**** Antes se calculaba sumando las casillas 501 de los TC1 del año anterior (suma de Bases de Desempleo, Fondo de Garantía Salarial FOGASA y FP) y multiplícalo por 0.7 %.

 

Publicado en: Bonificación Formación Continua, Crédito formación continua, Formación Profesional Continua, Formación programada por las empresas | Etiquetas: Bonificaciones formación, Cálculo importe bonificacion formacion continua, Entidad organizadora, Formación continua bonificada, fundae empresas |

Consultae: Centralización y Optimización del Proceso Formativo

Publicada en 18 septiembre, 2024 de Consultae

ERP clientes y proveedores de formación Hub

Consultae, centraliza y facilita todo el proceso formativo para las empresas

 

En Consultae, como consultora de formación, nos especializamos en gestionar y optimizar todo el proceso formativo de nuestros clientes, actuando como un Hub central de comunicación entre los diferentes centros de formación. Nuestro enfoque integral permite a las empresas delegar en nosotros la coordinación y organización de las actividades formativas, garantizando una mayor eficiencia y control en cada etapa.

 

Nos encargamos de centralizar la gestión de la formación, simplificando la relación entre las empresas y sus proveedores educativos, asegurando que cada curso y capacitación se desarrolle conforme a los requisitos y expectativas de nuestros clientes.

 

Además, optimizamos la gestión documental relacionada con las bonificaciones de Fundae, un aspecto clave para asegurar que las empresas aprovechen al máximo las ayudas disponibles.

 

Nuestro equipo coordina todo lo necesario para que los trámites con Fundae se realicen correctamente y a tiempo, desde la preparación de la documentación hasta la justificación de los costes, permitiendo que nuestros clientes se concentren en sus actividades clave, sin preocupaciones administrativas.

 

Finalmente, gestionamos también los datos de facturación, consolidando toda la información relevante para que las empresas tengan un control claro y accesible de los costos asociados a la formación.

 

Al actuar como el nexo de unión entre las empresas, los centros de formación y Fundae, Consultae garantiza un proceso ágil y efectivo, alineado con las necesidades de nuestros clientes y las exigencias legales.

 

En Consultae, trabajamos para que la formación sea una herramienta estratégica que potencie el crecimiento de las organizaciones, simplificando al máximo cada una de las gestiones necesarias.

 

Software People Analytics

Centralización y Optimización del Proceso Formativo con Tecnología Propia: Softmetry ERP

 

Una de nuestras principales ventajas es que contamos con Softmetry ERP, un software propio diseñado específicamente para digitalizar y automatizar todo el proceso de bonificación, facilitando la comunicación y gestión entre empresas, proveedores y la Administración Pública (Fundae / SEPE).

 

Con Softmetry ERP, optimizamos la gestión documental, permitiendo un mayor control y visibilidad en tiempo real de todo el ciclo formativo, lo que se traduce en procesos más ágiles y transparentes.

 

Además de coordinar la formación con los centros, nos encargamos de todo lo relacionado con las comunicaciones y relación con Fundae / SEPE, gestionando los trámites de bonificación y asegurando que nuestros clientes aprovechen al máximo las ayudas disponibles.

 

Softmetry facilita la centralización de todos los documentos necesarios para cumplir con los requisitos legales y administrativos, lo que reduce el tiempo y esfuerzo invertidos en estos procesos.

 

Finalmente, con Softmetry también gestionamos de manera eficiente los datos de facturación, consolidando la información en un solo lugar para que las empresas tengan acceso a todos los costes de la formación de manera clara y estructurada.

 

Al actuar como un nexo digital entre empresas, centros de formación y la Administración Pública, y gracias a la tecnología de Softmetry, en Consultae ofrecemos un proceso formativo ágil, eficiente y completamente optimizado. Esto permite a nuestros clientes enfocarse en lo que realmente importa: su crecimiento y desarrollo, mientras nosotros nos ocupamos de la parte administrativa y técnica.

 

Por:

Manuel Jiménez Molina

«En Consultae, como consultora de formación, nos especializamos en gestionar y optimizar todo el proceso formativo de nuestros clientes, actuando como un hub central de comunicación entre los diferentes centros de formación. Nuestro enfoque integral permite a las empresas delegar en nosotros la coordinación de las actividades formativas, garantizando una mayor eficiencia y control en cada etapa.»

 

 

Publicado en: Ayuda con trámites, Crédito formación continua | Deja un Comentario |

¿Qué es un PIF en formación bonificada?

Publicada en 10 septiembre, 2024 de Consultae

¿Qué es un PIF en formación bonificada?

Planes PIF: una ayuda para la formación reglada de los trabajadores

 

Estar trabajando no debe ser impedimento para continuar formándose a través de los planes reglados (oficinales).

 

Los Permisos Individuales de Formación (PIF) te permiten tomar las riendas de tu futuro profesional. Ampliar tus conocimientos y habilidades, mejorar tu empleabilidad y formarte de manera personalizada. 

 

Los planes PIF benefician tanto al trabajador, que aumenta su empleabilidad, como a la empresa, que cuenta con una plantilla más capacitada y motivada.

 

Por ello, los planes de financiación de la formación PIF ayudan cada año a miles de trabajadores a realizar formación presencial reglada complementaria al crédito de formación de cada empresa.

 

permisos individuales de formación

¿Qué son los permisos individuales de formación a los que también llamamos PIF?

Un PIF es un Permiso Individual de Formación por el cual una empresa autoriza a un trabajador a la realización de una formación que permita mejorar su capacitación personal y profesional.
 

 

🎓 A los gestores de formación les preocupa ¿Cuál es la implicación de esta modalidad bonificada? … ¿Y en su gestión cuando tienen delante un PIF y cuando no?, o ¿Cómo se hace esta tramitación diferente a los cursos bonificados de demanda?

 

Los planes PIF permiten que el trabajador acuda a clase en horario laboral, y a la empresa empleadora recuperar el lucro cesante debida a la ausencia. Como características más relevantes podríamos indicar:

 

1. No están sujetos a cofinanciación privada.

2. Deben estar dirigidos a la obtención de un título acreditado oficialmente.

3. Nº Horas máximo: 200 h. por permiso y curso académico o año natural.

4. Son iniciativa del trabajador en base a derechos e intereses personales y no de la empresa (para eso está el crédito de formación).

 

Ahora mismo, los permisos individuales PIFs están muy de actualidad porque se están solicitando bastantes más permisos que hace unos años.

 

Se han ampliado las características del permiso, lo que ha ayudado a que cada vez más trabajadores y empresas puedan optar a esta modalidad.

 

Pasos para activar un PIF

 

Se solicita mediante la presentación del impreso de solicitud a la empresa y se puede empezar a disfrutar una vez la empresa lo autorice.

 

👉 Basados en la normativa del Real Decreto 694 de 2017, concretamente están recogidos en el artículo 29.

 

Entre las AA.FF. reconocidas se encuentran los títulos y certificados de profesionalidad o los carnés profesionales obligatorios en cada comunidad autónoma para el ejercicio de una profesión.

 

La Ley 5/02, de las Cualificaciones y Formación Profesional, establece que los títulos del Ministerio de Educación y los certificados de profesionalidad del Ministerio de Trabajo se elaborarán a partir del Catálogo Nacional de Competencias Profesionales (INCUAL).

 

Es importante incidir que cuando la empresa da luz verde al PIF de un trabajador ha de comunicarlo a la representación legal de los trabajadores (RLT) en caso de existir, en los plazos que se está que establece la normativa.

 

Tiene una particularidad que no tiene la formación bonificada, y es que podemos ir descontando en los seguros sociales mes a mes la parte correspondiente. 

 

Y una vez que está todo aplicado, tenemos que guardar la documentación, cuatro años después del permiso. 

 

Solicitar más información sobre gestión de planes PIF …

 

 

Si tienes trabajadores que han pedido permiso o están pensado asistir a clases oficiales, podemos ayudarte a compensar la pérdida que supone para la empresa.

 

¿Para qué se puede solicitar un PIF? 

¿Para qué estudios se puede solicitar un PIF? 

 

  • ESO/ Bachiller. Formación Profesional del Sistema Educativo.
  • Certificados de profesionalidad.
  • Carnés profesionales: Instalador de gas, manipulación de alimentos, CAP para conductores de autobús o camión, mercancías peligrosas ….
  • Licenciaturas / Diplomaturas / Ingenierías. Doctorados. Títulos propios oficiales.
  • Escuelas Oficiales de Idiomas.
  • Conservatorios profesionales de Música o Danza.
  • Técnicos en Prevención de Riesgos Laborales.
  • Acceso a la Universidad o a la Formación Profesional para mayores de 25 años.

 

 

¿Para qué cursos no se puede solicitar un PIF?

 

  • AA.FF. a distancia sin formación presencial obligatoria, se admitirán tutorías presenciales modalidad distancia o teleformación.
  • Acciones formativas de demanda bonificadas.
  • Permisos de asistencia a exámenes a los que el trabajador tenga derecho. Cursos de formación no oficiales.
  • Asistencia fuera de horario de trabajo.

 

 

Pongamos un ejemplo, si un trabajador ha pensado en obtener el master de prevención de riesgos laborales por motivos personales es un PIF, si es la empresa quien pide al trabajador que lo realice para ser delegado de prevención no.

 

Crédito de formación para empresas

Crédito PIF: composición

 

El crédito que la empresa dispone para financiar PIF, se compone de:

 

✔ Crédito específico para PIF, que es un 5% sobre el crédito anual para acciones formativas.

✔ Un crédito adicional que será el equivalente al de los costes salariales de los permisos que comunique, con los siguientes límites:

 

  • El de los costes de 200 horas correspondientes a uno o más permisos para empresas de 1 a 9 trabajadores;
  • 400 horas para empresas de 10 a 49 trabajadores;
  • 600 horas para empresas de 50 a 249 trabajadores;
  • 800 horas para las de 250 a 499 trabajadores,
  • y el de los costes salariales de otras 200 horas por cada 500 trabajadores más que la empresa tenga en su plantilla.

 

Estos límites (bolsa de horas) sólo operarán cuando los costes salariales del permiso o permisos que conceda la empresa superen el 5 % de su crédito anual. En estos casos se pasa a medir las horas y no el coste económico.

 

 

Diploma Certificado de participación

Oficialidad de los cursos

 

Un PIF se puede solicitar para las acciones formativas reconocidas mediante una titulación oficial del Ministerio de Educación, incluidos los títulos propios de las universidades.

 

Se denominan títulos a los que establece el Ministerio de Educación y son emitidos por la Administración educativa competente, así como a aquellos establecidos por las Universidades y considerados títulos propios.

 

Los títulos establecidos por el Ministerio de Educación tienen carácter oficial y validez en España, por ello se publican en el BOE.

 

La formación dirigida a la obtención de una titulación oficial se debe cursar en un centro público o en un centro privado homologado por la Administración competente (Administración general o autonómica).

 

Los títulos propios de las Universidades son los establecidos por resolución de la Junta de Gobierno o Consejo Social de la Universidad correspondiente, tal y como se recoge en el artículo 34.3 de la Ley Orgánica de Universidades, del 24 de diciembre de 2001.

 

Acciones formativas válidas como PIF

AA.FF. Reconocidas

 

Acciones formativas reconocidas mediante acreditación oficial del resto de Administraciones públicas (Ministerio de Trabajo, Ministerio de Industria, etcétera).

 

Además de los títulos del Ministerio de Educación existen otras acreditaciones oficiales establecidas por normativa estatal, expedidas bien por el Ministerio o Administración autonómica competente, y por tanto publicadas en el BOE o en el boletín oficial autonómico correspondiente.

 

Como por ejemplo los certificados de profesionalidad que establece el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y que, al igual que los títulos, tienen validez en todo el Estado y vigencia permanente.

 

Los carnés profesionales (o certificados profesionales habilitados) que acrediten la realización de una formación específica para el ejercicio de una profesión.

 

Se obtienen tras superar una prueba convocada anualmente por la Administración encargada de expedirlos. A diferencia de los títulos, algunos carnés necesitan renovarse periódicamente y son válidos únicamente en el ámbito de la comunidad autónoma que lo expide.

 

📌 Ejemplos:

 

  • El carné de instalador frigorista autorizado, instalador autorizado de instalaciones de suministro de agua en los edificios, licencias profesionales como la de árbitro de fútbol, etc.

 

 

 

CNCP

Catálogo Nacional de las Cualificaciones Profesionales

 

Los títulos y certificados de profesionalidad que constituyen la oferta del Catálogo Nacional de las Cualificaciones Profesionales.

 

En el CNCP elaborado por el Instituto Nacional de Cualificaciones (INCUAL) se recogen perfiles profesionales y se establece la formación necesaria para realizar las actividades relacionadas con cada perfil profesional.

 

La Ley 5/02, de las Cualificaciones y Formación Profesional, establece que los títulos del Ministerio de Educación y los certificados de profesionalidad del Ministerio de Trabajo se elaborarán considerando el CNCP.

 

Actualmente estamos en un proceso de adaptación y durante algún tiempo convivirán la oferta oficial anterior y las nueva elaborada a partir del CNCP.

Documentación justificativa planes PIF

Documentación y acuerdos: Planes PIF

 

La empresa pondrá a la disposición de los trabajadores el modelo de solicitud de autorización para el permiso individual que se incorpora como anexo 1 en la orden ministerial.

 

La empresa deberá conservar los documentos que acrediten la ejecución del permiso que son los siguientes:

 

  • La solicitud del Permiso Individual de Formación y la Concesión del mismo
    Las empresas deberán mantener en custodia el impreso de solicitud a la empresa y la concesión del permiso, cumplimentado por los trabajadores que lo solicitaron.

 

  • Matriculación oficial: Se acreditará mediante la presentación de la copia de la matrícula, así como copia de la justificación de haber realizado el pago de la misma.

 

  • Calendario lectivo y horario de las clases: Mediante certificado con sello del Centro de Estudios o del Departamento correspondiente. La documentación deberá ser original o fotocopia compulsada.

 

  • El resultado académico o justificante de la presencia en la acción formativa
    Mediante certificado de asistencia con sello del centro de estudios o del Departamento correspondiente y firma de la persona que emite el certificado. La documentación deberá ser original o fotocopia debidamente compulsada.

 

  • Realización de un Curso Universitario que tiene la consideración de Título Propio
    En este caso se deberá solicitar la Resolución de la Junta de Gobierno o Consejo Social de la Universidad correspondiente. Esta documentación podrán solicitarla en las Secretarías de los Centros correspondientes.

 

  • Formación realizada en un Centro de formación privado: Deberá custodiar el certificado de la Homologación del Centro de Formación, así como una Acreditación de la Normativa Reguladora de la Enseñanza solicitada.

 

  • Fotocopia de las nóminas: El salario percibido durante el periodo de disfrute del permiso se acreditará mediante fotocopia de las nóminas correspondientes a los meses en los que se hayan disfrutado horas de permiso financiadas.

 

 

Lo que no es un PIF

Aclaraciones sobre qué es y qué no es un PIF

 

El pasado 11/02/2013  se produjo una Sentencia del Tribunal Supremo al respecto, dónde se estableció que la formación destinada a que trabajador pueda desempeñar su ocupación, se encuadrará “dentro del contrato de trabajo, pues se le exige una formación que incida directamente sobre su actividad”.

 

Al tratarse de un derecho del trabajador, según el Estatuto de los Trabajadores, en sus artículos 4.2,b) y 23.1, d) modificados con la reforma laboral de 2012, en éstos casos , no pueden considerarse estas acciones formativas como permisos individuales de formación.

 

No obstante, según indica Fundae, estos cursos pueden incluirse dentro de las acciones formativas de demanda.

 

Puedes consultar las fuentes y ampliar esta información en: fundae.es.

 

Calculo del importe a bonificar con un PIF

Cálculo de financiación del PIF

 

Su cuantía no estará limitada por las cotizaciones de una empresa. El dinero para compensar la ausencia de un trabajador que asiste a clase está determinado por el coste hora del mismo y un límite de 200 horas por año. Para el cálculo de financiación del PIF necesitamos los siguientes datos:

 

– Salario anual del trabajador: donde se incluye el salario base, la antigüedad, otros complementos fijos y la parte correspondiente a las pagas extraordinarias

– Horas de jornada anual del trabajador.

– Horas del PIF.

– Porcentaje que la empresa cotiza a la Seguridad Social.

**La formula para el cálculo con los datos será:

(Salario Anual/horas anuales)*horas de PIF=coste salarial del PIF.

Coste salarial del PIF / Porcentaje de la empresa a la Seg Social= coste ss del PIF.

Coste salarial del PIF + Coste de la S.S. del PIF = Es la financiación máxima del PIF.

 

Estadísticas PIF

Estadísticas: permisos de formación PIF en las empresas

 

  • 5.180 trabajadores en 2018 disfrutaron de permiso individual de formación (PIF). 
     
  • 5.621 trabajadores en 2019 de unas 71,2 horas de duración media. 
  • 4.317 trabajadores en 2020 con 59,1 horas de duración media. Respecto a la finalidad de los PIF en ese año; el 75% es universitaria, un 9,5 FP, un 6,6 Idiomas, 0,6 certificados, 0,6 bachillerato y un 6,9 otras acreditaciones.

 

* Fuente: según los datos publicados por Fundae en sus estadísticas anuales.

 

Enlaces relacionados

Enlaces relacionados: Planes PIF

 

  • Impreso oficial de Solicitud a la empresa del permiso individual de formación (Anexo I de la Orden Ministerial 2307/2007).

 

  • Preguntas frecuentes de CC.OO. sobre certificados de profesionalidad y PIFs en ccoo.es/csccoo/Areas: Formación para el empleo.

 

  • Folleto informativo sobre los PIF.

 

  • Ejemplo de comunicación crédito PIF agotado.

 

  • Recordatorio sobre la finalización de grupos formativos y PIF.

 

 

Enlaces relacionados

Entradas relacionadas: planes de formación individuales

 

Formación que no cumple los requisitos de los PIF. La formación establecida en los convenios colectivos de construcción, metal, madera y mueble para la obtención de las tarjetas profesionales no puede bonificarse a través de los planes PIF*.

 

Puedes ampliar esta información en la nota de prensa publicada al efecto por la Fundae.

 

Recordatorio sobre la finalización de grupos formativos y PIF. Recuerda que “para ser considerada procedente la bonificación de los Grupos Formativos y Permisos Individuales de Formación se deberá notificar la FINALIZACIÓN, según lo establecido en los artículos 19 y 26.2, respectivamente, de la ORDEN TAS 2307/2007 de 27 de julio por la que se desarrolla parcialmente el Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo. Seguir leyendo…

 

¿Sabías que existen Permisos Individuales de Formación por los cuales se compensa económicamente a las empresas si sus trabajadores asisten a planes oficiales de formación en horario de trabajo? Compartir en X

 

Ojo! Los planes PIF son prácticamente todos inspeccionados, por ello hay que estar muy atentos para responder a las notificaciones de requerimientos por email para que no se nos pasen los plazos de respuesta. 

 

Como vemos, los PIF son una herramienta valiosa para el desarrollo profesional. Y aunque su gestión requiere una atención pormenorizada, cada vez son más utilizados por las empresas.

 

A pesar de la rigurosa inspección a la que se someten estos planes, las empresas los eligen para evitar el alto lucro cesante de este tipo de formaciones. Si se os da el caso, estaremos encantados de poder ayudaros, cumpliendo con todos los requisitos legales para evitar devoluciones y asegurando una implementación exitosa.

 

Estos son nuestros datos de contacto:

 

Asesor formación bonificada

«Espero que os haya servido de ayuda este artículo para que tengáis una visión de cómo se gestionan los permisos individuales. Si estás interesado/a en bonificarte un curso de formación a través de los planes PIF, podemos ayudarte a realizar estos servicios de tramitación. Estos son nuestros datos de contacto info@consultae.es y tfno. 91.510.23.26.»

Firma Estrella Herranz

Autora: Estrella Herranz

 

 


📄 Notas:

  • Las partidas económicas dirigidas a financiar los planes de crédito PIF anuales pueden agotarse. Cuando esto sucede, Fundae lo comunica a través de su portal web.

 

  • PDF: Es un hecho que los planes PIF son frecuentemente inspeccionados. Instrucciones sobre Actuaciones de Seguimiento y Control de la Formación Programada por las Empresas.

 

 

Puedes ampliar esta información en el PDF de Fundae de apoyo a PYMEs.

 

Publicado en: Bonificación Formación Continua, Formación Profesional Continua | 2 Comentarios |

Formación bonificable de Escuelas de formación y Universidades

Publicada en 8 septiembre, 2024 de Consultae

Colaboración entre Escuelas , Universidades y Consultoras de formación

Escuelas, Universidad y Consultae

 

Las bonificaciones por formación son un incentivo económico a las empresas para que realicen formación para sus trabajadores. La Fundación Estatal para la Formación en el Empleo (Fundae) habilita este sistema a través de su plataforma.

 

Estas bonificaciones por formación programada por las empresas junto a los Planes PIF pueden llegar a cubrir hasta el 100% del coste de la formación, lo que las hace muy atractivas para las empresas.

 

Las Escuelas de formación y Universidades son dos de los principales proveedores de formación para empresas. Con sus conocimientos y experiencia, estas instituciones pueden ayudar a las empresas a capacitar a un gran nivel a las empresas.

 

Las empresas pueden financiar la formación siempre que cumplan unas determinadas condiciones sobre las condiciones de impartición. Los trabajadores a nivel particular no tienen derecho a esta financiación pero si a través de planes PIF.

 

¿Cómo colaboramos con Escuelas de formación y Universidades?

 

Las Escuelas de formación y Universidades pueden colaborar con un gestor externo de formación especializado en trámites con Fundae, comunicando acciones formativas y programas de formación bonificables.

 

Tienen un amplio catálogo de cursos y programas de formación que pueden ser bonificables por Fundae. Estos cursos están diseñados para cubrir las necesidades formativas de las empresas de todos los sectores.

 

Acuerdos Universidad / Consultae : una oportunidad para fomentar las bonificaciones por formación en las empresas

 

También de alumnos particulares los cuales pueden ayudar a sus empresas a financiar el coste de sus ausencias por asistir a clase en horario de trabajo (lucro cesante en Planes PIF).

 

En este sentido, desde Consultae ayudamos a las empresas a gestionar las bonificaciones por formación. Las Escuelas de formación y Universidades pueden ayudar a las empresas a completar los trámites necesarios para solicitar las bonificaciones por formación. También pueden proporcionar a las empresas información sobre los requisitos y los plazos de solicitud.

 

Impulsando la formación continua de los trabajadores. Las Escuelas de formación y Universidades pueden ayudar a las empresas a fomentar la formación continua de sus trabajadores. Esto puede ayudar a las empresas a mejorar la productividad y la competitividad.

 

Contacto
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Colaboramos con varias instituciones universitarias con total éxito ! 

 

Beneficios de la colaboración entre Escuelas de formación, Universidades y consultoras de formación

 

La colaboración entre Escuelas de formación, Universidades y empresas puede ofrecer varios beneficios, entre ellos:

 

Mayor oferta de formación bonificable. La colaboración entre estas instituciones puede ampliar la oferta de formación bonificable para las empresas. Esto puede ayudar a las empresas a encontrar cursos y programas de formación que se adapten a sus necesidades específicas.

 

La colaboración entre instituciones puede ayudar a las empresas obtener una formación de calidad y a gestionar las bonificaciones por formación de manera más eficiente.

 

Esto puede ahorrar tiempo y recursos a las empresas, a mejorar la eficiencia en la gestión de las bonificaciones.

 

Mayor compromiso de los trabajadores con la formación. La colaboración entre estas instituciones puede ayudar a las empresas a fomentar la formación continua de sus trabajadores. Esto puede ayudar a los trabajadores a desarrollar sus habilidades y conocimientos, lo que puede beneficiar a las empresas.

 

Las Escuelas de formación y Universidades son un recurso valioso para las empresas que quieren aprovechar las bonificaciones por formación.

 

Colaborando con estas instituciones, las empresas pueden encontrar cursos y programas de formación que se adapten a sus necesidades, gestionar las bonificaciones de manera más eficiente y fomentar la formación continua de sus trabajadores.

 

Publicado en: Bonificación Formación Continua, Crédito formación continua, Formación Profesional Continua, Formación programada por las empresas | Deja un Comentario |
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