¿Cómo reservar el crédito de formación de tu empresa?
Todas las empresas que coticen por formación profesional en España tienen derecho a deducir este importe de sus seguros sociales siempre y cuando justifiquen la formación de su plantilla conforme a unos requisitos establecidos.
Ahora es posible reservar este crédito*, solo si tu empresa dispone de una plantilla media inferior a 50 trabajadores. Esta medida pretende fomentar el acceso a este tipo de compañías en el sistema de formación bonificada que se realiza a través de la plataforma telemática de Fundae.
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Si tu empresa cumple estos requisitos, comprueba si has marcado esta opción en la aplicación de FUNDAE. De lo contrario, se perderá el crédito no dispuesto y NO se acumulará para el próximo ejercicio.
A través de las estadísticas anuales publicadas por Fundae se puede observar que son las grandes y medianas empresas de este país las que acceder en su práctica totalidad al sistema. Quizá porque gozan de mayores recursos.
Como indicamos, se espera que con la posibilidad de reservar el crédito de formación las empresas que menos acceden al sistema dispongan de un margen mayor, aunque eso sí, no hay que olvidar reservarlo en plazo.
Para resolver cualquier duda al respecto dispones de un servicio de atención al cliente a Fundae. Incluso desde Consultae podemos informarte de esta y otras medidas que afecta a las bonificaciones de tu empresa sin ningún compromiso.
Estos son mis datos de contacto:
«Te ayudamos a gestionar de manera eficiente el crédito de formación de tu empresa.”
Resp. Consultoría de formación
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📄 Notas:
- Aunque las mayoría de empresas suelen bonificarse en el TC de diciembre (que se paga en enero), con el cierre del ejercicio.
- Las bonificaciones, no deberían de olvidarse a lo largo del año e ir viendo a través de informes si lo vamos consumiendo.
- El crédito es por empresa, es decir por (CIF), no por cuenta de cotización.