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Archivo de la categoría: Consultoría bonificaciones

Servicio de gestión de bonificaciones en la formación programada por las empresas. Miles, si miles de planes gestionados a lo largo de estos 20 años de servicio comprometido con la calidad y seriedad hacia nuestros clientes !

Tips de ayuda: gestión Fundae

Publicada en 12 junio, 2022 de Consultae

Tips de ayuda: gestión Fundae

Recopilación de Tips: gestión Fundae

 

Recopilación de los mejores TIPs publicados en el grupo de Linkedin Bonificación Formación Continua.

 

#1: Os dejo un ejemplo de comunicación de #Fundae por producirse una notificación infructuosa …

 

#2: Los autónomos tienen derecho a bonificarse pero de momento no se pueden aplicar. En cuanto se establezcan las condiciones en las que se podrán bonificar, lo comunicarán.

 

#3: Puntos importantes a comprobar antes del cierre de las #bonificaciones por #formacioncontinua …

 

#4: Cierre del ejercicio para los planes de #formaciónbonificada: recuerda el 30 de enero, se acaba el plazo para abonar todas las facturas relacionadas con los cursos bonificados en el curso anterior.

 

#5: Medidas a adoptar por la situación del Coronavirus en materia de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito del SEPE.

Si necesitáis continuar la formación y no esperar los 15 días que se indican, se puede complementar con videoconferencia, comunicándolo a FUNDAE o planificar formación online.

Comentarnos vuestro caso e intentaremos ayudaros.

 

#6: Los trabajadores acogidos a #ERTEs podrán realizar #formacionbonificada …

 

#7: El gobierno ha aprobado que «… con carácter excepcional y extraordinario, debido al impacto económico de las medidas aprobadas para hacer frente a la crisis sanitaria provocada por el COVID-19, los ingresos derivados de la cotización por formación profesional obtenidos en el ejercicio 2020, podrán destinarse a la financiación de cualquiera de las prestaciones y acciones del sistema de protección por desempleo».

Tenéis toda la información en el Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19.

 

#8: Si cumples los requisitos, reserva tu crédito de formación no dispuesto …

 

#9: La APP Fundae incluye como novedad soporte para empresas de menos de 25 empleados …

 

#10: Requerimientos por no conformidades … En este enlace tienes información sobre como responderlos …

 

#11: Cómo acumular el crédito no dispuesto … Cuidado porque tenemos fecha tope en cada ejercicio para solicitarlo.

 

#12: Listado de empresas con no conformidades …

 

#13: Fundae / SEPE vuelven a publicar en el BOE más relaciones de empresas con notificaciones infructuosas con diferencias detectadas en las bonificaciones por formación (llevamos 3 en este mes).

 

#14: Han comenzado a llegar por email #requerimientos del SEPE donde se solicitan cuestionarios de satisfacción del ejercicio anterior.

Una vez descargado el requerimiento, en el Anexo 1 hay que indicar el curso y los participantes finalizados.

Es muy importante entregarlos de todos, si no tienen hay que justificar que la empresa los puso a su disposición.

 

#15: Estamos próximos al abono del último Recibo de liquidación de cotizaciones del año anterior (ant. TC).

Es muy importante asegurarse y revisar que todas las bonificaciones del año han sido aplicadas por vuestros gestores o en su caso por el área laboral.

Y si dejamos algo sin bonificar, se perderá, ya no hay más posibilidades!

 

#16: Ayuda con la Inscripción como Entidad de Formación: declaración responsable a Fundae.

 

#17: Durante abril el SEPE suele enviar a las empresas las no conformidades de ejercicios anteriores (devolución de #bonificaciones).

Esta notificación, no tiene porque ser definitiva y se puede recurrir realizando alegaciones una vez realizadas las comprobaciones oportunas.

En esta primera carta, se indican las no conformidades que originan la diferencia.

 

#18: La Inspección de trabajo ha enviado al 2,2% de las #empresasbonificadas una carta por correo ordinario solicitando la devolución de cuantías incorrectamente bonificadas.

Este medio de comunicación plantea dudas legales pues no supone ni la vía de comunicación electrónica vigente ni supone una comunicación fehaciente …

Además, la información que reportan de errores no es aclaratoria y hemos detectado casos donde incluso es incorrecta. Así que recomendamos repasar bien las acciones y cantidades notificadas.

 

#19: Fundae comparte dos nuevas plantillas de Diploma de Aprovechamiento y de Certificado de Asistencia. Estos son (modelos de mínimos).

En el caso de elaborar uno propio o personalizado, deben incluir la información contenida en los mismos (incluyendo el reverso de diplomas y certificados).

Si se opta por diseñar uno propio, deberá eliminarse el logo de #Fundae.

El diploma o certificado puede ser emitido cumplimentado desde la aplicación, una vez grabados los datos de los participantes. Están en el apartado impartición de la web de Fundae.

 

#20: Validación de la cuota de formación y plantilla de las empresas: «cuantía exacta de su crédito, para ejecutar los planes de formación anuales, con el importe definitivo del crédito disponible.»

 

#21: Sobre el cálculo de la cofinanciación privada en Fundae.

 

#22: Sabías que ya no es posible bloquear o desautorizar a Entidades Organizadoras desde el perfil de Empresa Bonificada. Ahora, hay que ir específicamente al apartado «Mis expedientes«.

Este cambio se ha realizado para evitar los bloqueos involuntarios ocasionados por los accesos de las empresas bonificadas al sistema y sus consecuentes perjuicios para las mismas.

 

#23: Tiempo mínimo exigible en los cursos de formación online bonificados.

 

#24: Fundae revisa que se estén contabilizado los costes y bonificaciones por formación profesional continua conforme a la norma los costes de formación bonificada. Exigiendo su devolución en caso de que no se cumplan.

 

#25: Ojo! con la aplicación de bonificaciones #fundae. No es el primer caso que conozco que una vez realizado el trabajo de cierre, (el área laboral o la gestoría) no lo descuenta de los seguros sociales.

Sobre todo hay que poner especial atención antes de mediados de enero, porque si se nos pasa ya no tiene remedio. Si es posible recomiendo no dejarlo todo para última hora e ir haciendo descuentos a lo largo del año.

 

Recordamos que Fundae comparte en su web las preguntas frecuentes generadas por los usuarios del sistema. En ella se aclaran aspectos como:

  • Cómo bonificarte.
  • Documentación.
  • Normativa.
  • Entidades.
  • Foro.
  • Y consulta tus datos.

 

Esta información se comparte con fines meramente informativos. Consultae solo asesora a sus clientes a través de sus servicios de asesoramiento como gestor de formación o como entidad organizadora de formación continua.

 


📄 Notas: Puedes ampliar esta información en el enlace de la página oficial de Fundae con la difusión de lo que es la Formación Programada por las Empresas e incluye otros apartados. Información disponible en el enlace fundae.es/atencionusuario/faq

 

Fundae dispone de un teléfono de atención al cliente donde podrás resolver cualquier duda sobre bonificaciones 911 19 54 30. También ofrece la posibilidad de concertar visitas y recientemente ha añadido un chatbot, y se ha eliminado el email directo de atención al cliente.

 

Publicado en: Consultoría bonificaciones | Deja un Comentario |

Requerimientos Fundae: 2ª Conciliación No Conforme

Publicada en 15 mayo, 2022 de Consultae

Requerimientos Fundae

Requerimientos Fundae: conciliaciones no conformes

 

Fundae realiza un segundo envío con conciliaciones no conformes correspondientes a las bonificaciones del pasado ejercicio.

 

Las primeras conciliaciones se suelen mandar a finales del segundo semestre y en un periodo más breve de lo que viene siendo habitual, se recibe la segunda.

 

El resultado de la conciliación será CONFORME o NO CONFORME basado en los resultados de los descuentos realizados en los boletines de cotización.

 

Si resultase NO CONFORME, de momento no hay que hacer nada, solo esperar que la notificación por vía electrónica, por eso es importante revisar que esté comunicado correctamente el email de contacto.

 

Hay que tener en cuenta que el procedimiento de cierre no termina aquí, las empresas durante los cuatro años posteriores podrán recibir inspecciones de documentación y contables.

 

En cuanto a contenido, la Subdirección General de Políticas Activas de Empleo, comunica la comprobación de las diferencias detectadas en las bonificaciones de los cursos y la revisión de las alegaciones efectuadas por las empresas sobre la primera conciliación de pasado año.

 

El resultado es NO CONFORME, indicando las diferencias que ocasionan esta no conformidad.

 

⚠️ Hay 10 días hábiles para la devolución, en la cuenta que se indica, de las cantidades solicitadas. Si transcurrido el plazo no se ha realizado el ingreso se trasladará a la Inspección de Trabajo.

 

 

Notas sobre Requerimientos Fundae: 2ª Conciliación No Conforme. Compartir en X

 

 

Te ayudamos a responder a los requerimientos que recibas:

 

Contacto
Aceptación: *

 

Autora:

Consultores trámites Fundae

«Estoy a vuestra disposición, para poder ayudaros a cumplir el 100% de los requisitos legales para bonificar la formación en vuestra empresa. Este es mi email e.herranz@consultae.es y tfno. 91.510.23.26.»

Firma Estrella Herranz

Autora: Estrella Herranz

 

Publicado en: Bonificación Formación Continua, Consultoría bonificaciones | Etiquetas: bonificar formacion, fundae alegaciones, fundae tramites | Deja un Comentario |

Recordatorio cierre bonificaciones por formación profesional

Publicada en 12 mayo, 2022 de Consultae

 

Lista de chequeo

Pasos cierre bonificaciones por formación

 

Recuerda, antes de finalizar la bonificación de la formación programada por las empresas, debemos tener en cuenta los siguientes aspectos:

 

Revisión de cursos, alumnos, importes, cofinanciación privada entre otras

1. Revisión de cursos, alumnos, importes, cofinanciación privada, y otras obligaciones …

 

  • Los cursos inspeccionados, incidentados o modificados antes de cerrarlos.

 

  • Revisar los alumnos a finalizar, tanto sus datos, que sean correctos, como el cumplimiento de los tiempos y tareas de cada uno.

 

  • Importe a bonificar e importes bonificados en anteriores meses (si no aparece junto al importe la palabra “movimiento” a lo mejor no se han aplicado en los seguros sociales), mejor comprobarlo.

 

  • Cumplimiento de cofinanciación privada: Sobre todo en los cursos online revisar las conexiones en horario de trabajo. Hay que recordar que solo se considera cofinanciación privada la formación que se imparte en horario de trabajo, nunca cuando se imparte fuera y se compensan las horas.

 

  • Cumplimiento con RLT: Plazos firmados de entrega o posibles incidencias pendientes.

 

 

Verificar la documentación de Fundae

2. Comprobar la documentación y que se han efectuado los pagos:

 

  • Verificar que se tiene toda la documentación de las formaciones que se bonifican: listados firmados, recibos de certificados, evaluaciones, pruebas de conocimiento, registros de plataforma, …

 

  • Todos los pagos a bonificar han de estar realizados en fecha y forma.

 

 

Contabilización bonificaciones por formación

3. Contabilización de los costes e importes bonificados:

 

Verificar que la cuenta donde se contabilizan los gastos y las bonificaciones son las correctas.

 

 

Responder a requerimientos

4. Empresas de nueva creación

 

Las empresas que no tuviesen su crédito validado (de nueva creación), comprobar que antes de bonificar lo esté. 

 

Con esto evitaremos conciliaciones no conformes y tendremos toda la documentación preparada ante seguimientos posteriores.

 

 

 

Check list cierre bonificaciones formación programada por las empresas ... Compartir en X

 

 

Curso: Gestión del crédito de formación

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Quizá te interese nuestro curso de introducción a la gestión del crédito de formación, o realizar algunos de nuestros módulos de especialización, como los de justificación de costes, respuesta ante inspecciones y auditorías, contabilización de las bonificaciones o digitalización del proceso de comunicación a Fundae, …

 

Ver temario del curso online …

 

 

Ayudamos a las empresas a participar en el sistema de formación profesional para el empleo. Compartir en X

 

 

Finalmente, os dejo el enlace de descarga con a este artículo en PDF: Pasos cierre bonificaciones por formación …

 

Autora de este artículo:

Consultores trámites Fundae

«Estoy a vuestra disposición, para poder ayudaros a cumplir el 100% de los requisitos legales para bonificar la formación en vuestra empresa. Este es mi email e.herranz@consultae.es y tfno. 91.510.23.26.»

Firma Estrella Herranz

Autora: Estrella Herranz

 

 


📄 Notas:

  • Considera que, dependiendo de la modalidad de pagos de los seguros sociales de tu empresa, los plazos para la comunicación de las bonificaciones puede variar. Ya sea a través del Pago electrónico de los seguros sociales o con Cargo en cuenta de los Seguros Sociales.

 

  • No pierdas esta oportunidad de capacitar a tu equipo de trabajadores a través de esta financiación. Como consultora de formación, podemos asesorarle para optimizar la gestión de su crédito de formación con total garantía!

 

Publicado en: Consultoría bonificaciones, Formación programada por las empresas | Etiquetas: bonificar formacion, fundae tramites | 1 Comentario |

Comunicación de la formación continua a la RLT

Publicada en 18 abril, 2022 de MC Jiménez

Comunicación de la formación continua a la RLT

Comunicación de la formación bonificada a la RLT

 

Toda empresa que cuente con representación legal de los trabajadores (RLT) y vaya a realizar formación bonificada, o permisos individuales de formación (PIF) tiene la obligación de informar dicha RLT al menos 15 días (hábiles) antes  del inicio de la formación.

 

Fundae suele enviar un requerimiento cuando una empresa tiene más de 50 trabajadores y comunica que no tiene representación sindical. En caso de que una empresa tenga más de 50 trabajadores y no tenga representación sindical, la misma debe justificar por qué no la posee.

 

Esto puede ser debido a que los trabajadores de la empresa no tienen interés en contar con un sindicato representante, o bien, porque no se ha efectuado una solicitud formal para la elección de un delegado sindical. En ambos casos, la empresa debe estar preparada para presentar documentación que pruebe la veracidad de su alegato.

 

 

Si la empresa tiene varios centros con  representación sindical, ¿a quien hay que informar?

 

Hay que informar a todos aunque la formación no se dirija a trabajadores de alguno de los centros de trabajo.

 

Informar de la formación a la RLT

¿ Cómo se informa a la RLT ?

 

Se puede informar curso a curso o a principio de año sobre toda la formación prevista, siempre respetando los 15 días previos al comienzo del primer curso.

 

Información sobre la formación bonificada que se ha de facilitar a la RLT:

 

  • Denominación, objetivos y descripción de las acciones a desarrollar.
  • Colectivos destinatarios y número de participantes por acciones.
  • Calendario previsto de ejecución.
  • Medios pedagógicos.
  • Criterios de selección de participantes.
  • Lugar previsto de impartición de las AA.FF. (acciones formativas).
  • Balance de las acciones formativas desarrolladas en el ejercicio precedente.

 

📌 Os ayudamos a elaborar y presentar las fichas a la RLT. Para cumplir los días de plazo de preaviso establecidos para avisar a la representación legal de los trabajadores.

 

 

Documentación relacionada: comunicación de planes bonificados a la RLT

 

PDF: Enlace al modelo oficial (ver en Fundae). 

 

PDF: Herramientas de intervención sindical formación en la empresa en ccoo.es

 

Instrucciones en PDF

PDF: Instrucción sobre el seguimiento y control de acciones de formación programada por las empresas y permisos individuales de formación en fundae.es

 

El experto responde de Fundae sobre el deber de información a la RLT

PDF: El experto responde Representación Legal de los Trabajadores de Fundae.

“En esta sesión se responden a cuestiones relacionadas con el procedimiento y requisitos para realizar correctamente la información a la RLT de la formación, fundamentalmente los cambios que introduce
la nueva normativa al respecto”.

 

 

Normativa

Referencia en la Ley 30/2015:

 

«Las acciones formativas programadas por las empresas deberán guardar relación con la actividad empresarial.

 

Estas acciones se desarrollarán con la flexibilidad necesaria en sus contenidos y en cuanto al momento de su impartición para atender las necesidades formativas de la empresa de manera ágil y ajustar las competencias de sus trabajadores a los requerimientos cambiantes.

 

La citada programación se realizará respetando el derecho de información y consulta de la representación legal de los trabajadores, a quien se deberá solicitar informe de forma preceptiva, sin perjuicio de la agilidad en el inicio y desarrollo de las acciones formativas.

 

Si surgieran discrepancias entre la empresa y la representación legal de los trabajadores, deberá quedar constancia escrita y motivada de las mismas.

 

De mantenerse las discrepancias durante el plazo que se establezca reglamentariamente, estas serán objeto de examen por la correspondiente estructura paritaria, al objeto de mediar sobre las mismas, sin que ello paralice la ejecución de las acciones formativas y la correspondiente bonificación.»

 

 

Informes a la RLT

¿Cuándo se ha de emitir el informe a la RLT?

 

Una vez reciba la RLT dicha información, tiene 15 días para emitir un informe. Si es favorable o no lo emite, la formación se puede desarrollar con normalidad.

 

 

Respuesta no favorable de la RLT

¿Qué ocurre cuando la RLT emite un informe no favorable?

 

Si existen discrepancias con la documentación presentada, la RLT tendrá que emitir por escrito su desacuerdo y se abrirá un periodo de 15 días para intentar resolver las discrepancias, en el cual no se puede realizar la formación.

 

¿Qué ocurre cuando una empresa no tiene todos los informes favorables de la RLT? ¿Se podría iniciar la formación en caso de informe desfavorable?

 

Si finalmente no llegan a un acuerdo ambas partes deben rellenar un acta donde dejar constancia de sus discrepancias, y remitirla a Fundae en un plazo de 10 días junto con toda la documentación.

 

La formación puede empezar:

 

  • La comisión paritaria* mediará entre la empresa y los sindicatos, intentando acercar posiciones, si esto no fuera posible hay que elevar a la administración competente un informe para que sea ella quién tome la última decisión en un plazo no máximo de 3 meses desde la recepción de dicho informe.

 

  • La administración decidirá sobre si se puede o no bonificar la acción o acciones sobre las que se ha abierto el proceso. O bien si debe abonar la bonificación en caso de haber sido realizada.

 

 

Normativa sobre Fundae

¿Qué dice la actual Ley 30/2015 sobre el deber de información a la RLT?

 

Será motivo de devolución total del importe bonificado:

 

«i) Incumplir las obligaciones relativas al derecho de información y consulta de la representación legal de los trabajadores.

 

Se entenderá una infracción por cada empresa y por cada acción formativa para los supuestos previstos en las letras a), b) y c) de este apartado.»

 

a) Ejecutar acciones formativas en los términos, forma y contenido distintos a los previamente avisados, cuando no se hubiera notificado en tiempo y forma su cancelación o modificación al órgano competente.

 

b) Ejecutar acciones formativas que no guarden relación con la actividad empresarial.

 

c) Incumplir las obligaciones en materia de control de asistencia de los participantes en las acciones formativas, así como incumplir la obligación de seguimiento de la participación de los alumnos, su aprendizaje y evaluación.»

 

Grupos de empresa

Los grupos de empresas ¿cambian respecto a la comunicación a la RLT?

 

Los grupos de empresas acreditados por la Fundación Estatal seguirán el mismo proceso descrito anteriormente, cada empresa (CIF) comunicará su formación a su RLT.

 

Si hay algún informe desfavorable, se retrasará la formación 15 días y si persiste se mandará un acta de discrepancias a la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo* para su mediación.

 

 

Contacto:

Difusión del sistema de formación bonificada

«Podemos ayudarte con tu proceso de comunicación la con la RLT. Tenemos experiencia analizando el contenido de la negociación y resolviendo conflictos de intereses, también en el arbitraje de Fundae si no se llegase a un acuerdo …” e.herranz@consultae.es / 91.510.23.26.

 

Estamos a su disposición para trasladar nuestra experiencia en estos casos y otros más complejos como por ejemplo, en empresas con varios centros de trabajo, etc…

 

Ofrecemos nuestros servicios de consultoría de gestión de bonificaciones por formación profesional continua. Más información en 91.510.23.26 o en el email: info@consultae.es.

 

 

Enlaces relacionados

Enlaces relacionados: comunicación a la RLT

 

  • Vídeo que explica el procedimiento actual respecto a la comunicación a la RLT, … : Canal de Youtube de Fundae: ¿Cómo se hace? Comunicación a la RLT.

 

  • Aprobación de planes de formación por la Representación Legal de los trabajadores (RLT).

 

  • Video explicativo de Fundae sobre ¿Cómo se hace la comunicación a la RLT?

 

Check

Otros conceptos importantes:

 

¿Qué es una comisión paritaria y para qué sirve? Son comisiones sectoriales creadas para analizar las necesidades de cualificación en su ámbito. Compuestas por sindicatos y patronal de un determinado ramo de actividad se reúnen para acordar términos de los convenios.

 

Acta de discrepancias: Documento que insta a la mediación de la Comisión Paritaria Competente, para la resolución de discrepancias surgidas a partir de la información aportada por la empresa a la RLT.

 

En el caso que la empresa no tenga RLT será necesario la conformidad de los empleados para realizar la formación.  Enlace al acta de discrepancias de Fundae.

 

En fundae.es podrás encontrar respuestas a las preguntas frecuentes sobre formación bonificada y RLT. Y puedes ampliar información sobre la bonificaciones de planes PIFs: ¿Qué es un PIF?.

 

A continuación, te mostramos más enlaces a entradas con obligaciones a cumplir en formación bonificada por las empresas …

 

 

Fundae RLT: Proceso de comunicación del Plan de formación de la empresa a la Representación Legal de los Trabajadores Compartir en X

 

 

Formación en gestión de bonificaciones

Formación en gestión de bonificaciones

 

Quizá te interese formarte en gestión de bonificaciones a través de nuestro curso de Gestión del crédito de formación.

 

Ver más detalles de la capacitación …

 

 

 


📄 Notas: En el caso que la empresa no tenga  RLT es necesaria la conformidad de los empleados para realizar la formación, e informarles con anterioridad al comienzo de la formación de su carácter bonificable.

 

Publicado en: Ayudas & Subvenciones, Consultoría bonificaciones, Crédito formación continua | Etiquetas: Formación, Formación Continua, Modelo información RLT, Negociación RLT | 10 Comentarios |

Fundae bonificaciones

Publicada en 31 marzo, 2022 de Consultae

¿ Qué son las bonificaciones Fundae ?

¿ Qué son las bonificaciones Fundae ?

La bonificación de la Formación Programada por las Empresas es un sistema que permite, si se siguen unos determinados pasos, deducir de los seguros sociales el coste de la formación impartida a los trabajadores.

 

«Dependiendo de las características del curso esta ayuda variará en porcentaje.»

 

 

¿Cómo funcionan las bonificaciones Fundae?

¿Cómo funcionan las bonificaciones Fundae?

Es importante señalar, que tanto en esta modalidad de formación programada como en los planes PIF que explicaremos más adelante, los alumnos no pueden sufragar los costes de la capacitación.

 

Todo ello se hace respetando unos plazos de comunicación y se registra todo el proceso con documentación. Además se controla con inspecciones durante y una vez finalizada.

 

 

Aplicación Bonificaciones Fundae

Acceso al sistema de bonificaciones

Otro aspecto importante, que debes conocer, es que la normativa actual permite delegar en terceros la gestión o la comunicación de los datos a Fundae.

 

Es decir, puedes comunicar internamente tus formaciones a la Aplicación de Bonificaciones utilizando el certificado digital del representante legal o persona autorizada o dejar que realice esta tarea el centro de formación o un gestor especializado, para ello hay que autorizarlo previamente.

 

Cálculo del crédito de formación

Cálculo del crédito de formación

Cada empresa en función de sus cotizaciones y las de sus trabajadores por formación profesional, dispone de un crédito para invertir en la capacitación que se necesite. En este enlace te indicamos donde puedes consultar el crédito del que dispone tu empresa, incluso como calcularlo de forma aproximada.

 

Aplicación de Bonificaciones

Alta y primer acceso a la Aplicación de Bonificaciones

La primera vez que se accede a la aplicación para comunicar datos a Fundae hay que darse de alta en su aplicación online.

 

Aplicación bonificaciones Fundae

 

Pasos para bonificar la formación

Informar a la RLT

Las empresas que tengan representación legal de los trabajadores tienen la obligación de presentarles el plan de formación.

 

IMPORTANTE: «Toda empresa que cuente con  representación legal de los trabajadores y  vaya a realizar formación bonificada, así como permisos individuales de formación  (PIF) tiene la obligación de informar a la representación legal de los trabajadores al menos 15 días antes del inicio de la formación, con la siguiente documentación …»

 

Comunicar la formación bonificada a Fundae

Comunicar la formación bonificada

A continuación, tendremos que comunicar el inicio del curso, esta es la parte que comentábamos anterior mente que podemos realizar internamente o delegar en un gestor externo.

 

Tanto si te decides por una opción u otra podemos ayudarte. Por ejemplo, este es nuestro curso de formación para gestores internos de formación.

 

Es un proceso administrativo, aunque no está exento de complicaciones, por ello siempre y cuando no se disponga en plantilla de personal con experiencia bonificando recomendamos delegar en un tercero especializado como por ejemplo las consultoras de formación bonificada.

 

No tienen porque ser consultoras de tu zona, ya que es un proceso que no requiere presencialidad ya que se puede coordinar perfectamente a distancia. Nosotros por ejemplo, trabajamos así de manera muy eficaz con empresas de toda España.

 

Impartición de la formación.

Finalmente, con todos estos pasos previos realizados en tiempo y forma adecuada procedemos a realiza la formación.

 

Aquí también se permite utilizar servicios de formación externos o internos (trabajadores de nuestra misma empresa). La formación interna, si cumple los requisitos, también es bonificable.

 

Siempre recomendamos leer la normativa relativa a la bonificaciones o contar con el asesoramiento de expertos consultores.

 

Por ejemplo, considera que la duración la formación nuca será inferior a 2 horas y que la asistencia es de 8 horas al día como máximo, con la excepción de impartir en una única jornada y siempre sin superar las 40 horas semanales.

 

También hay otros límites importantes dependiendo de la modalidad formativa, por ejemplo en online un profesor no podrá tutorizar a más de 80 alumnos.

 

Finalización

Finalización y cierre del proceso de bonificación

  • Revisión de los datos comunicados tales como cursos, alumnos, importes, cofinanciación privada, y otras obligaciones …
  • Comprobación de la documentación y que se han efectuado los pagos.
  • Contabilización de los costes e importes bonificados.

 

Crédito de formación

Bonificar la formación

Finalmente procedemos a bonificar la formación, comunicamos los datos a nuestra gestoría o departamento laboral interno para que lo apliquen en los seguros sociales (consulta el resultado).

 

La bonificación podrá aplicarse en los recibos de liquidación de cotizaciones de cualquier código de cuenta de cotización de empresa.

 

 

Pasos para aplicar las bonificaciones por formación programada por las empresas ... Compartir en X

 

 

Contacto:

Consultores trámites Fundae

«En cualquier caso estamos a tu disposición para resolver cualquier duda que se te plantee sobre nuestro servicio de externalización de la gestión de formación bonificada. Podemos actuar como Gestor Externo o Entidad Organizadora. Te explicamos las ventajas y características de cada modalidad de organización.

También podemos asesorarte sobre toda la información que necesitarás para comunicar las acciones formativas a Fundae y que documentación y procesos debes seguir durante el proceso.»

Firma Estrella Herranz

Autora: Estrella Herranz

Publicado en: Consultoría bonificaciones, Crédito formación continua | Deja un Comentario |

Requerimientos por diferencias detectadas en bonificaciones por formación profesional

Publicada en 2 marzo, 2022 de Consultae

Notificación requerimiento fundae (Alegaciones)

Diferencias detectadas en bonificaciones

Como en otros años, durante estos días de marzo están llegando a las empresas las comunicaciones con las comprobaciones de las diferencias detectadas en las bonificaciones por formación profesional en el empleo.

 

Las empresas que no han recibido ninguna comunicación, pueden comprobar en la aplicación telemática de Fundae (ant. Fundación Tripartita), porque es probable que esté todo correcto y no haya diferencias.

 

Las empresas que han tenido inspecciones de costes y les han solicitado documentación de costes de alguna/as acciones bonificadas en años anteriores, también han recibido la liquidación de diferencias.

 

🔎 En este documento se indica el Crédito total asignado para acciones de formación, la Bonificación aplicada notificada en la aplicación telemática y las diferencias detectadas, es el importe a devolver.

 

Esta comunicación se recibe porque la bonificación aplicada en los boletines de la TGSS es mayor que el Crédito Total Justificado por lo que si no se realizan alegaciones la diferencia habrá que devolverla. Para lo cual se indica una cuenta a nombre del SEPE en el Banco de España.

 

Las causas generales que suelen ocasionar estas diferencias vendrán detalladas en cada situación.

 

Lo primero de todo, es comprobar sobre cada incidencia (Anexo III y Anexo IV), cuanto coste se ha ajustado (Anexo I-A, resumen de ajuste).

 

Se comprueba revisando la acción formativa y grupo y comparando la bonificación aplicada antes del ajuste (7) con la bonificación aplicada ajustable (12).

 

 

Indicamos las causas más habituales:

 

– El incumplimiento del % de cofinanciación privada exigida.

 

– Participantes anulados por incidencias en la vida laboral. Normalmente por no estar dados de alta en la empresa bonificada el primer día de la formación. Esta confusión suele darse en grupos de empresas donde suele haber subrogaciones.

 

Otros ejemplos:  Participantes sin situación laboral. En este caso lo primero es comprobar si está dado de alta en la empresa el primer día de la formación.

 

Una vez comprobado que es correcto se revisa que el NIE comunicado es correcto. IPF duplicado. El IPF (Identificador Persona Física), aparece en el TC2, se corresponde con el NIE o DNI.

 

– Participantes anulados por el incumplimiento del RD 395/2007 (información a la RLT) o pertenecer a una empresa que no autoriza su participación en la Entidad Organizadora.

 

– Impacto económico del seguimiento por incidencias detectadas a nivel de grupo, participante y/o en la justificación de costes. En este caso hay una diversidad de causas.

 

Cuando el ajuste es consecuencia de una revisión de costes, puede deberse a: insuficientes los soportes justificativos, no justificar el total de horas declaradas, documentación incorrecta o incompleta (copias de diplomas, listados de asistencia,…), en formación a distancia insuficiencia en los controles de aprendizaje.

 

– Por no finalizar la formación, acciones o PIF (Planes Individuales de Formación).

 

– Por tratarse de una entidad que no cumpla alguno de los requisitos para ser beneficiaria de las bonificaciones por formación profesional de demanda regulado en el RD 395/2007 y Orden TAS/2307/2007.

 

Por ejemplo, administraciones públicas, extraterritorialidad del personal, o colectivos que no coticen por la contingencia de formación profesional.

 

– Los grupos con notificación de finalización que no hayan indicado el mes y el importe de la bonificación en la página de costes de la acción/grupo, no podrán aplicarse la bonificación se tendrá en cuenta a efectos de cofinanciación privada.

 

 

Los detalles de las comunicaciones así como los detalles de las AA.FF. comunicadas pueden consultarse en la web empresas.fundae.es en el apartado «Consulte sus datos».

 

Por ejemplo, las incidencias de seguimiento recibidas del ejercicio 2015 pueden consultarse a través del Código Seguro de Verificación (CSV).

 

El plazo de devolución voluntaria o presentación de alegaciones junto a la documentación pertinente es de 15 días hábiles desde la recepción de la notificación.

 

La respuesta al requerimiento puede ser presentada de forma telemática con el certificado de empresa o bien por correo en el registro indicado de manera presencial.

 

Es necesario responder dentro de este plazo, ya que si no se consideraría aplicación indebida de bonificaciones en los seguros sociales y se da traslado del expediente a la inspección de trabajo.

 

Definiciones incluidas en el documento.

 

Participantes finalizados. Nº de participantes en AA.FF. cuya finalización ha sido notificada a través de la aplicación telemática.

 

Participantes finalizados ajustados. Nº de participantes en AA.FF. admitidos durante el proceso de comprobación del crédito.

 

CIF Entidad Organizadora. CIF de la entidad organizadora que ha notificado el grupo.

 

Costes totales de formación. Importe de los gastos sufragados por la empresa (costes elegibles + costes salariales).

 

Costes elegibles. Importe de los gastos directos + Asociados o Impartición + Organización.

 

Coste máximo bonificable. Importe inferior entre los siguientes:

a. Importe ajustado al máximo financiable: Módulo económico x Nº de horas de duración x Nº de participantes después de ajustes.

b. Crédito disponible.

c. Total de costes elegibles (Directos + Asociados o Impartición+Organización).

 

Bonificación aplicada. Importe del crédito que la empresa notificó que se iba aplicar en sus cotizaciones a la Seguridad Social.

 

Cofinanciación privada cumplida. Diferencia entre costes totales de formación y el coste máximo bonificable antes de la incorporación del resultado de las gestiones técnicas.

 

Costes totales formación ajustados. Importe de los gastos sufragados por la empresa, después de las gestiones técnicas efectuadas durante el proceso de comprobación del crédito.

 

Costes elegibles ajustados. Importe de los Gastos directos + Asociados o Impartidos + Organización, después de las gestiones técnicas efectuadas durante el proceso de comprobación del crédito.

 

Coste máximo bonificable ajustado. Importe máximo que la empresa se podría bonificar, a través de las bonificaciones en las cuotas de la Seguridad Social.

 

Bonificación ajustada aplicable. Importe inferior entre los dos siguientes: Coste máximo bonificable ajustado y Bonificación aplicada.

 

Estado del grupo:

 

a. Válido. Grupo notificado pero no finalizado.

b. Anulado. Grupo que ha sido anulado por la empresa bonificada o Entidad Organizadora.

c. Incidentado. Grupo que no ha cumplido con los requisitos establecidos.

 

 

Cálculos indicados para la bonificación ajustada aplicable para AA.FF. y/o PIF.

 

Ajustes sobre participantes y costes:

 

En caso de tener ajustes sobre el nº de participantes en las AA.FF., se recalculará el coste máximo bonificable de cada uno de los grupos/acciones, obteniéndose el coste máximo bonificable ajustado.

 

Los ajustes de participantes PIF se realizan sobre el importe del coste del permiso de cada PIF, con ello se obtiene el coste del permiso ajustado.

 

La anulación de participantes, produce minoraciones proporcionales en los costes imputados. En el caso de AA.FF. estos se calculan sobre el importe de costes elegibles y costes totales de formación de cada uno de los grupos / acciones, con ello se obtienen los costes de formación ajustados.

 

Después de realizar los ajustes sobre los participantes y sobre los costes, se procede recalcula la bonificación ajustada aplicable tanto para AA.FF. como para planes PIF. Y se obtiene después de elegir el menor coste de los relacionados:

 

a) Coste máximo bonificable ajustado / Coste del permiso ajustado

 

b) Coste bonificado / Coste a bonificar

 

 

 

 

 


📄 Notas: La Fundación Estatal para la Formación en el Empleo (Fundae) dispone de un documento de ayuda para la presentación de alegaciones. Puedes descargarlo en PDF desde la siguiente dirección web fundae.es.

 

 

Noticias relacionadas de años anteriores.

 

La Fundación ha abierto la comunicación telemática para presentar las alegaciones por las no conformidades recibidas.

 

Esta vía simplifica los trámites de respuesta y permite la posterior consulta del expediente y documentación presentada.

 

Ejemplo: Fuente boletín interno de la Fundación: «Se recuerda que está habilitada la posibilidad de presentar las alegaciones a la comunicación de la comprobación de las bonificaciones aplicadas del ejercicio 20xx vía telemática.

 

Para ello, una vez que se reciba la comunicación por escrito, se debe acceder en el icono “Alegaciones ejercicio 20xx” del menú principal de la aplicación con certificado de persona jurídica de la empresa para la que se van a presentar las alegaciones; éstas quedarán registradas y podrán ser consultadas en cualquier momento.»

 

En otra noticia la Fundación también recuerda que:

 

«La información de las actuaciones de seguimiento que afectan a las empresas para presentar las alegaciones a la comunicación del resultado de la comprobación de las bonificaciones aplicadas del ejercicio 20xx está disponible en “Consulte sus datos”, donde además se puede consultar la información más relevante de cada ejercicio.

 

Para acceder a la información las empresas participantes deberán utilizar su certificado digital de persona jurídica.»

 

 

Podemos ayudarte a presentar las alegaciones a los requerimientos recibidos de Fundae. Compartir en X

 

 

Enlaces relacionados

Enlaces relacionados en Internet.

 

  • La Fundación Estatal ha publicado un enlace a una infografía que resume los pasos de la conciliación de costes en buffer-media-uploads.s3.amazonaws.com.

 

  • Noticia: Aclaraciones a la comunicación del resultado del proceso de comprobación de las bonificaciones aplicadas 2015 de fundae.es.

 

  • Recuerda el SEPE ante la imposibilidad de notificar el requerimiento sobre la comprobación de las diferencias detectadas en las bonificaciones por cuotas de formación profesional, publica en el BOE el listado de empresas requeridas.

 

Publicado en: Consultoría bonificaciones, Formación programada por las empresas | Etiquetas: fundae alegaciones, Requerimientos Fundae | Deja un Comentario |

Pasos para aplicar las bonificaciones por formación programada

Publicada en 10 enero, 2022 de Consultae

Gestión de la bonificación para la formación en empresas

Guía: ¿Qué es el crédito de formación bonificada? 

 

¿Vas a realizar formación para los trabajadores de tu empresa pero no sabes cómo bonificar el curso de los seguros sociales?

 

En Consultae, le acompañamos durante todo el proceso de gestión de las bonificaciones de su empresa. Explicando paso a paso y aclarando todas las dudas que surjan durante el proceso.

 

Nos adaptamos a sus necesidades y le asesoramos, en base a nuestra experiencia, sobre posibles optimizaciones o buenas prácticas.

 

Pasos para bonificar

 

La bonificación de la cuota de formación se realiza de la siguiente manera:

 

 

1. Cálculo previo del crédito disponible.

 

 

2. Obtención del certificado digital.

 

 

3. Acceso y alta en la aplicación telemática.

 

 

4. Obligación de informar previa a la formación a la RLT.

 

 

5. Comunicaciones de inicio de cursos.

 

 

6. Impartición de la formación.

  • Declaración responsable para centros.

 

 

7. Comunicación del cierre y finalización del curso.

 

 

8. Aplicar la bonificación. Descuento en los seguros sociales.

 

 

9. Conciliaciones de costes.

 

 

Curso: Gestión del crédito de formación

Curso: Gestión del crédito de formación

 

Quizá te interese nuestro curso de introducción a la gestión del crédito de formación, o realizar algunos de nuestros módulos de especialización, como los de justificación de costes, respuesta ante inspecciones y auditorías, contabilización de las bonificaciones o digitalización del proceso de comunicación a Fundae, …

 

Ver temarios …

 

 

Te ayudamos con la búsqueda de proveedores de formación y aplicación de las bonificaciones. Compartir en X

 

 

Servicio de formación bonificada

Nuestro Servicio de formación bonificada:

 

  • Si lo desea podemos ayudarle a conocer el crédito disponible para la formación en su empresa y organizar Cursos de formación bonificada para empleados en activo.

 

  • Consultae ofrece formación a empresas y trabajadores en activo a través de cursos bonificados por la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo (Fundae).

 

  • Estamos especializados en gestión de formación programada para las empresas y su correspondiente bonificación. Más de 15 años de servicio nos avalan.

 

  • Disponemos de una aplicación para simplificar la cargas masiva de datos para bonificaciones por formación. Más información en Software para cargas masivas en bonificaciones para formación.

 

 

Ayudamos a las empresas a participar en el sistema de formación profesional para el empleo. Compartir en X

 

 

Estamos a su disposición para ayudarte !

 

Consultores de formación

Estrella Herranz Mancera

  • Directora Consultoría de Formación Continua.
  • Teléfono: 91 510 23 26  /  Fax.: 91 415 31 12
  • email: e.herranz@consultae.es
  • Oficina: c/ Clara del Rey 8 1-2 28002 Madrid (SPAIN)

 

 


📄 Notas: Puedes ampliar esta información desde la web de Fundae que ha elaborado un resumen que explica en tan sólo ocho pasos todo el proceso de bonificación de la formación programada por las empresas.

 

En el siguiente enlace puedes ampliar el detalle de cada uno de estos pasos fundae.es.

 

Publicado en: Consultoría bonificaciones | Etiquetas: cursos de formación bonificada para empleados en activo, Gestión de la bonificación para la formación en empresas | Deja un Comentario |

Bonificaciones por formación 2022 activas

Publicada en 28 diciembre, 2021 de Consultae

Habilitado el acceso para comunicar formación bonificada

Habilitado el acceso para comunicar formación bonificada en 2022

 

Desde el 28 de diciembre ya es posible acceder al aplicativo 2022 para la comunicación de las AA.FF. Estaba previsto desde el pasado 24 de diciembre de 2021 se publicó la resolución del SEPE por la que establecían las medidas en materia de formación profesional para en el empleo para la formación programada por las empresas en 2022.

 

Se mantienen las medidas de carácter extraordinario iniciadas en 2020 y 2021 provocadas por la situación de pandemia, y que se aplicarán se aplicarán a lo largo de 2022. Esto es:

 

Aula virtual

Aula virtual:

El uso del aula virtual se mantiene como formación presencial, en:

  • Modalidad presencial.
  • Parte presencial de las modalidades mixta y teleformación.
  • El aula virtual se mantiene como una opción formativa en sí misma. Su justificación se realizará mediante el registro de conexiones generado por la aplicación del aula virtual. Cuando no resulte posible, se podrá constatar mediante declaración responsable.

 

Se mantiene el sistema bimodal de la formación presencial.

 

Medios electrónicos

Medios electrónicos:

Se permitirá su uso a responsables de formación, formadores y alumnos mediante captura digitalizada o datos biométricos, asociado al correspondiente documento identificativo.

Deberá garantizar la asistencia de los participantes siempre que quede constatada la identidad de los firmantes, con los requisitos de seguridad correspondientes.

Se utilizarán medios electrónicos para comunicarse con el SEPE, incluidas las personas físicas (emisión y recepción de notificaciones).

 

Comunicación de inicio de la formación

Comunicación de inicio de la formación:

  • Se podrán realizar hasta dos días antes de la fecha de comienzo de cada grupo formativo.
  • La cancelación o modificación de horarios, fechas de ejecución o localidad se podrán comunicar hasta un día antes a la fecha de comienzo del grupo.

 

 

Permisos individuales de formación (PIF)

  • Se mantiene la formación por aula virtual o sistema bimodal.
  • Se acreditará la impartición y la asistencia con el certificado de la entidad impartidora o declaración responsable del beneficiario.

 

Alta empresas bonificadas

Alta empresas bonificadas

Todas las empresas que estén dadas en el sistema como empresas BONIFICADAS, podrán darse de alta como en 2021 mediante este enlace, accediendo desde el ordenador que tenga el certificado de persona jurídica, o física si son autónomos:

 

Acciones formativas de las empresas: Fundación Estatal para la formación en el empleo. (fundae.es)

 

 

Habilitado el acceso para comunicar formación bonificada en 2022 Compartir en X

 

 

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Comunicación de inicio de la formación

Publicada en 20 diciembre, 2021 de Consultae

Comunicación de inicio de la formación

 

Comunicación previa* a la realización de las acciones formativas realizada a través de la aplicación telemática de Fundae:

 

 

  • Denominación y contenidos.
  • Modalidad de impartición.
  • Fechas, horarios y lugar.
  • Nº de participantes e identificación de las empresas participantes.

 

 

Sin entrar en detalles y dentro de los requisitos necesarios a cumplir para bonificar la formación en las empresas se encuentra la de cumplir con los plazos previstos para comunicar a Fundae a través de su plataforma lanzadera.

 

Pasos

Pasos para la comunicación de inicio de la formación:

 

Primero, se comunica la AA.FF. (nombre del curso, nº de horas, modalidad, objetivos y contenidos, …) y segundo, se indican detalles del curso como:

 

  • la fecha de inicio y finalización,
  • la duración y los horarios,
  • el centro de formación, con el detalle de nombre CIF y dirección,
  • lugar de impartición,
  • el tutor/profesor (nombre , apellidos, DNI, email y las horas que imparte cada tutor en caso de estar varios).

 

 

En el caso de que la acción formativa sea online, hay que comunicar los datos básicos dela plataforma de teleformación como la URL (dirección web), el dueño de la misma, etc. Para facilitar su inspección.

 

Estos trámites los puede realizar de manera interna la propia empresa o delegar en una Entidad Organizadora de Formación Continua (como es nuestro caso: Ver servicios de bonificación de bonificaciones).

 

Los participantes también habrán de cumplir determinados requisitos, como haber realizado un mínimo del 75 % de las horas al curso. Y en online de las tareas, siempre y cuando estén realizadas en un tiempo razonable.

 

También podremos anular alumnos, por ejemplo, si no han asistido.

 

Habrá que estar atentos, por tanto, a posibles incidencias o anulaciones de grupos formativos. Actualmente, 2 días naturales antes de la fecha de comienzo de cada grupo formativo.

 

 


📄 Notas: recuerda la información facilitada en esta web se realiza con fines meramente informativos y puede estar sujeta a cambios. Solo prestamos asesoramiento legal a nuestros clientes. Si tiene cualquier duda puede contactar con nosotros y estaremos encantados de atenderle.

 

 

Publicado en: Bonificación Formación Continua, Consultoría bonificaciones | Etiquetas: Bonificaciones Formación Continua | Deja un Comentario |

Cómo bonificar la formación de mi empresa

Publicada en 13 agosto, 2021 de Consultae

Bonificar formación en las empresas

 

¿Estás buscando una consultora de formación para bonificar cursos? Si es así, estás en el lugar correcto.

 

Somos una consultora de formación con más de 20 años de experiencia que ofrece realizar las bonificaciones para cursos de formación a las empresas.

 

Nuestros servicios ofrecen a empresas la oportunidad de bonificar los cursos que impartan a sus empleados (crédito Fundae), lo que les permite recibir formación de vanguardia sin tener que costearla o al menos financiar gran parte de los gastos.

 

Esto les permite seguir ampliando su conocimiento y habilidades, lo que les ayuda a mejorar su rendimiento y productividad en el trabajo.

 

Cada vez más las empresas necesitan capacitar a sus plantillas de forma continua para seguir siendo competitivas y aportar valor a sus clientes (mercado).

 

🧭 Los cambios rápidos y constantes, en las necesidades de los consumidores y los avance tecnológicos hacen que las plantillas que nos se formen corran el riesgo de quedar rápidamente OBSOLETAS !

 

En España tenemos la inmensa suerte que desde hace más de veinte años, la administración pública a través del servicio público de empleo y actualmente en colaboración con el ministerio de educación, existen articuladas unas líneas para fomentar e incentivar la formación continua en el empleo. Live Long Learning, o formación continua durante toda la carrera profesional.

 

Con todo, son cada vez las empresas que deciden externalizar la gestión de la bonificación de sus planes de formación en empresas especializadas (consultoras de formación).

 

En este blog encontrará numerosas entradas hablando sobre ¿Qué son las bonificaciones por formación y cómo aplicarlas? Estás son las categorías donde están agrupadas:

 

Bonificación Formación Continua

Cargas masivas XML

Consultoría bonificaciones

Consultoría de formación

Crédito formación continua

Formación bonificada

Formación de oferta

Formación en las empresas

Formación Profesional Continua

Formación programada por las empresas

 

Así consiguen varias ventajas, como asegurar que la bonificación sea 100% correcta, un apoyo a la hora de localizar a los profesores y proveedores de formación necesarios para cada situación, optimización de costes, auditorías, etc.

 

En este punto, es donde nosotros intervenimos asesorando y realizando las funciones administrativas de comunicación y seguimiento. Por supuesto, también de respuesta ante posibles inspecciones y requerimientos, ya que estas se realizan de manera aleatoria constantemente por parte de Fundae / SEPE.

 

Consultora de formación bonificada

Si estás interesado en bonificar cursos para tu empresa, ponte en contacto con nosotros para obtener más información. Estamos encantados de ayudarte a obtener la mejor formación para tu equipo. 

Además nuestro coste resulta bonificable, sumándose con determinados ajustes al importe total a descontar de los seguros sociales. Conseguirás la Mejor Formación Bonificable para tu Empresa de forma totalmente segura y optimizada !

 

 


📄 Notas: En esta iniciativa de formación continua en el empleo, existe corresponsabilidad, ya que tanto empresas como trabajadores aportan a través de sus cotizaciones recursos económicos al sistema. Los cuales podrán recuperar en su totalidad o en parte, si se comunican las AA.FF. conforme a los requisitos indicados en la normativa.

 

Publicado en: Consultoría bonificaciones | Deja un Comentario |
Servicio Gestión Bonificaciones Fundae 2024
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